PROYECTOS DE LEY DE LA SENADORA ELSA GLADYS PARA ESTA LEGISLATURA

Boletín No. 4 Nuevos proyectos de legislatura

“POR LA CUAL SE ESTABLECE LA GRATUIDAD DE LA LIBRETA MILITAR”

Senado de la República

PROYECTO DE LEY No.  49   DE 2009  SENADO

Por la cual se establece la gratuidad de la libreta militar

 

El Congreso de La República de Colombia

DECRETA

 Artículo 1: El ARTÍCULO 22 de la Ley 48 de 1993, el cual quedará así.  Los inscritos que no ingresen a filas y sean clasificados por razón de una causal de exención, inhabilidad o falta de cupo, habiendo sido eximidos de la prestación del servicio militar, tendrán derecho a obtener, en forma gratuita, la tarjeta de reservista o la provisional militar, según sea el caso.

ARTÍCULO 2.  La presente Ley rige a partir de su promulgación y deroga toda la normatividad que le sea contraria.

 

ELSA GLADYS CIFUENTES ARANZAZU

Senadora de la República

 

Senado de la República

PROYECTO DE LEY No.   49     DE 2009 – SENADO

Por la cual se establece la gratuidad de la libreta militar 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Revisando los antecedentes históricos al respecto, encontramos que mediante sentencia de noviembre veinticinco (25) de mil novecientos treinta y cinco (1935), al resolver una demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 27 del Decreto 2020 de 1925 de acuerdo con el cual los individuos a quienes correspondía prestar el servicio militar sólo podían eximirse de hacerlo “mediante el pago, por una sola vez, de una prima” que entonces se llamaba “prima de exención”, la Corte Suprema de Justicia consideró que la defensa militar del país podía ser satisfecha tanto con el aporte personal del individuo que entraba en el ejército activo, como con el aporte pecuniario de quien no prestaba contingente personal en las fila.

En la Ley 48 de 1993, en el artículo 22, se creó la Cuota de Compensación Militar que tiene por finalidad normalizar la situación militar del inscrito que no ingrese a fila como una prestación eminentemente pecuniaria y cuyo pago no debe entenderse en forma alguno como sustitutivo de la prestación del servicio militar ya que la situación de eximido produce una ruptura respecto de la obligación originaria, pues, como se destacó, significa ser liberado de ella y, según el régimen colombiano, en las condiciones que la ley disponga.

En sentencia C-621/07 La Corte Constitucional de Colombia declaro la Inexequibilidad parcial del citado artículo 22 de la Ley 48 de 1993, toda vez que dicha norma violaba el principio de “Legalidad Tributaria”.

Dijo la Corte en el fallo previamente citado que:

“La autorización concedida a la Administración para establecer la base gravable y la tarifa de la cuota de compensación militar vulnera la reserva de ley que en materia tributaria contemplan los artículos 150-12 y 338 de la Carta y, por contera, los artículos 113 y 121 superiores, sobre la separación de poderes.

Tratándose de tributos de carácter nacional, el Congreso tiene la obligación de ocuparse de todos sus elementos y, por lo mismo, debe señalar el sujeto activo, es decir, “la entidad estatal con derecho para exigir el pago del tributo”, el sujeto pasivo o persona “en quien recae la obligación correlativa”, el hecho gravable o situación de hecho “a la cual la ley confiere la virtualidad de generar la obligación tributaria”, así como la base gravable y la tarifa, “que son los elementos determinantes de la cuantía misma de la obligación”. Sin embargo, el artículo 22 de la Ley 48 de 1993, después de referirse al hecho generador y a los sujetos activo y pasivo de la contribución especial, indica que el Gobierno determinará el valor de la cuota de compensación militar, así como “las condiciones de liquidación y recaudo”, lo cual significa, de un lado, que el legislador no definió directamente ni la base gravable ni la tarifa y, de otro lado, que defirió al Gobierno su definición”.

En dicho contexto, la frase “El Gobierno determinará su valor y las condiciones de liquidación y recaudo”, contenida en el primer inciso del artículo 22 de la Ley 48 de 1993, fue declarada inconstitucional, pues en ella se materializaba una contradicción con la Carta Política, dado que otorgaba al Gobierno la facultad para la regulación integral de una materia sometida a reserva de ley.  Como consecuencia, a partir de dicho fallo, no se cobra esa cuota y por lo tanto se le debe normalizar la situación militar y expedir la tarjeta sin la necesidad de ese pago a las personas que legalmente han sido exentas de la prestación del servicio por cualquiera de las causas que la Ley refiere.

La necesidad del cobro de la “cuota de compensación militar” se ha justificado al partir de la idea de que existe un beneficio obtenido por el particular y que, para compensar ese beneficio, debe efectuarse un pago. La obtención del beneficio se traduce en que la no prestación del servicio da al eximido, la posibilidad de dedicarse inmediatamente al desarrollo de labores productivas o a continuar con su proceso educativo.

Como lo ha expuesto la Corte Constitucional, el pago de la cuota es obligatorio y se trata de una prestación eminentemente pecuniaria cuyo propósito consiste en normalizar la situación militar del inscrito que no ingrese a filas, pero no posee las características del servicio militar ni el carácter personal del mismo, pues la situación de “eximido” tiende a producir una ruptura respecto de la obligación originaria (liberarse de la prestación del servicio militar), en las condiciones que la ley dispone.

La Constitución Política Nacional, en su artículo 216, indica que la ley “determinará las condiciones que en todo tiempo eximen del servicio militar”.  Acorde a la Real Academia Española de la Lengua, por eximir[1] se entiendeLibrar, desembarazar de cargas, obligaciones, cuidados, culpas, etc”.  Conforme a este precepto constitucional, al legislador le corresponde determinar las condiciones que eximen del servicio militar y, en pro de tal mandato, el legislador ha establecido que los obligados serán eximidos del servicio militar por “haberse configurado alguna de las causales de exención o por inhabilidad o falta de cupo”.

Se suele afirmar erróneamente que la cuota implica una compensación del ciudadano al Estado por la simple circunstancia de no ser incorporado a las filas.  Es conveniente recordar que la compensación, es un “modo de extinguir obligaciones vencidas, dinerarias o de cosas fungibles, entre personas que son recíprocamente acreedoras y deudoras. Consiste en dar por pagada la deuda de cada uno por la cantidad concurrente[2].

No obstante, el beneficio obtenido por el sujeto eximido de prestar el servicio militar debe ser entendido a cabalidad.  Esto, pues se  equivocan quienes consideran que la función de la cuota de compensación es sustituir la no presentación del servicio militar obligatorio cuando se ha sido declarado legalmente exento del mismo; de tal modo que las personas pagan la cuota y, por haberla pagado, el Estado se abstiene “de exigirles el ingreso obligatorio al ejército”, liberándolas “de las fatigas y molestias inherentes al servicio” y permitiéndoles aprovechar su tiempo y sus capacidades “para desarrollar su actividad económica en la época de la vida más propicia para ello”.

No es objeto de discusión el hecho que quien paga la cuota no queda sometido a prestación del servicio y tiene la posibilidad de dedicarse a la actividad que libremente escoja, pero es menester aclarar que ese beneficio no se deriva del pago de la cuota, sino como consecuencia de la exención del servicio.

Debemos recordar que la mal llamada cuota de compensación, se cobra al inscrito que no presta el servicio cuando se le exime de la prestación personal, en cumplimiento del mandato Constitucional contenido en el artículo 216 y reglamentado por la Ley 48 de 1993 “por razón de una causal de exención, inhabilidad o falta de cupo”.  Por tal razón, una persona que ha sido eximida en cumplimiento de un mandato constitucional y legal de la prestación del servicio, mal podría considerarse deudora como para tener que pagar una “compensación” al Estado pues la exención implica la extinción de la obligación para el obligado y, por ello, no puede hablarse de una compensación ya que la obligación del ciudadano ha desaparecido en virtud de la Ley.

De acuerdo con el planteamiento precedente, la exención de la prestación del servicio militar no es una decisión que depende de la exclusiva voluntad del ciudadano, pues este cumple con el deber de realizar la inscripción al mismo, la cual es obligatoria, y la clasificación (hecho de quedar eximido) es el resultado de factores tales como la configuración de una causal de exención, la inhabilidad o la falta de cupo, factores que, ya sean inevitables o fruto de la casualidad, en cualquier caso escapan al libre albedrío del inscrito.

Así las cosas, el pago de la cuota de compensación militar se exige cuando se da la confluencia de las condiciones legalmente previstas para su viabilidad y, por lo tanto, no obedece al simple deseo de evadir el ingreso a filas o al solo hecho de tener la posibilidad de redimir económicamente la prestación del servicio militar obligatorio. En otras palabras, quien paga la cuota de compensación militar lo hace porque, habiéndose inscrito, resultó clasificado en razón de factores independientes de su voluntad personal y por nada más, ya que no es factible ofrecer el pago de la cuota con el único propósito de eludir la prestación del servicio militar.

 

En las anotadas condiciones, aún cuando no se produce su incorporación a la fuerza pública, el beneficio que obtiene el eximido no es la consecuencia directa del pago de una suma de dinero por concepto de cuota de compensación militar, sino el resultado de haberse configurado alguna de las causales que, al eximir al inscrito de prestar el servicio, le otorgan la condición adicional de clasificado.

 

Siendo así, el inscrito que, además, resulta clasificado, no se encuentra ante el dilema de pagar la cuota de compensación o de prestar el servicio militar, pues, sencillamente, ha sido eximido del servicio y, en razón de las ventajas que le representa esa situación, el Estado lo obliga al pago de la cuota.

 

Debemos recordar que el legislador, en su autonomía, puede y debe determinar las condiciones que eximen del servicio militar y, si bien el Congreso de la República hubiera podido imponer el cumplimiento de una “prestación social sustitutoria” a quienes resultaran eximidos del servicio militar por haberse configurado alguna de las causales de exención o por inhabilidad o falta de cupo, no lo hizo así y, en cambio, previó el pago de una suma de dinero, denominándola “cuota de compensación militar”.

 

No obstante, debemos ser consecuentes y corregir el absurdo en que incurre la norma al pretender cobrar al ciudadano el impuesto de “cuota de compensación militar” que, como se ha dicho no tiene la misma naturaleza personal del “servicio militar” sino que es un pago pecuniario derivado de una visión errónea sobre los beneficios que para el ciudadano representa la no prestación del servicio militar obligatorio. 

 

Cómo se ha afirmado hasta ahora, la “exención” no aparece como fruto del capricho arbitrario de la persona, sino derivada del mandato legal y Constitucional.  Por tanto, es menester consagrar la gratuidad de la expedición de la libreta militar, documento de gran importancia en la vida de las personas toda vez que, a modo de ejemplo, a su presentación está condicionada la obtención de empleo o el ingreso a la educación superior.

 

Actualmente,  en cumplimiento del fallo de la Corte Constitucional previamente citado, se prohibió que se siguiera recaudando dicho tributo.  Es decir, actualmente no se cobra la “cuota de compensación militar” y por tal razón lo que pretende este proyecto de Ley es garantizar que la situación permanezca así, toda vez que el cobro de la cuota, cómo hemos sustentado a lo largo de la exposición de motivos, constituye una afrenta contra los derechos del ciudadano.

 

 

De los Honorables Senadores y Senadoras,

  

 

ELSA GLADYS CIFUENTES ARANZAZU

Senadora de la República

 

 


[1] DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA – Vigésima segunda edición.  Para más información ir a:  http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=eximido

 

[2] DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA – Vigésima segunda edición.  Para más información ir a:  http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=compensaci%F3n

PROYECTO DE LEY ESTATUTARIA No. 68 DE 2009 SENADO

  

Senado de la República

 

PROYECTO DE LEY ESTATUTARIA No. 68 DE 2009 SENADO

por la cual se desarrolla el artículo 144 de la Constitución Política y se reglamentan las actividades de cabildeo

 

El Congreso de La República de Colombia

DECRETA:

 

Artículo 1. Objeto. La presente ley tiene por objeto establecer las reglas y principios que rigen las actividades de cabildeo a fin de garantizar la mayor transparencia en la formación de las leyes, en la creación, modificación o derogación de los actos jurídicos de la Rama Ejecutiva, al igual que en la adopción de políticas y programas de la misma.

 

Parágrafo. Las disposiciones contenidas en la presente ley, se entenderán sin perjuicio del derecho constitucional que les asiste a todos los ciudadanos de conformidad con la ley, de formular observaciones respetuosas a las autoridades públicas respecto de los actos jurídicos sometidos a su creación, modificación o derogación y de presentar solicitudes a las mismas en ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la Carta Política.

 

Artículo 2. ÁMBITO de aplicación. La presente ley se aplicará a las actividades de cabildeo taxativamente enumeradas en la misma.

 

Artículo 3°. Actividades de cabildeo. Son actividades de cabildeo:

 

  1. 1.            Los contactos de cabildeo. Se entiende por contactos de cabildeo, cualquier comunicación oral o escrita, hecha en nombre propio o de un cliente, dirigida a cualquier servidor público señalado en el artículo 4º de esta ley, con miras a:

 

a)                La creación, modificación o derogación de normas de carácter nacional, departamental, distrital o municipal;

b)               La formulación, modificación o adopción de acto político, programa o posición del Gobierno Nacional, departamental, distrital o municipal.

  1. 2.            Los esfuerzos tendientes a apoyar dichos contactos. Estos esfuerzos incluyen:

 

a)      Actividades preparatorias;

b)     Actividades de planeación;

c)      Investigaciones;

d)     Trabajos para ser utilizados respecto del mismo aspecto o dirigidos a idéntico funcionario, ya sean realizados individualmente o en coordinación con otras personas dedicadas a actividades de cabildeo.

 

  1. 3.            Los comunicados de origen democrático. Se entienden por comunicados de origen democrático, todas las comunicaciones de sectores organizados de la población, tales como las organizaciones no gubernamentales, sindicatos, cultos religiosos, grupos minoritarios etc., con el propósito de dar a conocer una cierta decisión pretendida y de presionar para su adopción.

 

Parágrafo. La Información transmitida por los medios públicos de comunicación, así como los informes de comisiones, discursos, conferencias, testimonios, etc., no constituyen actividades de cabildeo.

 

Artículo 4°. Sujetos de las actividades de cabildeo. Pueden ser válidamente contactados con el propósito de desarrollar actividades de cabildeo, los siguientes servidores públicos:

 

  1. En la Rama Ejecutiva del poder público:

 

a)      El Presidente de la República;

b)     El Vicepresidente de la República;

c)      Los miembros de los Consejos Superiores de la Administración;

d)     Los Ministros del Despacho;

e)      Los Directores de Departamento Administrativo del Orden Nacional;

f)       Los Gobernadores;

g)      Los Diputados;

h)     Los Alcaldes;

i)        Los Concejales;

j)        Los gerentes de entidades descentralizadas por servicios del orden nacional, departamental, distrital o municipal;

k)      Cualquier otro funcionario con capacidad de adoptar decisiones administrativas, o de colaborar o participar en su adopción.

 

  1. En la Rama Legislativa del poder público:

 

a)      Los Senadores de la República;

b)     Los Representantes a la Cámara;

c)      Los asistentes o asesores de Senadores y Representantes.

 

Artículo 5°. Naturaleza facultativa del cabildeo. Es facultativo de los servidores públicos referidos en el artículo anterior, a quienes se pretende contactar con el propósito de gestionar sobre las actividades de cabildeo, aceptar ser contactados. No obstante, será obligatorio para el cabildero independiente o la firma de cabildeo, antes de gestionar el contacto, inscribirse y haber obtenido el certificado de que habla el numeral 3 del artículo 11 de la presente ley.

 

Artículo 6°. Definiciones. Para efectos de esta ley se entiende por:

 

  1. 1.      Cabildero. Las personas naturales o jurídicas que adelanten las actividades de cabildeo definidas en el artículo 3° de la presente ley.

 

  1. 2.      Cabildero independiente. Es la persona natural que desarrolla actividades de cabildeo en representación de intereses propios o ajenos, y que está debidamente inscrita en el libro de registro correspondiente de que trata la presente ley.

 

  1. 3.      Firma de cabildeo. Es la sociedad legalmente constituida y registrada de conformidad con la ley comercial, en cuyo objeto social se establezca la posibilidad de desarrollar y gestionar actividades de cabildeo, en representación de intereses propios o ajenos. La firma de cabildeo deberá inscribirse como tal en el libro de registro respectivo de que trata la presente ley; así como a los empleados que ejerzan la función de cabildero.

 

  1. 4.      Cliente. Es la persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que contrate los servicios de un cabildero independiente o de una firma de cabildeo.

 

  1. 5.      Contrato de cabildeo. Es el acuerdo de voluntades de carácter comercial por medio del cual un cabildero independiente o una firma de cabildeo se obliga a desarrollar una o varias actividades de cabildeo a las que hace referencia el artículo 3° de la presente ley, a cambio del pago de una suma de dinero.

El contrato de cabildeo es consensual y sólo genera para la firma de cabildeo o el cabildero independiente obligaciones de medio. En los demás aspectos el contrato de cabildeo se sujetará a las disposiciones generales sobre mandato contenidas en el Código de Comercio.

 

  1. 6.      Libro de registro. Son los libros en donde se deben inscribir oficialmente el cabildero independiente y las firmas de cabildeo a fin de poder desarrollar legalmente su gestión. En ellos deberá quedar inscrito: la información general de la firma de cabildeo o el cabildero independiente, el propósito último del cabildeo, los nombres y cargos de los servidores públicos a contactar, además de la persona natural o jurídica representada, el presupuesto destinado para realizar la actividad de cabildeo y los comunicados de origen democrático que resuman la gestión desarrollada, hasta su culminación. Cada actividad de cabildeo deberá ser reportada con toda su información y registrada en folio independiente.

 

Artículo 7°. Registro de cabilderos independientes y de firmas de cabildeo. El Secretario General del Senado de la República, el Secretario de la Cámara de Representantes, así como el secretario general de cada entidad administrativa o quien haga sus veces, serán los encargados de llevar el libro de registro de cabilderos independientes y de firmas de cabildeo que servirá para controlar y dar publicidad a las actividades de cabildeo que estos desarrollen.

 

Artículo 8°. Prohibición. Ningún funcionario público puede adelantar actividades de cabildeo, las mismas serán objeto de sanción de conformidad con la ley disciplinaria. Esta disposición se entenderá sin perjuicio de la facultad de gestionar actividades relacionadas con las decisiones a tomar por otros funcionarios públicos, dentro del marco del ejercicio de sus funciones.

 

Artículo 9°. Presentación de información para el libro de registro. Las autoridades públicas a que hace referencia el artículo 7° de la presente ley adoptarán el correspondiente formulario en que se debe presentar la información que deben suministrar las firmas de cabildeo y los cabilderos independientes para efectos de la inscripción y actualización del libro de registro. En todo caso, el respectivo formulario deberá contener como mínimo la información a que hace referencia el numeral 6 del artículo 6° de la presente ley.

 

Artículo 10. Inscripción en el libro de registro. Una vez cumplidos los requisitos que la presente ley obliga para que un cabildero independiente o una firma de cabildeo, pueda desarrollar y gestionar actividades de cabildeo, el secretario procederá a su registro, absteniéndose de hacer cualquier otra exigencia diferente a las mencionadas en esta ley. Efectuado el registro, se emitirá el certificado correspondiente que acredite la inscripción respectiva. Una vez obtenido el citado certificado, el cabildero podrá contactar a los servidores públicos a que hace referencia el artículo 4° de esta ley, con el fin de dar inicio a las actividades de cabildeo.

 

 

 

 

Artículo 11. Son funciones del encargado del libro de registro:

 

  1. 1.      Registrar en el libro a los cabilderos independientes y a las firmas de cabildeo.

 

  1. 2.      Actualizar periódicamente la información correspondiente a la actividad del cabildeo.

 

  1. 3.    Expedir certificados a solicitud del interesado que den constancia de:

 

a)      El debido registro del cabildero independiente y de la firma de cabildeo;

b)     La información contenida en el libro de registro;

c)      El compendio de los comunicados de origen democrático que permita evaluar la gestión realizada.

 

  1. 4.      Permitir el público conocimiento del desarrollo de las actividades de cabildeo.

 

  1. 5.      Conocer de las violaciones que cometan las firmas de cabildeo, sus cabilderos o los cabilderos independientes, a las disposiciones contenidas en la presente ley, e imponer las sanciones administrativas correspondientes. El trámite para la imposición de las sanciones a que hace referencia la presente ley se adelantará de acuerdo con las disposiciones contenidas en el Código Contencioso Administrativo.

 

  1. 6.      Dar aviso a las autoridades competentes acerca de las conductas que considere violatorias de tipo penal por parte de los cabilderos independientes, de las firmas de cabildeo, sus empleados y/o los servidores públicos cuando tenga conocimiento de estas. La omisión de aviso a las autoridades por negligencia, su tardanza, o el aviso temerario se sancionará con arreglo a las disposiciones contempladas en la Ley 734 de 2002.

 

Parágrafo 1°. Contra los actos administrativos en donde el encargado del libro de registro imponga las sanciones administrativas a que hace referencia la presente ley, procede el recurso de apelación ante el jefe de control interno de la entidad correspondiente o quien haga sus veces. Resuelta la anterior impugnación, se entiende agotada la vía gubernativa y el interesado podrá acudir a la jurisdicción.

 

Parágrafo 2°. El Ministerio del Interior y de Justicia abrirá un portal en donde se registrarán las sanciones que se impongan a los cabilderos independientes y a las firmas de cabildeo. Dicho portal deberá ser consultado por los funcionarios encargados del libro de registro antes de efectuar la inscripción de los cabilderos independientes y las firmas de cabildeo. Igualmente, dichos funcionarios deberán informar mensualmente de las sanciones por ellos impuestas.

 

Artículo 12. El libro de registro será público, y por lo tanto cualquier persona podrá solicitar certificaciones sobre la información contenida en este.

Igualmente, cualquier persona podrá impugnar la información allí contenida cuando esta sea falsa o inexacta. Para el ejercicio del derecho antes mencionado el interesado deberá allegar ante la autoridad que efectuó el registro un memorial en donde manifieste el motivo de la inconformidad y allegue las pruebas que pretenda hacer valer. Los funcionarios a que hace referencia el artículo 7° de la presente ley adoptarán la decisión previa audiencia del implicado.

 

Artículo 13. Los cabilderos independientes y las firmas de cabildeo informarán al encargado del libro de registro de los cambios que se presenten en la información, mediante reportes de actualización.

 

Se entiende que las firmas de cabildeo y los cabilderos independientes deberán actualizar la información contenida en el libro de registro cada vez que esta sufra modificaciones, independientemente que para el momento de la actualización se estén o no realizando actividades de cabildeo.

 

Artículo 14. Límites a la actividad de cabildeo. El desarrollo de actividades de cabildeo estará sujeto a las siguientes limitaciones:

 

  1. 1.             Se prohíbe a los funcionarios públicos ejercer actividades de cabildeo ante cualquier autoridad o Entidad dentro de los tres años subsiguientes de la separación del cargo.
  2. 2.             Las firmas de cabildeo y los cabilderos independientes solo podrán valerse para el ejercicio de actividades de cabildeo de los recursos legítimos permitidos por la Constitución y la ley.
  3. 3.             No podrán ejercer actividades de cabildeo quienes hayan sido condenados judicialmente por la comisión de delitos dolosos.

 

Artículo 15. El que gestione actividades de cabildeo sin estar previamente inscrito en el libro de registro de que habla el numeral 6 del artículo 6° de la presente ley, incurrirá en multa de diez (10) a veinte (20) salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv), sin perjuicio de las demás sanciones a que se haga acreedor por la conducta ilegal. En caso de reincidencia, la multa se incrementará en el doble, y si se tratare de firma de cabildeo, además de la sanción económica quedará inhabilitada para ejercer la actividad por el término de dos (2) años.

 

Artículo 16. El cabildero independiente, o la firma de cabildeo cuyo cabildero o cabilderos empleados realicen actividades de cabildeo sin haber obtenido el certificado mencionado en el numeral 3 del artículo 11 de esta ley, incurrirá en la multa de diez (10) a veinte (20) salarios mínimos mensuales legales vigentes, sin perjuicio de las demás sanciones a que se haga acreedor con la conducta ilegal.

 

Artículo 17. El servidor público que de manera dolosa permita realizar ante sí actividades de cabildeo a personas que no hayan obtenido previamente el certificado, incurrirá en causal de sanción disciplinaria de conformidad con las disposiciones contenidas en el Código Disciplinario Único, Ley 734 de 2002 o las que lo modifiquen o adicionen, sin perjuicio de las demás sanciones a que se haga acreedor por la conducta ilegal.

 

Artículo 18. El encargado del libro de registro responderá disciplinaria, civil y penalmente, por el manejo indebido que haga del mismo, así como por el incumplimiento de sus funciones.

 

Artículo 19. Las firmas de cabildeo, sus cabilderos o los cabilderos independientes que omitan registrar información, que registren información falsa o que se abstengan de actualizar las informaciones originalmente registradas, quedarán inhabilitados para realizar actividades de cabildeo por un período de cinco (5) a diez (10) años e incurrirán en multa de veinte (20) a cincuenta (50) salarios mínimos mensuales legales vigentes, sin perjuicio de las demás sanciones a que se hagan acreedores por la conducta ilegal.

 

Artículo 20. El cabildero independiente, el representante legal de una firma de cabildeo o cualquier empleado de esta que actuando como tal, ofrezca, entregue u otorgue regalos, dádivas o beneficios a un servidor público contactado con el propósito de gestionar ante este actividades de cabildeo, así como el servidor que en iguales condiciones acepte el ofrecimiento, la entrega o el otorgamiento, incurrirán en las penas establecidas para el delito de Cohecho en cualquiera de sus modalidades, según el caso.

 

Los cabilderos independientes, y las firmas de cabildeo y sus cabilderos que incurran en cualquiera de los anteriores comportamientos quedarán además inhabilitados para realizar la actividad de cabildeo durante un período de cinco (5) a diez (10) años.

 

Artículo 21. El cabildero independiente o los cabilderos que actuando a nombre de firmas de cabildeo y estando inhabilitados para ejercer dichas actividades, realicen actividades de cabildeo durante el período de la sanción, con registro o sin él, incurrirán en prisión de dos (2) a diez (10) años y en multa de cincuenta (50) a cien (100) salarios mínimos mensuales legales vigentes. Las firmas incursas en esta misma irregularidad perderán su matrícula mercantil.

 

Artículo 22. DISPOSICIÓN TRANSITORIA: El Gobierno Nacional dispondrá de seis (6) meses para capacitar a los secretarios generales del Congreso de la República y de los distintos entes administrativos o a quien haga sus veces, a fin de instruirlos en las labores descritas en la presente ley.

 

 

 

Artículo 23. La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

 

 

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ELSA GLADYS CIFUENTES ARANZAZU

SENADORA DE LA REPÚBLICA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Senado de la República

 

PROYECTO DE LEY ESTATUTARIA No. _____ DE 2009 SENADO

 

 

por la cual se desarrolla el artículo 144 de la Constitución Política y se reglamentan las actividades de cabildeo

 

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

 

Presento a su consideración este proyecto de Ley, obra del esfuerzo intelectual y académico del honorable Ex-senador German Vargas Lleras, a través del cual se busca reglamentar las actividades de cabildeo.  Esta iniciativa surge en el año de 1995 y ha sido presentada un total de seis (6) ocasiones, siendo la ultima en el año 2005.

 

He retomado la propuesta normativa, toda vez que el ultimo acto legislativo aprobado por el Congreso, conocido como la “Reforma Política”, establece en el Inciso 2º de su artículo 7º que :

 

ARTÍCULO 7º. El artículo 144 de la Constitución Política quedará así:

“Las sesiones de las Cámaras y de sus Comisiones Permanentes serán públicas, con las limitaciones a que haya lugar conforme a su reglamento.

El ejercicio del cabildeo será reglamentado mediante ley.”

 

Resulta pertinente aclarar que la última vez que fue considerada esta iniciativa en la Cámara de Representantes, se ordenó su archivo con base en dos argumentos de constitucionalidad relacionados con la necesidad de darle a este proyecto un trámite de ley estatutaria; e igualmente, se aseveró que las normas propuestas vulneraban el principio a la igualdad y la presunción de buena fe. Al respecto me permito efectuar las siguientes consideraciones:

 

En cuanto al primer argumento, con la aprobación de la Reforma Política, la necesidad de la regulación del cabildeo se convirtió en un mandato constitucional claro y expreso.  Con la reforma al artículo 144 de la Constitución, se ordenó al legislativo expedir legislación en la materia y, este proyecto de Ley, por desarrollar normativamente una norma Constitucional, ha sido presentado como una Ley Estatutaria subsanando el vicio que anteriormente padecía y ajustándose a la nueva normativa constitucional.

 

En cuanto al segundo argumento según el cual las normas que regulan el cabildeo vulneran el derecho a la igualdad y la presunción de buena fe, quiero manifestar que muy por el contrario lo que este proyecto de ley pretende es consagrar unas reglas claras para el ejercicio de la señalada actividad, que permitan el acceso de todos los ciudadanos a las autoridades públicas, en igualdad de condiciones y no solo a los gremios o los grandes grupos económicos. Igualmente, aceptar que la regulación del cabildeo atenta contra la presunción de buena fe consagrada en el artículo 83 de la Carta Política, sería tanto como afirmar que cualquier norma jurídica que establezca un procedimiento para recurrir ante la autoridad pública viola el citado precepto constitucional.

 

Es una realidad incontrovertible que en el proceso de interacción entre los servidores públicos y los miembros de la sociedad civil en la tramitación de temas de interés para la comunidad, se han suscitado prácticas reprochables que atentan contra la aplicación del principio de transparencia en la toma de decisiones públicas. Dichas prácticas han sido fomentadas en parte por la ausencia de un cuerpo normativo que establezca unas reglas claras, que permitan la concurrencia, en igualdad de condiciones, de todos los ciudadanos que deseen hacer valer sus opiniones ante el poder público.

 

Ahora bien, vista desde la perspectiva de un Estado democrático como el nuestro, es válida la pretensión que tienen los diversos grupos económicos y sociales de influir en las decisiones públicas que los afectan, y ello no es reprochable per se, lo importante es establecer unas reglas que delimiten la manera en que va a realizarse dicha influencia, con el fin de alejar cualquier práctica que implique el ejercicio ilegítimo del cabildeo. La tesis anteriormente expuesta fue avalada por el analista político José Francisco García, quien al respecto señaló lo siguiente1:

 

«La mínima sensatez lleva a concluir que el problema no está en la influencia per se, sino en el modo como está se ejerce o en las oportunidades que otros tengan para ejercerla, es decir, lo que debe asegurarse es la competencia.

Es evidente que la acción que ejercen determinadas organizaciones (lobbyes o grupos de presión) sobre las actividades legislativas, tienen efectos sobre lo que podemos llamar interés general o el bienestar de la mayoría. Y es de esto de lo que la sociedad debe hacerse cargo, sin embargo, el instrumento que se ha de emplear no es indiferente en términos de los efectos que puede tener sobre la institucionalidad política».

 

En igual sentido, la necesidad de reglamentar las actividades de cabildeo ha sido reconocida ampliamente por la opinión nacional, pues tal como se señala en un estudio reciente efectuado por la Corporación Transparencia por Colombia2, «en la actualidad no existen leyes vigentes que regulen la forma como el sector empresarial influencia la toma de decisiones estatales, a pesar de que han existido varios intentos de reglamentación de las actividades de cabildeo en Colombia«. Igualmente, manifiesta la citada Corporación que «ante la influencia del sector empresarial en la toma de decisiones estatales, es clara la necesidad de reglamentar la actividad de cabildeo con el fin de asegurar la transparencia en los procesos de toma de decisiones estatales, reconociendo la influencia legítima que ejercen grupos de interés como los grupos económicos y los gremios, entre otros«.

 

Ahora bien, aquellos que han criticado la iniciativa en anteriores oportunidades lo hacen en gran parte por desconocimiento tanto de las normas mediante las cuales se pretende reglamentar la figura, como de las ventajas que conllevaría la expedición de dicho cuerpo normativo, las cuales han sido ampliamente reconocidas incluso por la doctrina extranjera, que ha encontrado en la regulación del cabildeo las siguientes bondades5:

 

«Proponer soluciones a problemas sociales, políticos y económicos.

Fortalecer el poder de las organizaciones de la sociedad civil.

Promover la participación democrática de los ciudadanos.

Promover la solidaridad entre los ciudadanos para enfrentar de mejor manera problemas comunes».

 

Este reconocimiento sobre la importancia de regular las actividades de cabildeo ha permeado igualmente la legislación extranjera, prueba de lo cual son las múltiples normas que sobre la materia se han expedido a nivel mundial, de las cuales se citan las más importantes a manera de ejemplo6:

 

«1946. Federal Regulation of Lobbying Act (Estados Unidos).

1984. Ley de Registro de Lobbystas (Australia).

1985. Lobbyst Registration Act (Canadá).

1992. Normas y registro para consultores y asesores políticos (Unión Europea).

1995. Lobbyng Disclosure Act (Estados Unidos).

1998. Normas sobre lobby para servidores públicos (UK).

2002. Registro público de lobbystas (Escocia).

2002. Lobbyng Transparency and Ethics Act (Quebec)».

 

En aras de lo anterior, y en desarrollo del expreso mandato Constitucional contenido en el artículo 144 de la Carta Política, considero que la reglamentación del cabildeo constituye una necesidad de primer orden, no solo por cuanto implica el reconocimiento normativo de una práctica existente y ampliamente difundida, sino que, además, la creación de unas reglas claras sobre la materia facilitaría el control de aquellos que acceden a las autoridades públicas con el fin de influir en las decisiones por ellas adoptadas.  Por lo tanto, es claro que nos encontramos en mora de legislar sobre la materia, lo cual además implicaría dar un paso importante en la lucha contra la corrupción en Colombia.

 

Aspiramos a que el ponente para su primer debate facilite una audiencia pública en aras de que los gremios y la opinión nacional nos ayuden a enriquecer esta iniciativa Legal que sin lugar a dudas, una vez aprobada, redundará en el bienestar general de los Colombianos.

 

De los (as) Honorables Senadores y Senadoras,

 

  

ELSA GLADYS CIFUENTES ARANZAZU

SENADORA DE LA REPÚBLICA

“POR LA CUAL SE CREA EL “SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN DE BENEFICIARIOS PARA LA FOCALIZACIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL SISBEN”

 

PROYECTO DE LEY No. _____ DE 2009

 

“Por la cual se crea el “Sistema de Identificación de Beneficiarios para la Focalización y Promoción Social SISBEN”

 El Congreso de La República de Colombia

DECRETA: 

ARTÍCULO 1. Crease el “Sistema de Identificación de Beneficiarios para la Focalización y Promoción Social SISBEN”, el cual se implementará para orientar toda la oferta de programas y servicios de asistencia, subsidio, estimulo e incentivo que tenga el gobierno nacional, departamental y municipal, conforme a los lineamientos, principios y criterios conceptuales y metodológicos establecidos en la presente Ley.

ARTÍCULO 2. CONCEPTOS BÁSICOS. El sistema será concebido bajo en el Enfoque del Desarrollo Humano, entendido como un proceso permanente donde las personas son el centro del desarrollo y su bienestar consiste en la conquista y el disfrute en igualdad de oportunidades, de todos los beneficios sociales que les permitan ampliar su libertad. En este orden de ideas, entiéndase por Focalización un proceso deliberado que se aplica en política social, para dirigir los beneficios del gasto público a las personas más pobres, a través de instrumentos que buscan seleccionarlos como sus beneficiarios directos, a fin de maximar su impacto social[1],  y por Promoción Social todas aquellas acciones y gestiones dirigidas a impulsar y promover una persona o un grupo de personas de la sociedad que carece de los medios y oportunidades o tiene fuertes obstáculos para acceder a ellas y por tanto, se encuentra en una situación de privación o vulnerabilidad social. Las intervenciones pueden ser de tipo individual o colectiva, su provisión de carácter público o privado. La promoción social estará dirigida a generar oportunidades para la inclusión y la equidad social, a potenciar las capacidades de  las personas y a mitigar los riesgos de vulnerabilidad social de la población.[2]

ARTÍCULO 3. PRINCIPIOS. El Sistema de Identificación de Beneficiarios para la Focalización y Promoción Social SISBEN”, se guiará por los siguientes principios estratégicos:

Localización: El Sistema diseñará sus bases de datos en forma individualizada y adicionalmente, según  la metodología establecida por el gobierno nacional a través del Departamento Nacional de Planeación, localizará los potenciales beneficiarios en un contexto comunitario específico sobre el que se definirán las intervenciones de los programas sociales a desarrollar.

 

  • Enfoque de derechos: El eje de la acción de los programas sociales será  la comunidad, tomando en cuenta que allí se encuentran de manera diferenciada las personas titulares de derechos (niño, niña, joven, mujer, hombre, adulto o adulta mayor), lo cual implica reconocer sus diferentes necesidades y expectativas, desde la perspectiva de su desarrollo pleno[3] y la garantía, la protección y la restitución de los derechos vulnerados[4] .

 

  • Integralidad: Implica dirigir todas las acciones de los programas sociales focalizados, bajo una concepción integral de los factores biopsicosociales que intervienen en la situación de vulnerabilidad social de las personas y comunidades, proponiendo sobre ellas acciones articuladas como mínimo en tres ámbitos del desarrollo: la educación, la salud y el mejoramiento de ingresos.

 

  • Participación: Cualquier intervención institucional derivada de los programas sociales que el gobierno focalice, deberá tener como escenario de validación y legitimación la participación comunitaria orientada hacia la definición consensuada de objetivos comunes que redunden en el mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad.
  • Consolidación de Redes de Apoyo Social: Cualquier intervención institucional derivada de los programas sociales que el gobierno focalice, deberá contribuir al establecimiento de una cultura comunitaria de la cooperación, el respeto, la tolerancia y la promoción de los derechos humanos.
  •  Solidaridad: Cualquier intervención institucional derivada de los programas sociales que el gobierno focalice, deberá promover la creación de una conciencia colectiva, sensibilizando a las comunidades frente a la necesidad de fortalecer el tejido social a través de relaciones mutuas de apoyo y ayuda ante las adversidades y dificultades, de tal forma que se sientan respaldadas y amparadas tanto por el entorno social que las rodea, como por un gobierno que actúa como garante de sus derechos.
  •  Autonomía: Cualquier intervención institucional derivada de los programas sociales que el gobierno lleve a cabo, deberá contribuir al fortalecimiento de la capacidad de agencia y la autonomía en las comunidades y personas, sobre la base de reconocer la corresponsabilidad frente al desarrollo propio y colectivo y el compromiso con el bienestar común. Esto implica diseñar indicadores dinámicos que permitan la reclasificación de las personas en el sistema, transitando de los niveles de focalización hacia los niveles de promoción.

 

ARTÍCULO 4. CRITERIOS TÉCNICOS. Metodológicamente, el sistema tendrá como unidad de medición el Índice de Desarrollo Humano IDH, partiendo de la valoración en las personas de sus tres capacidades esenciales: Capacidad de tener una vida larga y saludable, medible a través de indicadores como la esperanza de vida; Capacidad de tener conocimientos, medible a través de indicadores como el logro educativo, compuesto por el nivel de escolaridad y su vinculación al sistema educativo y la Capacidad de contar con los ingresos que le permitan acceder a los recursos básicos para lograr un nivel de vida decente, medible a través del PIB real per cápita.

 

ARTÍCULO 5. ESTRUCTURA. El sistema estará integrado por dos componentes: Componente de Focalización para la Equidad y Componente de Promoción para la Inclusión. Cada componente tendrá tres niveles, así: en el componente de Focalización operará la clasificación de las personas por niveles I, II y III relacionados con la medición de su Índice de Desarrollo Humano IDH, según la metodología establecida en el artículo anterior de la presente ley, la cual será adoptada y ajustada por el Departamento Nacional de Planeación, atendiendo a los lineamientos del Enfoque. En el componente de Promoción Social, el Departamento Nacional de Planeación diseñará la metodología para la clasificación y reclasificación anual de las personas, según los niveles “Agenciamiento I”, “Agenciamiento II” y “Agenciamiento III”, relacionados con el estado y mejoramiento gradual de su índice de desarrollo humano, sus condiciones de vida y su competencia social.

 

ARTÍCULO 6. CRITERIOS PARA LA FOCALIZACIÓN Y LA PROMOCIÓN SOCIAL. Las personas clasificadas o reclasificadas dentro del Componente de Focalización, en cualquiera de sus tres niveles serán elegibles para acceder a los beneficios y/o subsidios otorgados a través de programas de asistencia social del gobierno nacional, departamental y municipal, atendiendo a criterios de equidad social establecidos para cada nivel. Las personas clasificadas o reclasificadas dentro del componente de Promoción social, serán elegibles para acceder a incentivos y/o estímulos otorgados por programas de promoción social del gobierno nacional, departamental y municipal, tales como capacitación laboral, vinculación a proyectos de emprendimiento productivo adelantados por el gobierno y otorgamiento de microcréditos para apoyo a iniciativas de emprendimiento asociativo, atendiendo a criterios de inclusión social establecidos para cada nivel.

 

ARTICULO 7. RENDICION DE CUENTAS Y CONTROL SOCIAL.Las autoridades de las entidades territoriales, como responsables de la administración y aplicación del Sistema en su respectivo territorio, deberán conformar mediante decreto, la “Mesa de Control Social del SISBEN”, integrada por representantes de la sociedad civil organizada a través de ONGs vinculadas al trabajo social, representantes de la academia, de los beneficiarios de cada programa, de la iglesia, de la Asamblea o Concejo Municipal, del Consejo Territorial de Planeación, del sector educativo, de la salud y de los gremios económicos, ante la cual presentará anualmente y en audiencia pública de rendición pública de cuentas, de amplia difusión y convocatoria abierta, el Informe de Implementación del SISBEN, el cual deberá contener entre otros, el número de encuestados, clasificados, reclasificados, resultados de las encuestas, justificación ponderada de los mismos, cobertura de programas sociales de asistencia y de promoción, bienes y servicios  asignados, impactos logrados en los programas y cupos disponibles para cada período, entre otros.

 

ARTÍCULO 8. La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

 

 

 

ELSA GLADYS CIFUENTES ARANZAZU

Senadora de La República

 

Bogotá, Julio 30 del 2009


  

Senado de la República

 

 

PROYECTO DE LEY No. _____ DE 2009

 

“Por la cual se crea el Sistema de Identificación de Beneficiarios para la focalización de los servicios sociales y la Promoción Social

 

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En la Constitución Política de Colombia, se establece en su preámbulo que Colombia es un Estado Social de Derecho. Este principio constituye el fundamento de los fines esenciales del Estado colombiano, entre los cuales se destacan la garantía y efectividad de los derechos y deberes para todos. A partir de este marco constitucional, el Estado se organiza a través de los gobiernos  nacional, departamental, distrital y municipal para brindar los servicios públicos que le permitan a la población tener las oportunidades suficientes que le garanticen una buena calidad de vida.

Así mismo, la Constitución establece en su Artículo 356 que “para efectos de atender los servicios a cargo de éstos y a proveer los recursos para financiar adecuadamente su prestación, se crea el Sistema General de Participaciones de los Departamentos, Distritos y Municipios”. Dicho sistema general de participaciones SGP, estará destinado exclusivamente a financiar dichos servicios públicos, pero en forma prioritaria lo hará con los servicios de salud, educación preescolar, básica y media, servicios públicos de agua potable y saneamiento básico, “con énfasis en la población pobre”. Cuando la Constitución establece esta última diferenciación, está claramente señalando que la sociedad no es uniforme y que en ella existen personas y grupos poblacionales, en situaciones disímiles, unas más desfavorables o desventajosas frente a otras. Esta situación implica un reto para la acción del Estado a través del gobierno en todos sus niveles, pues es claro que la gestión pública estatal deberá dirigirse hacia aquellas personas o grupos poblacionales que más lo necesitan, en función de actuar bajo un criterio de equidad social, dando efectividad a los principios de solidaridad, complementariedad y subsidiariedad.

En este orden de ideas, la distribución de los recursos del Sistema General de Participaciones de los Departamentos, Distritos, y Municipios, se realizará de acuerdo a sus competencias y al principio de equidad social. Para ello, deberá realizarse atendiendo a criterios técnicos soportados en estadísticas veraces que den cuenta de la población atendida y por atender, el reparto entre población urbana y rural, la eficiencia administrativa y fiscal del ente territorial y la pobreza relativa. En resumen, la Constitución Política establece que en la distribución de los recursos SGP, “se dará prioridad a factores que favorezcan a la población pobre, en los términos que establezca la ley”.[5]

Este último punto resulta determinante para que el Estado, dentro de la lógica de racionalidad que ha primado en su concepción y gestión,  pueda llevar a cabo una intervención eficaz y eficiente en materia de política social, lo cual implica que los gobiernos deberán diseñar e implementar instrumentos de planeación y gestión pública que les permita identificar la población en situación de pobreza, su magnitud, características y localización y hacia dichas poblaciones dirigir en forma prioritaria, los recursos que garanticen su acceso a los servicios públicos establecidos.  

Para cumplir con estos procedimientos, se requiere un marco legal que recoja estos principios y permita llevar a cabo el diseño y la aplicación de instrumentos de focalización, atendiendo a metodologías flexibles y modernas que integren los referentes conceptuales modernos que guían la reflexión de la política social y sus problemáticas relevantes como la pobreza, la inclusión, entre otros, así como también debe atender a los aportes actuales en materia de formulación de implementación de políticas públicas con enfoque poblacional y de ciclo vital, con perspectiva de género, etc.

Desde la vigencia de la Constitución actual, el país ha desarrollado un marco jurídico que le ha permitido cumplir este propósito. Inicialmente se contó con la ley 60 de 1993, la cual en su artículo 30 le dio vida a lo que hoy se conoce como el SISBEN  “Sistema de Identificación de beneficiarios de programas sociales” y consiguientemente a través del CONPES 40 de 1997 se estableció todo el marco de focalización del gasto social. Sin embargo, con el avance de las problemáticas sociales, especialmente la pobreza, la modificación del sistema de salud a través de la ley 100/93, la modernización de la gestión pública y el recorte fiscal del gasto estatal, este marco jurídico inicial perdió vigencia y fue remplazado por un acto legislativo que le dio vida a nueva ley. La ley 715 del 2001 representó el cambio de concepción de un sistema de transferencias de recursos que el gobierno nacional le hacía a los entes territoriales, a un  sistema general de participaciones en el que los recursos son calculados bajo unos nuevos indicadores de crecimiento y están determinados por unos porcentajes de participación asignados para los diferentes sectores, buscando garantizar las inversiones sociales en los servicios públicos prioritarios como son la salud, la educación, el saneamiento básico, el deporte, la recreación y la cultura.

La ley 715/01, en su artículo 94. definió los elementos generales para la focalización del gasto social, así: “Art. 94. Definición de focalización de los servicios sociales. Focalización es el proceso mediante el cual se garantiza que el gasto social se asigne a los grupos de población más pobre y vulnerable. El CONPES Social definirá cada tres años los criterios para la determinación, identificación y selección de beneficiarios, así como los criterios para la aplicación del gasto social por parte de las entidades territoriales. En todo caso, las entidades territoriales al realizar inversión social, especialmente mediante la asignación de subsidios, deberán aplicar los criterios de focalización, definidos por el CONPES social”. Dando cumplimiento a lo establecido, se expidió el CONPES  055 del 2001 mediante el cual “se reforma el sistema de focalización individual del gasto social” y se establece la metodología para operacionalizar sus criterios.

Actualmente, el marco jurídico y normativo que rige el SISBEN está constituido por:

 

  1. 1.    La ley 1176 del 2007 que introduce una modificación sustancial al articulo No. 94 de la ley 715/01,  en el sentido de asignar al gobierno nacional la atribución de  coordinación, supervisión, mantenimiento y actualización de todo lo concerniente a la definición y orientación de dicho instrumento de focalización, así como le concede la discrecionalidad para que “en situaciones especiales y con el objetivo de garantizar la efectividad de los instrumentos de focalización, de manera preventiva podrá suspender temporalmente su actualización en el país, con las excepciones a que hubiere lugar”. Igualmente, le asigna a las entidades territoriales la función “implementación, actualización, administración y operación de la base de datos, conforme a los lineamientos y metodologías que establezca el Gobierno Nacional.Los diferentes programas sociales del orden nacional o territorial, deben definir la forma en que aplicarán los criterios e instrumentos para la focalización, contemplando además los criterios de egreso o cesación de la condición de beneficiarios que resulten pertinentes, en función de los objetivos e impactos perseguidos. Los gobernadores y alcaldes deben tomar las medidas pertinentes para garantizar que los grupos de población pobre y vulnerable tengan acceso a los servicios básicos”.

2.    El CONPES 117 de agosto 2008, a través del cual se establece la “Actualización de los criterios para la determinación, identificación y selección de beneficiarios de programas sociales”, con su correspondiente modificación metodológica para la identificación y calculo de la población pobre. En dicho documento se menciona que la herramienta del SISBEN desde su primera aplicación en 1995, ha mostrado ser exitosa en su pretensión de focalización del gasto social. Según dicho documento, hoy en día 8 instituciones y 31 programas del orden nacional utilizan el Índice Sisbén para focalizar sus intervenciones, lo cual les ha permitido un ahorro ya que no tienen que llevar a cabo por su cuenta procesos de focalización y además, pueden articular acciones conjuntas de intervención interinstitucional y realizar asignaciones equitativa de subsidios, lo cual redunda directamente en le mejoramiento de la calidad de vida de la población objetivo. Estas razones han llevado a recomendar que la estrategia SISBEN se mantenga como instrumento central de focalización de la población en situación de pobreza y vulnerabilidad ya que “busca dirigir el gasto social hacia los sectores de la población que más lo necesitan con el fin de maximizar su impacto social, (…) es un medio de lucha contra la pobreza y la desigualdad”[6].

3.    El Decreto presidencial  No 4816, de diciembre del 2008 que reglamenta lo establecido en el articulo 24 de la ley 1176/2007, determinando todo lo relacionado a los principios rectores de los instrumentos de focalización, la aplicación de los mismos, las condiciones de inclusión y exclusión en la base de datos, las condiciones de suspensión de la base de datos o de su actualización, las funciones del DNP, los cruces de información y los criterios de reserva de la ficha de clasificación.

A pesar de los innegables logros de esta herramienta de focalización, es necesario llamar la atención sobre los problemas e inconvenientes que también ha presentado. Entre los más relevantes, se pueden mencionar la manipulación del instrumento con fines políticos y de corrupción por parte de actores involucrados, lo cual contamina la información y termina sesgando la escogencia de potenciales beneficiarios para programas sociales; las debilidades de tipo metodológico para diseñar y aplicar mediciones sensibles que permitan captar la complejidad y caracterización específica del fenómeno de la pobreza en cada contexto, identificando sus interrelaciones con otros factores socio-económicos y sus impactos en la población; la debilidad y poca eficacia en los mecanismos de seguimiento y control, la ausencia del control social. Por último, queremos  detenernos en analizar de manera general, la emergencia de un fenómeno que hemos identificado como “la estigmatización y desesperanza aprendida que genera la pobreza”[7], el cual ha terminado por reforzarse en muchas personas que a partir del proceso de focalización han sido clasificadas como “pobres y vulnerables” y  han resultado beneficiarias con los programas sociales y subsidios del Estado.

Es claro que tanto las falencias detectadas en el proceso de focalización como este fenómeno relacionado al que nos referimos como estigmatización y desesperanza aprendida” no pueden ser atribuidos al instrumento como tal, pues dicho instrumento es “neutro, objetivo y uniforme” en su pretensión de clasificar a los individuos según su estándar de vida, de acuerdo a su condición socioeconómica específica y a partir de ello, identifica con criterios equitativos los potenciales beneficiarios de los programas sociales. Estos potenciales beneficiarios deberán pertenecer a los niveles más bajos de la clasificación que corresponden a los niveles 1, 2 o 3, pues sólo así podrán acceder a los programas y subsidios que otorga el Estado. Es evidente el criterio de equidad que está implícito en este planteamiento, sin embargo y de manera paradójica, la intervención focalizada del Estado determinada por la clasificación de las personas en dichos niveles, sin otro tipo de dispositivos sociales que acompañen dicha focalización, ha contribuido a la perpetuación de la condición de vulnerabilidad y pobreza en dichas personas y ha terminado por  generar un efecto estigmatizante y paralizante en ellas, pues no movilizan sus potencialidades, su resiliencia[8] y capacidad de agencia[9] para superar su situación de vulnerabilidad, ya que temen perder la asistencia social que reciben.

De otra parte, somos conscientes de la necesidad y aplicación de un instrumento de focalización pues hoy en día para todos es claro que los recursos son finitos y restringidos y por tanto, es indispensable focalizar el gasto público que no es otra cosa que dirigir los esfuerzos hacia la población que se encuentra “en situación de mayor pobreza y vulnerabilidad social”. Más bien se refiere a incorporar al proceso de focalización, los mecanismos sociales necesarios para transformar en las personas su situación de “beneficiarios” hacia una situación de “competencia social”. Para ello es necesario iniciar con un cambio de enfoque que supere la tradicional identificación de “población pobre y vulnerable”, pues las personas per se no poseen dicha condición, ya que no se trata de un estado endógeno, sino que representa un contexto socio-económico determinado que las sitúa en dicha circunstancia, en un tiempo determinado. Por tanto, pueden superar esas condiciones de pobreza y vulnerabilidad  y transformar su contexto particular, si se les estimula a hacerlo y se les apoya mediante el acceso a las oportunidades que les permita desarrollar sus capacidades y sus condiciones de vida.

En consideración a todo lo anterior, creemos firmemente en la necesidad de reformular la concepción del proceso de focalización que por más de una década se ha implementado en el país y ello implica contar con un marco legal propio a dicho proceso, que vaya más allá del establecimiento de las metodologías y criterios técnicos y plantee los principios estratégicos que orienten y fortalezcan un proceso no solamente de focalización sino también de gestión social.

Este es el propósito que me comprometió a tramitar esta iniciativa ante el honorable Congreso de la República y hoy me permito presentarla a consideración de los honorables Senadores para su estudio y aprobación.

 

 

ELSA GLADYS CIFUENTES ARANZAZU

Senadora de La República

 


[1] Van De Walle, 1995.En: Hopkins, John. El Gasto Público y los pobres: Teoría y Práctica.

[2] Secretaría de Salud de Rionegro. www.salud.rionegro.gov.co Página consultada el 29 de julio hora: 4:30 p.m)

 [3] Desarrollo pleno: Las condiciones individuales, familiares, sociales y políticas que le permitan al sujeto SER; ESTAR y HACER en sociedad.

[4] Restablecimiento de derechos: implica: la suspensión de la amenaza o violación; la seguridad que no volverá a ocurrir; la reparación real del daño, mínimo desde lo económico, lo social  y lo psicológico y la judicialización al agresor  según el caso.

[5] Constitución Política de Colombia. Artículo 356, literal a.

[6] Consejo Nacional de Política Económica y Social, Departamento Nacional de Planeación, 2006, Lineamientos para la focalización del gasto público social, CONPES Social 100. Pág. 2. 

[7] Claudia García M. Reflexiones en torno a la pobreza, desde el enfoque de las capacidades. Ensayo escrito en el Doctorado en Ciencias Sociales, niñez y Juventud. CINDE-Universidad de Manizales, 2009.

[8] Capacidad de un individuo o de un sistema social de vivir bien y continuar proyectándose en el futuro a pesar de las difíciles condiciones de vida, de acontecimientos desestabilizadores y aún a pesar de ello, tener la capacidad de salir fortalecidos y ser transformados positivamente por dichas condiciones ellas. (Combarías, 2001)

[9] “El enfoque de desarrollo humano se sustenta en una concep­ción del individuo como agente, en contraposición a la idea de “paciente” o “receptor pasivo” de prestaciones sociales. Sen define la “agencia” como la capacidad de las personas de actuar y provocar cambios en función de sus propios valores y objetivos.10 En ese sentido, el desarrollo humano  como expansión de libertades se refiere no solamente a la libertad de restricciones (derechos y oportunidades), sino también a la posibilidad de ser personas más plenas, en ejercicio de su propia volun­tad y en interacción con el mundo en que viven. (UNDP. Informe 2006, pág. 2)

PROYECTO DE LEY 2009 – SENADO “Por la cual se garantiza el derecho fundamental a la vida mediante la incorporación del concepto de Bienestar Animal en Colombia y se dictan otras disposiciones”

  

PROYECTO DE LEY No. _______ DE 2009  SENADO

 “Por la cual se garantiza el derecho fundamental a la vida mediante la incorporación del concepto de Bienestar Animal en Colombia y se dictan otras disposiciones”

 

 El Congreso de La República de Colombia

DECRETA

 

Artículo 1: objeto de la ley.  El pueblo de Colombia, consciente de los grandes riesgos que para su vida y bienestar representa una inadecuada relación con el ambiente, adopta el concepto de “Bienestar animal” respecto a los organismos vivos que componen a la Fauna silvestre, nativa o exótica, así como los animales domésticos y de producción. Para tal fin, se implementaran y desarrollarán los lineamientos trazados en la presente Ley en materia de bienestar animal.

 

ARTÍCULO 2. PRINCIPIOS Y NORMAS GENERALES. La política de bienestar y cuidado de los animales, se rige por los siguientes principios; corresponde a las autoridades competentes su observancia integral al momento de expedir la regulación en la materia:

 

  1. 1.      El concepto del bienestar animal, en materia de la cría, producción, transporte terrestre o marítimo, sacrificio y beneficio de animales para el consumo humano es muy importante, en el entendido de su  contribución para la vida; la salud humana y la productividad, ayudando a garantizar las políticas de seguridad alimentaria y la necesidad de reconocer su importancia en el comercio internacional.
  2. 2.      Desde la perspectiva de la “bioética de la relación de la fauna”, es necesario involucrar  el  término  de “bienestar animal”, el cual aborda aspectos referidos al bienestar, en el aspecto físico, y psíquico,  de la salud de los animales, bajo el entendido de que éstos, pueden sentir dolor, sufrimiento y malestar, así como también pueden sentir bienestar y placer
  3. 3.      Desde la perspectiva del Bienestar Animal, los animales son seres dotados de sensibilidad física y psíquica, que los considera merecedores de unos cuidados propios de su condición animal.
  4. 4.      Deben identificarse y controlarse los factores antrópicos que son la causa de que los animales de todas las especies, puedan disfrutar de un bienestar a largo plazo, independientemente de las circunstancias que aseguran su supervivencia inmediata.
  5. 5.      La administración y manejo de la fauna silvestre en Colombia, se encuentra orientada por los principios que establece el Decreto 1608 de 1978, los cuales tienen como uno de sus objetivos básicos, “Regular la conducta humana, individual o colectiva y la Actividad de la Administración Pública, respecto del ambiente y de los recursos naturales renovables”, entre ellos los elementos que componen la Fauna silvestre (Numeral 3, Artículo 2 del CNRN).
  6. 6.      La fauna silvestre es un patrimonio nacional con que el país cuenta, que hace parte de su biodiversidad, que en la búsqueda de una alianza con la naturaleza, la sociedad colombiana debe reconocer e incorporar dentro de sus valores, la visión de que es factible construir una bioética fundamentada en una interacción práctica con la fauna, reconociendo una identidad cultural con ella. 
  7. 7.      El concepto de bienestar animal también involucra al manejo de animales para adelantar investigación científica, para uso de animales domésticos como mascotas, de animales silvestres o domésticos para exhibiciones itinerantes, bioterios, albergues, centros de conservación ex situ, como zoológicos, acuarios, estaciones biológicas, zoocriaderos, centros de rescate, entre otros. 

 

ARTÍCULO 3. ATRIBUCIONES DEL MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, como organismo rector de la gestión del medio ambiente y de los recursos naturales renovables, es la entidad atribuida de competencia para la formulación de la política nacional para la gestión ambiental en materia de fauna silvestre, así como de la gestión ambiental sostenible de los sistemas productivos agrícolas y pecuarios, a cuyo efecto expedirá las normas requeridas para su desarrollo.

 

ARTÍCULO 4. DEFINICIONES: Para efectos de la aplicación de la presente Ley, se deberá tener en cuenta las siguientes definiciones:

 

Animal Silvestre: aquellos que, por su naturaleza, viven libres e independientes del hombre y que no han sido objeto de domesticación, cría y levante regular. 

 

Animal doméstico: Animal que mediante la directa relación constante con el hombre, adquiere determinadas características morfológicas, fisiológicas, comportamentales y genéticas diferentes a los que tenían sus progenitores salvajes y que se han originado por el proceso denominado domesticación.

 

Animal exótico: Aquel que pertenece a una especie o subespecie taxonómica, raza o variedad cuya área natural de dispersión geográfica no se extiende al territorio nacional ni a aguas jurisdiccionales y si se encuentra en el país es como resultado  voluntario o involuntario de la actividad humana; involucra también a las especies transplantadas y pueden ser silvestres o domésticos.

 

Bienestar Animal: Es todo lo relativo a la condición del animal, teniendo en cuenta sus necesidades e instintos, su ambiente, buen trato y cuidado a fin de suministrar comodidad al animal, más allá de la mera ausencia de enfermedad, abarcando el bienestar integral.

 

Es la realidad que considera al animal en un estado de armonía en su ambiente y la forma por la cual reacciona frente a los problemas del medio, tomando en cuenta su comodidad, alojamiento, trato, cuidado, nutrición, prevención de enfermedades, cuidado responsable, manejo y eutanasia humanitaria cuando corresponda.  Dentro del concepto de “Bienestar animal” deberán tenerse en cuenta al menos cinco (5) necesidades que deben ser satisfechas a todo animal, las cuales son:

 

–          Que no sufran hambre ni sed.

–          Que no sufran malestar físico ni dolor.

–          Que no sufran heridas ni enfermedades.

–          Que no sufran miedo ni angustia.

–          Que puedan manifestar su comportamiento natural.

 

Domesticación: Proceso evolutivo gradual de adaptación que requiere largos períodos de tiempo para ser llevado a cabo e involucra a poblaciones enteras, genera razas o especies creadas por el hombre, las cuales no están presentes en el medio silvestre y donde una población animal se adapta al hombre y a una situación de cautividad a través de una serie de modificaciones genéticas y una serie de procesos de adaptación producidos por el hombre, el ambiente y repetidos por generaciones.

 

Circo. Circo es una agrupación artística, teatral y recreativa que desarrolla todos los números circenses, como acrobacia, trapecio, malabares, cuerda indiana, alambre, magia, contorsiones, etc., acompañados por payasos desplazándose de un sitio a otro. Todos estos artistas, junto a un maestro de pista que anuncia los números, forman el Circo.

 

ARTICULO 5.  DE LOS ANIMALES DOMÉSTICOS: La Tenencia de animales domésticos y de producción, así como el manejo para adelantar labores de control y erradicación de aspectos zoonóticos asociados a éstos, deberá ser regulada y reglamentada contemplando aspectos del Bienestar Animal por el Ministerio de Protección Social, en el marco de lo que en la materia decrete el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.  Corresponde al gobierno, dentro del año siguiente a la expedición de esta Ley, reglamentar todo lo relativo a este aspecto. 

 

ARTICULO 6. DE LOS SISTEMAS DE PRODUCCIÓN, TRANSPORTE, SACRIFICIO Y BENEFICIO DE ANIMALES PARA CONSUMO HUMANO: Las actividades relacionadas con los sistemas de producción, transporte, sacrificio y beneficio pecuaria, de cualquier especie animal en general, deberán incorporar los aspectos referidos al Bienestar Animal, según los parámetros que para dicho efecto decrete el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural acorde a los lineamientos que en materia de Bienestar Animal establezca el Ministerio de Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.  Teniendo como meta los siguientes objetivos:

  1. A.   Que la crianza industrial se vaya reduciendo paulatinamente para dar lugar a métodos sostenibles de producción de alimentos como la crianza de corral o los métodos orgánicos donde los animales tienen más espacio, no reciben antibióticos u hormonas para aumentar su crecimiento y donde la producción tiene menos impacto negativo en la contaminación del agua, el aire y la tierra. Los sistemas de crianza bajo techo se podrán utilizar si los animales tienen el espacio y el ambiente necesario para expresar sus comportamientos naturales y si llenan las necesidades de bienestar animal establecidas en esta Ley.
  2. B.   Reducir gradualmente el número de antibióticos u hormonas usados en la producción pecuaria para el aumento de la producción y, en un lapso no mayor a 3 años, prohibir su uso como promotores del crecimiento en las granjas animales.
  3. C.   Implementar políticas que aseguren que la crianza de animales para consumo humano sea realice utilizando métodos que no sean dañinos para la tierra, el agua y el aire de las comunidades cercanas y del pueblo colombiano en general.

 

PARÁGRAFO I: Corresponde al gobierno, dentro del año siguiente a la expedición de esta Ley, reglamentar todo lo relativo a este aspecto.

 

PARÁGRAFO II: El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, expedirá en un plazo no superior a los seis (6) meses después de la expedición de la presente Ley, los criterios que deben incorporarse a las medidas de manejo ambiental, que deben adoptar los sistemas sostenibles de producción pecuaria y agrícola, que redunden en el bienestar animal de las poblaciones naturales de las especies de fauna silvestre del medio circundante.

 

ARTICULO 7: OBLIGACIÓN DE LAS AUTORIDADES COMPETENTES.  Las condiciones del bienestar animal de los animales presentes en los predios productores pecuarios, estará a cargo del ICA, y los aspectos de bienestar animal en la plantas de beneficio, estará a cargo del INVIMA, de acuerdo con los reglamentos que en la materia determinen los Ministerios de Agricultura y Desarrollo Rural y el de Protección Social, respectivamente.  Corresponde al gobierno, dentro del año siguiente a la expedición de esta Ley, reglamentar todo lo relativo a este aspecto.

 

ARTÍCULO 8: EDUCACIÓN SOBRE BIENESTAR ANIMAL Y SUS BENEFICIOS PARA LOS HUMANOS: El ministerio de Educación Nacional, dentro del año siguiente a la entrada en vigencia de esta Ley, definirá el diseño y la incorporación de los contenidos curriculares sobre bienestar animal dentro del proyecto pedagógico Ambiental que se lleva a cabo en la educación formal, conforme a las directrices establecidas en la Ley y lo que con posterioridad decrete el gobierno nacional sobre la materia.

 

ARTÍCULO 9. DE LOS CIRCOS: A partir de la entrada en vigencia de esta Ley, no se permitirá en el territorio nacional la tenencia, exhibición, presentación y/o utilización de fauna silvestre, nativa o exótica, y animales domésticos en los circos nacionales e internacionales que se encuentren en territorio nacional.

 

PARÁGRAFO I.- Los circos nacionales e internacionales que a la entrada en vigencia de la presente ley, se encuentren en el territorio nacional y dentro de su espectáculo exhiban, presenten y/o utilicen individuos de la fauna silvestre, nativa o exótica, y/o animales domésticos, contarán con un término máximo de tres (3) meses contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, para disponer los animales en los sitios o lugares que determinen las autoridades ambientales regionales competentes y/o salir del territorio nacional.

 

PARÁGRAFO II.- Del tránsito de los circos internacionales. Los circos internacionales que cuenten en su espectáculo con la tenencia, exhibición, presentación y/o utilización de individuos de la fauna silvestre, nativa o exótica y animales domésticos no podrán ser autorizados para transitar por el territorio nacional bajo ninguna circunstancia. 

 

ARTICULO 10. DE LOS ZOOLÓGICOS Y/O ACUARIOS, ESTACIONES BIOLÓGICAS, ZOOCRIADEROS, BIOTERIOS, CENTROS DE RESCATE DE FAUNA SILVESTRE ECOPARQUES TURÍSTICOS Y OCEANARIOS: Los zoológicos y/o acuarios, las Estaciones Biológicas, los Ecoparques Turísticos, los Oceanarios, Zoocriaderos, Bioterios y los Centros de Rescate de Fauna Silvestre, nativa o exótica, y/o animales domésticos, entre otros, que a partir de la entrada en vigencia de esta Ley, se encuentren en funcionamiento así como los que se constituyan, deberán dar cumplimiento a los aspectos que sobre el Bienestar animal, reglamente el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.  Corresponde al gobierno, dentro del año siguiente a la expedición de esta Ley, reglamentar todo lo relativo a este aspecto.

 

ARTICULO 11: DE LAS ACTIVIDADES DE APROVECHAMIENTO DE LOS ANIMALES SILVESTRES: Las actividades relacionadas con el aprovechamiento comercial, de subsistencia, fomento e investigación, asociadas a los animales silvestres, nativos o exóticos, se adelantarán en el territorio colombiano, atendiendo lo dispuesto que en materia de Bienestar Animal, reglamente el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.  Corresponde al gobierno, dentro del año siguiente a la expedición de esta Ley, reglamentar todo lo relativo a este aspecto.

 

ARTÍCULO 12: PROHIBICIÓN A AUTORIDADES PÚBLICAS: A partir de la expedición de la presente Ley, se prohíbe a todos los alcaldes o a cualquier otro funcionario o autoridad pública en todo el territorio nacional, expedir licencias o permisos para la realización de espectáculos circenses, en donde se presenten individuos de la fauna silvestre, nativa o exótica, y/o animales domésticos, que contradigan los principios en materia de bienestar animal establecidos en esta Ley.

Parágrafo I. Esta prohibición no se aplicará en el caso de los animales de la fauna silvestre, nativa o exótica, y/o animales domésticos, de cualquier especie, destinados a: Zoológicos, Acuarios, Ecoparques turísticos y Oceanarios debidamente autorizados, que serán los únicos lugares donde los animales podrán ser exhibidos, siempre y cuando se haga bajo los parámetros de Bienestar Animal consagrados en esta Ley.

Artículo 13. Multas y sanciones. Las autoridades ambientales regionales impondrán a quienes incumplan la presente ley, multa de cien (100) salarios mínimos mensuales vigentes, el decomiso de los animales y el traslado de los mismos a un lugar seguro y apropiado. La financiación de los gastos ocasionados por el traslado de los animales, su alimentación y cuidado en general será por cuenta de la persona natural o jurídica a quien se le hayan decomisado.

 

 

Artículo 14. Fondo para la Protección de Animales Silvestres y Mamíferos Marinos. Créase el Fondo para la Protección de Fauna silvestre, nativa o exótica y Mamíferos Marinos, que será administrado por el Ministerio de Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y al cual se destinarán los recursos  provenientes del pago de que por concepto de multas y sanciones se impongan a las personas naturales o jurídicas, en aplicación de lo señalado en el artículo 14 de la presente Ley y en el artículo 328 de la Ley 599 de 2000. Los dineros aportados al fondo, tendrán destinación específica para financiar programas para la protección de animales de la fauna silvestre, nativa o exótica y mamíferos marinos en todo el territorio nacional.

PARÁGRAFO I: El Gobierno nacional deberá reglamentar lo relativo al fondo de para la Protección de Animales Silvestres y Mamíferos Marinos en un plazo no mayor de un (1) año siguiente a la expedición de esta Ley.

PARÁGRAFO II: La financiación de proyectos para la Protección de Animales pertenecientes a la fauna silvestre, nativa o exótica y Mamíferos Marinos a cargo de las Autoridades Ambientales Regionales estará sujeta al acatamiento integral de los principios contenidos en esta Ley y en la reglamentación que de ella haga el Ministerio de Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.

 

ARTÍCULO 15.  VIGENCIA: La presente Ley rige a partir de su promulgación y deroga toda la normatividad que le sea contraria.

 

 

 

 

ELSA GLADYS CIFUENTES                     JAIRO CLOPATOFSKY GHISAYS

Senadora de la República                          Senador de la República

 

 

 

 

 

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INDICE

 

 

  1. 1.      CONSIDERACIONES GENERALES

 

  1. 2.      LOS ANIMALES Y LAS PERSONAS PRIMERO ¿POR QUÉ EL BIENESTAR ANIMAL ES IMPORTANTE PARA ALIMENTAR A LA GENTE, PARA EL COMERCIO Y PARA EL FUTURO?

 

2.1.   La agricultura y la OMC

2.2.   Bienestar animal y Seguridad Alimentaria

2.3.   ¿Qué es Bienestar Animal?

2.4.   Alimento a Bajo Costo

2.5.   Bienestar Animal y Comercio

2.6.   El Bienestar Animal y el Futuro

2.7.   ¿Qué es la producción pecuaria intensiva?

2.7.1.                  Pollos

2.7.2.                  Cerdos

2.7.3.                  Ganado

 

  1. 3.      LA PRODUCCIÓN PECUARIA INTENSIVA PARTE DEL PROBLEMA DE LA POBREZA

 

3.1.   Los sistemas de producción intensiva y los países en desarrollo

3.2.   Producción local de alimentos y modo de vida

3.2.1.                  Integración vertical.

3.3.   De una Migración Rural a una Migración Urbana

3.4.   Sistemas de producción de comida ineficaces

3.5.   Producción

 

  1. 4.      CRÍA INTENSIVA DE ANIMALES DE GRANJA – ¿LA PRÓXIMA CRISIS MUNDIAL DE SALUD?

 

4.1.   Zoonosis

4.2.   Otras Zoonosis

4.3.   Resistencia Antibiótica:

4.4.   Químicos Tóxicos

4.5.   Crianza intensiva de animales de granja y salud ambiental

4.6.   Crianza intensiva de animales de granja y la salud de los trabajadores

 

  1. 5.      PROHIBICIÓN DE LOS ANIMALES EN ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

 

5.1.   Introducción

5.2.   Antecedentes históricos

5.3.   Situación Actual

5.4.   ¿Por qué la prohibición del uso de animales en los espectáculos públicos?

5.5.   Circos Sí, pero sin animales

5.6.   Regulación Internacional

5.6.1.                  Sudamérica

5.6.2.                  Norte América

5.6.3.                  Europa

5.6.4.                  Oceanía

5.6.5.                  Asia

 

5.7.   Condiciones de los animales en los circos

5.7.1.                  El transporte

5.7.2.                  El entrenamiento

5.8.   Consecuencias de la explotación

5.9.   Insuficiencia de recursos en los circos

 

 

5.10.        Resultados de la Investigación del Ministerio de Medio Ambiente sobre el estado de salud de los animales en los circos.

 

5.10.1.              Valoración nutricional y sanitaria:

5.10.2.              Valoración médica:

5.10.3.              Valoración hematológica:

5.10.4.              Valoración del bienestar psicológico:

5.10.5.              Valoración de los encierros y seguridad:

5.10.6.              Otras consideraciones:

 

5.11.        Resultados de la Investigación adelantada por el Ministerio de Ambiente en el año 2002, respecto al estado de salud de los animales en los circos objeto de estudio.

 

5.11.1.              Circos Nacionales:

5.11.1.1.                    Caribian Circus

5.11.1.2.                    Orlan Circus

5.11.1.3.                    Circo de las Vegas

5.11.1.4.                    Circo Mágico Tayde

5.11.1.5.                    Circo Estrella Hermanos Monsalve

5.11.1.6.                    TV Circo de Bebé

 

5.11.2.               Circos Internacionales que se encontraban de visita en el país:

5.11.2.1.                    Circo Azteca     (Ecuador)   

5.11.2.2.                     Circo Royal Dumbar (Ecuador).

 

 

  1. 6.      CONCLUSIONES:

 

 

PROYECTO DE LEY No. _______ DE 2009  SENADO

 

Por la cual se garantiza el derecho fundamental a la vida mediante la incorporación del concepto de Bienestar Animal en Colombia y se dictan otras disposiciones”

 

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

«Y llega el momento en que uno debe tomar una posición que ni es cuidadosa, ni política, ni aceptable, pero que debe tomarla porque su conciencia le dice que es lo correcto» Martin Luther King

 

 

 

ÍNDICE DE ABREVIATURAS

 

 

AFA: Asociación de Granjeros Asiáticos para el Desarrollo Rural Sostenible. 

CAST: Consejo para la Ciencia y Tecnología Agrícola.

FAO: Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación. 

FAOSTAT: Base de Datos Estadística de la FAO. 

BIRF: Banco Internacional para la Reconstrucción y Fomento.

IFPRI: Instituto Internacional de Investigación de Políticas Alimenticias. 

ILRI: Instituto Internacional de Investigación Ganadera.

LEAD: Ganadería, Medio Ambiente y Desarrollo. 

OCM: Organización para los Mercados Competitivos. 

OCDE: Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico.

OSHA: Administración en Salud Ocupacional y Seguridad de Estados Unidos.

USDA: Departamento de Agricultura de Estados Unidos.                 

OMC: Organización Mundial del Comercio.

 

 

 

  1. 1.    CONSIDERACIONES GENERALES 

 

Los temas de salud tratados en esta exposición de motivos son bien conocidos a lo largo y ancho del mundo. El hecho de que surgen de la crianza animal intensiva no ha sido claramente reconocido por la comunidad internacional cuando ha abordado temas de salud y agricultura. Muchos países aún no cuentan con las políticas, tecnología y métodos de control para prevenir las repercusiones en la salud humana de los sistemas de crianza animal intensivos, entre ellos Colombia.  Por ello, consideramos conveniente que en este momento donde nuestra economía se encuentra en expansión y se avecinan la negociación de los tratados de libre comercio con la Unión Europea, nuestro país ajuste sus procedimientos de producción pecuaria acorde a los parámetros más vanguardistas existentes con el fin de facilitar el comercio internacional, garantizar la vida y la salud de los colombianos y velar por el bienestar de los animales.

 

Como legisladores, hacemos un llamado a la acción para que el gobierno tenga como prioridad revertir el crecimiento de la crianza animal industrializada para prevenir los serios efectos negativos que potencialmente que esta puede acarrear a la vida humana, de los cuales se hará mención detallada a continuación.

 

Se puede sustentar en forma amplia, técnica y con fundamento científico la urgente necesidad de aprobación de éste Proyecto de Ley.  Debemos aclarar, antes que nada, que toda la información citada a continuación, es procedente de tres estudios internacionales, los cuales son:

 

 

  • LA PRODUCCIÓN PECUARIA INTENSIVA PARTE DEL PROBLEMA DE LA POBREZA. Janice Cox. 2007.
  • LOS ANIMALES Y LAS PERSONAS PRIMERO.  ¿POR QUÉ EL BIENESTAR ANIMAL ES IMPORTANTE PARA ALIMENTAR A LA GENTE, PARA EL COMERCIO Y PARA EL FUTURO?. DANIELA MARTINO. 2006.
  • CRÍA INTENSIVA DE ANIMALES DE GRANJA – ¿LA PRÓXIMA CRISIS MUNDIAL DE SALUD?. Danielle Nierenberg, Worldwatch Institute y Leah Garcés, WSPA. 2004

 

 

La información relativa a circos, se obtuvo de un estudio realizado por El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial conjuntamente con la Sociedad Mundial para la Protección Animal-WSPA desarrollado entre el 14 de noviembre de 2001 y el 14 de octubre de 2002 y mediante convenio de cooperación científica y tecnológica para la formulación del “diagnóstico sobre los circos nacionales que exhiben animales silvestres nativos y/o exóticos y el desarrollo de actividades de marcaje, valoración y educación” y por  Animal Defenders International.

 

En el desarrollo de esta exposición, se hará una transcripción de las partes más relevantes de dichos estudios, lo cual nos permitirá ver el por qué es importante, a fines de garantizar los derechos fundamentales del hombre a la vida (entendido desde la seguridad alimentaria), a la salud y a un medio ambiente sano, mediante la aplicación del concepto de bienestar animal para mejorar los sistemas de producción pecuarios, transporte y sacrificio de los animales en general; tenencia responsable de mascotas y para erradicar toda forma de violencia contra los animales.

 

 

 

 

 

 

 

  1. 2.    LOS ANIMALES Y LAS PERSONAS PRIMERO ¿POR QUÉ EL BIENESTAR ANIMAL ES IMPORTANTE PARA ALIMENTAR A LA GENTE, PARA EL COMERCIO Y PARA EL FUTURO?[1]

 

 

2.1.  La agricultura y la OMC

 

Como bien es sabido, “La agricultura es vital para cada país en el mundo. Alimenta a las personas, genera ingresos y tiene muchos otros impactos. Por estas razones, los países miembro de la Organización Mundial del Comercio (OMC) están negociando el Acuerdo Agrícola[2] para regular el comercio de este sector”.

 

“La ganadería contribuye tanto al potencial de desarrollo como a los problemas de la agricultura. La carne y los productos animales son importantes en la dieta de las personas y también son un valioso bien comercial. Sin embargo, el estiércol producido puede generar contaminación. Otro asunto que está recibiendo mayor atención es el bienestar de los animales de granja: ésta es una cuestión de preocupación pública en muchos países, particularmente en Europa[3]”. A continuación, se explicará por qué la atención al bienestar animal es importante toda vez que ayuda a la agricultura en la respecto a garantizar la seguridad alimentaria de las personas, a promover el comercio nacional e internacional y a prevenir problemas que podrían presentarse en un futuro cercano como la contaminación ambiental.

 

 

2.2.  Bienestar animal y Seguridad Alimentaria

 

La experiencia muestra como en casi todos los países donde se ha implementado políticas de Bienestar Animal, “al mejorar el trato hacia los animales (por ejemplo protegiéndolos de enfermedades, calor o frío) también se mejora su productividad.  La experiencia indica sin embargo, que los granjeros no siempre reconocen tales oportunidades. Es útil discutir la importancia del cuidado animal, ayudarles a procurar alimento para ellos mismos, sus familias y otros[4].

 

Deviene de amplios estudios que “La mejor manera de lograr la seguridad alimentaria es la producción de alimentos en un contexto local para las personas que los necesitan, tales como la gente en áreas rurales. Si las granjas son pequeñas, no se necesita una infraestructura compleja y se puede ayudar a las personas a que cuiden bien y productivamente a sus animales, alimentándose y generando también algún ingreso[5].

 

 

2.3.  ¿Qué es Bienestar Animal?

 

Como se define en el texto normativo, el bienestar animal presupone todos los aspectos relativos a la condición del animal, teniendo en cuenta sus necesidades e instintos, su ambiente y la forma en cómo evolucionaron que debe tenerse en cuenta para suministrar confort al animal, y que está más allá de la mera falta de enfermedad, abarcando el completo estado de bienestar físico y mental.  “Cuidar del bienestar animal significa conservar animales sanos y libres de sufrimiento. Esto se logra manteniéndolos limpios, en espacios cubiertos bien diseñados, o en condiciones naturales como en praderas[6].

 

De lo anterior, tenemos que “Una condición pobre de bienestar es causada por el abandono o hacinamiento en condiciones precarias que favorecen la propagación de enfermedades. Algunos países están prohibiendo sistemas como las jaulas en batería para gallinas en las cuales hay hacinamiento[7]. En Europa, por ejemplo, están dejando de utilizar las jaulas en batería y “está demostrado que el consumidor está dispuesto a pagar más por productos de origen natural u orgánico, que en este caso se vería reflejado en animales criados al pastoreo”.

 

 

2.4.  Alimento a Bajo Costo

 

“Aunque las exportaciones del alimento producido en los países de Occidente a los países mas pobres son aparentemente económicas (pero subsidiadas), éstas entran principalmente a las ciudades de los países en vías de desarrollo, compitiendo así en los únicos mercados a los cuales los productores domésticos de pequeña escala pueden alcanzar.

 

En lugar de fortalecer a los pobres para que comiencen a ascender en la escala económica, sus posibilidades disminuyen, ya que el mercado urbano nacional es dominado con alimento importado”[8]. 

 

En lo que representa un claro contraste, algunos países están construyendo granjas intensivas de gran tamaño, en parte porque se piensa que éstas han proporcionado “alimento a bajo costo” en los países desarrollados. Muy a menudo, sin embargo, éstas no proporcionan seguridad alimentaria a los países en vías de desarrollo: la carne producida es demasiado costosa para las personas realmente pobres y hambrientas y tales granjas destruyen la estructura laboral y estabilidad social de comunidades cuya economía se basa en la agricultura. En Brasil, por ejemplo, la intensificación de la industria del pollo de engorde está dejando a miles de pequeñas granjas familiares fuera del negocio[9]. Como podemos observar, Los países en vías de desarrollo, como es el caso de Colombia, debemos “ser prudentes con las donaciones o exportaciones de “alimento a bajo costo” por parte de los países desarrollados (sólo aparentemente económica, debido a los subsidios), que debilitan la habilidad de los granjeros locales para alimentar a la población de su propio país[10].  Si queremos fortalecer el campo y elevar la calidad de vida de todas las familias quienes carecen de la fortaleza económica para producir a gran escala, vemos en el bienestar animal una oportunidad insuperable, toda vez que permite al pequeño y gran productor una competencia sana y equilibrada.

 

 

2.5.  Bienestar Animal y Comercio

 

Como hemos sostenido, “En la medida en que se mejora el bienestar también se optimiza la productividad[11]; esto beneficia la exportación así como también el consumo en los hogares para la mayoría de países.

 

Sin embargo, debemos recordar aquel principio que dice que nada es absoluto ya que esto no es aplicable en para los países desarrollados. “Muchos consumidores en Europa dicen que ellos prefieren alimento orgánico y los métodos de producción que benefician el bienestar animal como las producciones de animales en pastoreo. El valor de la tierra y mano de obra son elevados en Europa, así que producir alimento orgánico y de alto bienestar es costoso[12].

 

Muy por el contrario, Colombia, al ser un país en desarrollo que cuenta con extensas cantidades de tierras y la mano de obra es relativamente barata, tiene una clara ventaja competitiva en el comercio agrícola, sobre todo si apuntan a mercados orgánicos de alto valor y de bienestar en Europa o Estados Unidos. Así pues, podemos conquistar esos nichos de mercados con pequeños cambios en nuestra agricultura que contribuyan a mejorar las cualidades de los productos agrícolas que producimos y todo como consecuencia del mejoramiento del trato que damos a nuestros animales; alimentándolos en forma natural, brindarles espacio suficiente para desarrollarse plenamente y dándoles un sacrificio humanitario, estaríamos utilizando los modelos que prefieren las personas en los países desarrollados.

 

Ejemplo de lo anterior lo tenemos en que “Europa compra aproximadamente un tercio de la carne que Namibia exporta; esto aumenta porque el Esquema de Carne Segura en Namibia garantiza la ausencia de enfermedades y hormonas artificiales, así como la protección del bienestar animal y el medioambiente[13].

 

 

2.6.  El Bienestar Animal y el Futuro

 

Velar por el bienestar animal también es proteger el medio ambiente y por consiguiente, garantizar la futura sostenibilidad de la producción de alimentos para espantar el actual fantasma de la crisis alimentaria de carácter global. “Si se maneja apropiadamente, el ganado puede ser una parte importante para el manejo de la tierra, incluyendo el hecho de alimentarse de vegetación no adecuada para el consumo humano y la fertilización de la tierra. En contraste, la producción intensiva es a menudo no humanitaria para los animales y es medioambientalmente insostenible: éstas son las razones por las cuales muchos países desarrollados están empezando a reconocer que la intensificación fue un error y están comenzando a redesarrollar métodos extensivos. Las granjas intensivas necesitan transportar grandes suministros de alimento y agua desde otras partes del país o incluso del extranjero, muchos de los cuales pudieron haber sido utilizados por personas. Se predice que la escasez de agua es uno de los mayores problemas del siglo actual. Las granjas intensivas producen grandes cantidades de estiércol, con concentraciones peligrosas de minerales y compuestos biológicamente activos y frecuentemente esto genera la contaminación de la tierra y el agua[14]. Está demostrado que el ganado, mantenido en condiciones extensivas que garanticen su bienestar, utiliza “recursos locales y renueva la productividad de la tierra evitando el uso de abonos químicos ambientalmente nocivos”.

 

Se ha demostrado que los métodos usados en la producción intensiva tienen entre sus efectos nocivos, además de los ya citados, aumentar la posibilidad de incidencia de enfermedades que afectan tanto a los animales como a las personas y por ende a la viabilidad de la granja y del sistema productivo. Históricamente tenemos que “Tales métodos contribuyeron al desarrollo de la Enfermedad de la Vaca Loca (BSE). Mantener un gran número de animales juntos aumenta la propagación de organismos que causan la contaminación del alimento. Hay aproximadamente 73,000 infecciones humanas y 60 muertes por E. coli en Estados Unidos cada año, muchos por productos animales contaminados. Además, cuando enfermedades como la Aftosa o la Gripe Aviar se desatan en grandes granjas, éstas afectan a un gran número de animales[15].

 

Aparece así claro que cuando “la producción humanitaria es sostenible, la producción sostenible es humanitaria[16].  Sobre este tema profundizaremos posteriormente.

 

2.7.  ¿Qué es la producción pecuaria intensiva?[17]

 

“La producción pecuaria intensiva es un sistema de crianza de animales utilizando métodos intensivos de “producción en línea” los cuales maximizan la cantidad de carne producida, mientras se minimizan los costos. La producción pecuaria intensiva se caracteriza por densidades de almacenamiento muy altas y/o confinamiento, altas tasas de crecimiento forzadas, alta mecanización y bajos requerimientos de personal. Ejemplos de esto son las gallinas ponedoras en baterías de jaulas, y la cría en confinamiento de terneras. Posteriormente el concepto se ha ampliado para incluir prácticas pecuarias que involucran el uso de transgénicos para animales de granja”[18].

 

2.7.1.            Pollos

 

“Tres cuartos de los 5.6 billones de gallinas ponedoras del mundo están confinadas en baterías de jaulas las cuales pueden albergar hasta nueve aves por jaula”.[19] Estas instalaciones organizadas unas encima de otras, permiten muy poco movimiento.

 

“Cada año más de 48 billones de pollo de asadero son sacrificados a nivel mundial. A pesar de no ser criados en jaulas, son hacinados en galpones esterilizados, mal iluminados, donde crecen a niveles acelerados. Los pollos criados en granjas de producción intensiva generalmente mueren por cojeras y también mueren de infartos, ya que sus corazones nos son lo suficientemente fuertes para soportar sus cuerpos desproporcionados[20]

 

2.7.2.            Cerdos

 

“La mitad de los 1.3 billones de cerdos del mundo son criados en granjas de producción intensiva. Las hembras que son criadas en granjas de producción intensiva generalmente pasan la mayor parte de su vida hacinadas en encierros angostos, donde no pueden darse la vuelta, anidar, hozar o mostrar cualquier otro comportamiento natural. Estos animales estresados son inseminados artificialmente a y dan a luz a un gran número de crías durante su existencia”.[21]

 

 

 

 

2.7.3.            Ganado

 

“La gran mayoría del ganado comienza su vida en el campo, pero para aumentar su peso antes del sacrificio, estos pasan sus últimas semanas en lotes de ceba hacinados, donde reciben una dieta poco natural a base de granos.

 

Debido a las condiciones de hacinamiento poco sanitarias, generalmente llegan al matadero cubiertas de heces”.[22]

 

 

  1. 3.    LA PRODUCCIÓN PECUARIA INTENSIVA PARTE DEL PROBLEMA DE LA POBREZA[23]

 

“El hambre y la desnutrición causan un grave sufrimiento humano, matan a más de cinco millones de niños cada año y le cuestan a los países en desarrollo billones de dólares en pérdidas de la productividad.”

 

Debemos abordar el tema del bienestar animal en la producción pecuaria como parte integral del trabajo en la disminución de la pobreza. El esquema Colombiano, a futuro cercano, debe fundamentarse en una agricultura sostenible y humanitaria, y no en sistemas pecuarios industriales, que atentan contra la erradicación de la pobreza y el hambre en nuestro país.

 

La situación es claramente preocupante, “Según el Instituto Internacional de Investigación de Políticas Alimenticias (IFPRI), “los países en América Latina, Asia y África serán los principales productores del mundo de productos animales hacia el año 2020, siendo probablemente la producción intensiva el método de producción predominante. Con poca regulación actualmente para controlar los impactos de estos sistemas, los efectos para el desarrollo de las comunidades de estas regiones son de gran preocupación”.

 

Históricamente, “La producción pecuaria intensiva ha sido promovida por algunas organizaciones internacionales, agencias de desarrollo y gobiernos nacionales debido a la –ahora desacreditada– creencia de que el crecimiento generado por la producción agrícola creciente “permearía hacia abajo” para beneficiar a quienes sufren de pobreza y hambre”. No obstante, “la investigación ha demostrado que, lejos de hacer que la pobreza sea parte de la historia, estas producciones hacen parte del problema de pobreza”.

 

Actualmente tenemos que “La producción pecuaria intensiva es un mal augurio para el bienestar animal y es un mal augurio para los países en desarrollo”.

 

Esto, toda vez que en los países en vías de desarrollo, como lo es Colombia, “las producciones pecuarias intensivas devastan los sustentos de agricultores locales, destruyendo estructuras rurales y comunidades; el uso ineficaz de fuentes de alimentos y de la producción, junto con la dependencia en importaciones y en tecnología, hace que las provisiones de comida sean inseguras; y los significativos costos ambientales y de salud” que ellos conllevan y que posteriormente tendremos que afrontar.

 

Siguiendo los Objetivos de Desarrollo del Milenio de las Naciones Unidas, para el año 2015 se tiene que haber disminuido a la mitad la proporción de gente que vive en extrema pobreza y sufre de hambre. No obstante, “las ganancias de los sistemas intensivos suelen concentrarse en manos de un pequeño número de intereses comerciales principales, y sus productos van a alimentar poblaciones urbanas ricas. Los únicos impactos de este modelo en las comunidades pobres son perjudiciales”.

 

En 1996, en la Cumbre Mundial de Alimentos, hubo un consenso global sobre el hecho de que el hambre era una emergencia global toda vez que “no menos de dos mil millones de personas que viven en la pobreza y aproximadamente mil millones en la pobreza absoluta.  Pero, Diez años más tarde, en un informe llamado “El Estado de Inseguridad Alimenticia en el Mundo, 2006, la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) declaró que “prácticamente no ha habido ningún progreso hacia aquel objetivo.”[24]

 

Conforme a lo anterior, “Una evaluación reciente de la FAO declara que hay todavía 854 millones de personas desnutridas por todo el mundo (usando cifras de 2001-3): 820 millones en los países en vías de desarrollo, 25 millones en los países en transición, y 9 millones en los países industrializados”.  Siguiendo esta misma línea, “En un informe anterior sobre “el Estado de Inseguridad Alimenticia en el Mundo 2004”, la FAO declaró que “el hambre y la desnutrición causan un sufrimiento humano enorme, matan a más de cinco millones de niños cada año, y le cuestan a países en vías de desarrollo miles de millones de dólares en pérdidas de productividad[25]

 

Pero las cifras negativas no terminan allá, “El Banco Mundial estima que 1.2 mil millones de personas (22 % de la población del mundo) viven actualmente con menos de US$1 por día[26]. Y “Alrededor del 50 % de pobres y famélicos del mundo son de hecho agricultores – el 65 % en países de bajos ingresos”.[27]  Pero el mayor impacto es recibido por las personas que viven en las áreas rurales, “Más del 70 % de la gente en extrema pobreza e inseguridad alimenticia del mundo vive en áreas rurales, y el 85 % de poblaciones rurales están involucradas en la agricultura y la producción pecuaria en un sentido más amplio[28]. Por lo tanto, si se quiere abordar la pobreza debemos enfocarnos en los problemas, necesidades y carencias que enfrentan estas poblaciones rurales pobres.

 

No podemos desconocer el hecho de que la comunidad internacional ha hecho un progreso considerable al destacar la necesidad de que las naciones desarrolladas trabajen en forma mancomunada para erradicar la pobreza. No obstante, “el reconocimiento acerca de la manera en que la floreciente producción pecuaria intensiva afecta perjudicialmente las vidas y el nivel de vida de muchos de los pobres del mundo no ha sido el que hubiera sido posible esperar”.

 

Como ya hemos dicho, “la producción pecuaria intensiva es una de las causas primordiales invisibles de la pobreza, y muchos de los aspectos familiares de la pobreza son causados por este impacto industrial que ataca la sostenibilidad tanto de poblaciones rurales como de sistemas de producción de alimento tradicionales”. Podemos preguntarnos por qué esto no ha sido abordado y una de las principales razones es la globalización.

 

Así es, en la sociedad actual, “la producción pecuaria intensiva está aumentando en una proporción alarmante, particularmente en los países en desarrollo. Aunque ha sido manejada por la empresa privada, algunas organizaciones internacionales, agencias de desarrollo y gobiernos nacionales la han promovido históricamente, debido a la -ahora desacreditada creencia de que el crecimiento generado a través del crecimiento de la producción agropecuaria “se permearía” para beneficiar a quienes sufren de pobreza y hambre[29].

 

Respecto a la producción pecuaria intensiva, nos muestra la historia que tiene un efecto devastador “en agricultores de familia y de pequeña escala, y comunidades rurales. En realidad, el efecto de “permeado” no ocurre de manera que beneficie a los pobres -las ganancias de estos sistemas son para corporaciones grandes, y sus productos van a alimentar poblaciones urbanas pudientes. Lo único que se permea a los pobres son los problemas causados por sus impactos perjudiciales”.

 

Esto puede corroborarse con los hallazgos de un informe del año 2005 de Comida Primero / Instituto para la Alimentación y Políticas de Desarrollo, que afirma que “la comida artificialmente barata en el mercado mundial hace que las personas con hambre tengan más hambre[30]. Kirsten Schwind, autora del informe, afirma que “Es irónico”. “Usted pensaría que la comida barata importada ayudaría a aliviar el hambre. Pero a menudo no lo hace. Devasta los sustentos de los agricultores locales que después enfrentan la opción de emigrar a las ciudades para trabajar en fábricas de explotación.” De hecho, esta migración disminuye los sueldos en las áreas urbanas, y aumenta el número de personas pobres en ciudades que no pueden ni siquiera darse el lujo de una comida barata.

 

En el informe “Agricultura del Mundo: Hacia 2015/2030”, la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) afirma que la tendencia estructural más fuerte en la producción de ganado ha sido el crecimiento de establecimientos intensivos, verticalmente integrados cerca de los grandes centros urbanos, particularmente para la producción de carne de cerdo y carne de aves en Asia Oriental y América Latina, y para la producción de pollo de asadero en el Sur de Asia. Se evidencian tendencias similares en productos lácteos y cárnicos, aunque en un grado menor.”[31] La FAO también reconoce que esto está pasando “a expensas de la disminución de oportunidades de mercado y competitividad de pequeños productores rurales.

 

Según los pronósticos, “Se espera que esta situación continúe, según el informe conjunto de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) y la FAO sobre la perspectiva agrícola para 2005-2014”. El cual declara: “Los cambios estructurales continuos en la industria alimenticia, caracterizados por la progresiva concentración y globalización y cambios en el control de la cadena alimenticia, como el papel creciente de estándares de los productos y la coordinación vertical, tienden a continuar durante el período de la perspectiva (2005-2014).”[32]

 

Según el informe de la Dra. Janice Cox, “La esencia del problema es que los sistemas de producción pecuaria intensiva:

 

• Deja a los pequeños productores fuera del negocio.

• Destruye estructuras rurales y comunidades.

• Utiliza las fuentes de comida y producción de manera ineficaz (creciente alimento animal que produce menores cantidades de proteína cuando se alimenta a los animales- y por consiguiente usa espacio, energía, agua y dinero adicionales –en lugar de producir cereales y legumbres de bajo costo que podrían alimentar directamente a los pobres y famélicos).

• Hace que las provisiones de comida sean inseguras (la producción pecuaria intensiva depende a menudo de la importación -y la tecnología-, y se concentra en manos de un pequeño número de intereses comerciales importantes. La crianza de grandes unidades de especies únicas, en los sistemas de confinamiento cerrado, también hace que haya particularmente más vulnerabilidad a enfermedades, riesgos de salud y accidentes)”.

 

3.1.  Los sistemas de producción intensiva y los países en desarrollo

 

Los países en desarrollo, como es el caso de Colombia, estamos comenzando a incorporar a nuestros sistemas agrícolas los sistemas intensivos de producción pecuaria.  “Según un estudio de la FAO y la OECD, cerca de las dos terceras partes del ganado del mundo se encuentra en los países en desarrollo.[33] La mayoría de los agricultores en estos países ha mezclado fincas donde los cultivos y el ganado se manejan en sistemas sostenibles”.

 

“Aunque los países industrializados actualmente dominan la producción de ganado industrial, los países en desarrollo están rápidamente expandiendo e intensificando sus sistemas de producción.[34] Se espera que este crecimiento continúe. La Perspectiva Agrícola de la “OCDE-FAO 2005-2014” afirma: “Al igual que las tendencias históricas, se espera que ocurran ganancias en la producción de carne, al moderarse, principalmente en los países en desarrollo y dejen atrás aquéllas de muchos otros artículos. El crecimiento en la producción global de carne continuará siendo manejado por la producción de carne de cerdo y de aves en países en vías de desarrollo.”[35]

 

A medida que los países desarrollados han adoptado una cría de ganado mecanizada, han encontrado simultáneamente que son cada vez menos autosuficientes y cada vez más dependientes de la importación. Los granos, los tractores, combustible para tractores, fertilizantes, genética especial y procesadores son todos necesarios para la cría industrial de ganado, de los cuales ninguno de los países en vías de desarrollo produce por sí mismo”.[36]

 

Las políticas agrícolas y comerciales internacionales y nacionales pueden tener un impacto significativo sobre la producción agrícola y la seguridad alimenticia – beneficioso o adverso”. Como “la Perspectiva Agrícola OCDE-FAO 2005-2014” afirma: “las políticas agropecuarias y comerciales desempeñan un papel importante en mercados agropecuarios locales e internacionales porque proporcionan el apoyo a productores y así afectan el nivel y la posición de la producción, el consumo y los precios, conllevando a distorsiones de mercado y comerciales.”[37]

 

También está el “dumping” (práctica desleal del comercio internacional que consiste en que un producto sea introducido en el mercado de otro país a un precio inferior a su valor en el país de origen, en el curso de operaciones comerciales normales)de los productos de los sistemas intensivos en países en vías de desarrollo, que crea competencia desleal para los agricultores en esos países”.

 

Como hasta ahora sostiene la doctora COX, deviene claro cómo son “Los agricultores que cultivan comida tradicional que es abandonada a favor de los artículos desechados sufren más directamente. La pérdida de ingresos debido a cambios en la dieta y la competencia desleal pueden conducir a estos agricultores a hacerse cultivadores para corporaciones, o de lo contrario dejar la producción de comida local para habitantes locales en favor de la producción de cultivos de fácil salida para exportación – o hasta dejar la industria totalmente. Esto disminuye la seguridad alimenticia de la región, ya que la producción local confiable para el consumo local es sustituida por la dependencia en importaciones y mercados externos estables”.[38]

 

Lo más preocupante de esto lo podemos observar en el hecho que esta tendencia es exacerbada por las reglas de la Organización Mundial del Comercio (OMC) que impiden que los gobiernos inicien medidas para proteger a agricultores pequeños, independientes.[39]

 

3.2.  Producción local de alimentos y modo de vida

 

3.2.1.            Integración vertical.

 

Quienes promueven los sistemas intensivos a veces afirman que estos generan empleo e inversión. Pero en realidad, los propietarios buscan reducir al mínimo los costos y contratan a menos trabajadores”.[40]

 

Señala la Dra. Janice Cox cómo “Organizaciones de desarrollo líderes – incluyendo la FAO, el Banco Mundial, el Instituto Internacional de Investigación de Políticas Alimenticias (IFPRI) y el Instituto Internacional de Investigación de Ganado (ILRI) – ahora reconocen que los sistemas pecuarios intensivos ponen a pequeños productores por fuera del negocio. Esto no es nada nuevo en Europa y Norteamérica, donde los pequeños productores han estado atestiguando de primera mano los efectos devastadores de la industrialización durante décadas. Puesto de una forma simple, las grandes corporaciones arrinconan el mercado y restan oportunidades limitadas para productores independientes pequeños”.

 

Si bien el tema de la competitividad es muy importante, “Esta industrialización trae consigo una “integración vertical”, por lo cual los productores de grano para alimento, otros proveedores de entradas, criadores, “ganaderos/cultivadores” y procesadores de carne y empaquetadores toda se fusionan bajo una compañía gigantesca que controla la producción de carne “de la cuna a la tumba”.

 

De hecho, Michael Stumo, el Consejero General para la Organización para Mercados Competitivos (OCM), comentó que “cuando la industria se integra verticalmente, gana el control sobre la producción agrícola. Los agricultores independientes ya no son necesarios.”[41]

 

Resalta la Doctora Cox, como en un sistema verticalmente integrado, “los agricultores que crían animales lo hacen conforme al contrato con corporaciones grandes. Algunos pequeños agricultores que son incapaces de competir con operaciones intensivas se convierten en cultivadores de contrato. Generalmente tienen que financiar sus propios costos de iniciación (construcciones, equipo, etc.) en este negocio de alta tecnología y costoso, y a menudo toman prestado de la corporación. Esto los ata a la corporación – así como la dependencia en inversiones de la corporación y mercados, haciendo fácil para la corporación el explotarlos sin reparo. Entonces es apenas sorprendente que muchos productores de contrato terminan por ganar menos que un sueldo mínimo”.

 

 

3.3.  De una Migración Rural a una Migración Urbana

 

Los efectos de la producción pecuaria intensiva, además de todo lo que ya hemos tenido la oportunidad de comentar, van más allá, toda vez que, como se desprende de la experiencia internacional y los estudios sobre la materia que han sido estudiados, “cuando las producciones pecuarias intensivas y la comida importada barata devastan los sustentos de productores locales, se enfrentan entonces con la opción de desempleo rural y pobreza o la de emigrar a las ciudades en busca del trabajo”.

 

Lo preocupante del asunto, es que “El resultado es un crecimiento exagerado de inexpertos en áreas urbanas (aunque experimentados en áreas rurales) buscando trabajo. Esta migración disminuye los sueldos en las áreas urbanas y se agrega al número de personas pobres en ciudades que no pueden darse el lujo de comprar comida barata. También causa la superpoblación urbana, presión en los servicios, desempleo y la falta de hogar”.

 

Como resultado de lo anterior, “se despoblan las áreas rurales, y se cambian las estructuras rurales y los paisajes. Donde se ha instalado la producción pecuaria industrial, los científicos sociales han registrado “estratificación económica” -donde el rico se volvió más rico, y los pobres más pobre”.[42]

 

 

3.4.  Sistemas de producción de comida ineficaces

 

En forma preocupante, nos muestra la Dra. Cox como “Casi la mitad de las cosechas del mundo son para alimentar animales de granja -mientras 800 millones de personas todavía sufren de hambre”.[43] La agricultura animal industrial tiene un impacto agudo particularmente negativo en la seguridad alimenticia global.  Cuando ya hemos comenzado a ver restricciones en granos para la compra en los grandes hipermercados, debe preocuparnos con mayor ahínco esta cifra.

 

Así, resulta claro como “la cría de ganado realmente desperdicia recursos. Esto es porque los animales engordados con granos toman más energía y proteína de su alimento de lo que devuelven en forma de comida para los humanos”.[44] Las carnes, en la situación y con las consideraciones descritas, resultan ser un producto ineficaz y relativamente caro para las personas desprovistas de recursos y sin los medios para darse el lujo incluso de los alimentos más básicos.

 

Esto, toda vez que se requiere de, en promedio, diez libras de grano o soya para producir una sola libra de carne. Los animales comen más de lo que terminan por producir.

 

El Consejo Mundial de la Alimentación de la ONU ha estimado que transfiriendo “diez a quince por ciento de cereales que en este momento alimentan ganado es suficiente para elevar el suministro de comida del mundo para alimentar niveles actuales “de la población humana”.[45]

 

3.5.  Producción

 

En muchas áreas, “la producción de alimentos de subsistencia está obstaculizada por la falta de acceso a capital, tierra y agua. Al mismo tiempo, más áreas en crecimiento favorecidas son utilizadas para la producción comercial de alimento para ganado industrial destinado a consumidores urbanos y mercados de exportación. Los mayores constreñimientos a la seguridad alimenticia se encuentran en las condiciones sociales, económicas y políticas”.[46]

 

Alrededor de 75% de los pobres del mundo viven en áreas rurales. Hacer frente a la pobreza significa tratar los problemas que estas poblaciones rurales pobres enfrentan. La mayoría de estas personas son agricultoras, o dependen de actividades relacionadas con la agricultura o la ganadería para sus ingresos, aunque no producen o ganan lo suficiente para satisfacer sus necesidades básicas.  En la aplicación de los conceptos de bienestar animal subyace una nueva esperanza de desarrollo y progreso para estas familias, quienes, a futuro, encontraran un mercado justo y con oportunidades para comercializar sus productos.

 

 

  1. 4.    CRÍA INTENSIVA DE ANIMALES DE GRANJA – ¿LA PRÓXIMA CRISIS MUNDIAL DE SALUD?[47]

 

“Por lo general, en este tipo de producción, grandes cantidades de animales son confinados a un área muy pequeña junto con los desechos resultantes del sistema. Algunos sistemas muy intensivos, tales como las jaulas en batería para gallinas ponedoras y las jaulas para aislar cerdas embarazadas han sido eliminados progresivamente por motivos de bienestar animal en algunos lugares como la Unión Europea. A pesar de esto, en otras partes del mundo, estos mismos sistemas empiezan apenas a implementarse”.

 

“No hay duda de que el uso de sistemas de crianza intensiva ha acelerado el uso de antibióticos y ha llevado a que esos sistemas se asocien con riesgos a la salud pública tal como se muestra en el presente documento”. Por eso, se hace necesario legislar en materia de proscribir los sistemas intensivos de producción de animales para el consumo humano con el fin de reducir esos riesgos de salud pública, “adoptando sistemas de producción seguros, humanitarios y sostenibles tales como los orgánicos y de corral. Debe reconocerse que los animales también pueden ser criados bajo techo de forma segura y sin daño al medio ambiente”.

 

Una gran proporción de los animales en los sistemas de crianza intensiva alrededor del mundo son criados bajo sistemas altamente intensivos. A menos que se tomen las medidas para revertir esta situación, los impactos en la salud pública podrían aumentar”.

 

Por ello, al implementar criterios de bienestar animal a la cadena productiva, se hará de Colombia un país donde los consumidores “pidan cada vez más alimentos de calidad que sean producidos siguiendo estándares altos tanto de seguridad como de bienestar animal”.

 

Es muy importante recalcar que “La OMS hizo un llamado a los socios no tradicionales a prepararse mejor para enfrentar problemas de salud humana que surjan del reino animal”, por lo tanto, al garantizar estándares de calidad en la producción animal, se garantizará la salud de todos quienes consumimos los productos derivados de dicha industria y en tal forma estaremos acatando el llamado de la OMS.

 

La preocupación de la OMS, “es una preocupación compartida por las consecuencias de la creciente demanda de proteína animal y las implicaciones de esta demanda y consumo en la salud humana y animal”.

 

Según “la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), Asia tiene el sector ganadero de más rápido desarrollo, seguido por América Latina y el Caribe.[48] Según el Instituto Internacional de Investigación en Políticas Alimenticias (IFPRI, por sus siglas en inglés), los países de América Latina, Asia y África serán los mayores productores de productos animales para el año 2020 y mucha de esa carne será producida usando sistemas industriales”.[49]  Así, “El consumo de productos animales también experimentaría su mayor aumento en esas regiones durante los próximos 15 años”. (Ver Tabla 1)[50]

 

 

 

 

En las regiones analizadas en el gráfico “muchas granjas con sistemas de crianza intensiva están localizadas junto a, o algunas veces, dentro de algunas de las ciudades más densamente pobladas y de mayor crecimiento en el mundo, donde pueden contaminar el agua, el aire y la tierra. Dada la poca regulación existente para controlar las entradas y salidas de estos sistemas de producción intensivos, las potenciales consecuencias en la salud de las comunidades es una gran preocupación. Actualmente muy pocos trabajos se ocupan de analizar los efectos de la crianza intensiva de animales de granja en la salud pública de los países en vías de desarrollo”.

 

Siendo Colombia un país en desarrollo donde el auge de la actividad pecuaria está en desarrollo, nos interesara saber que “La investigación en países más ricos como Estados Unidos y el Reino Unido ha resultado en literatura científica preocupante porque muestra enfermedades infecciosas, resistencia a los antibióticos, contaminación del agua consumible y la tierra, que dan como resultado brotes de otros problemas de salud”.

 

4.1.  Zoonosis

 

En el mundo, “Millones de personas sufren cada año de enfermedades causadas por los alimentos. Los países en vías de desarrollo cargan el mayor peso en cuanto a costo y enfermedad dada la presencia de una amplia variedad de parásitos, toxinas, peligros biológicos, la falta de medidas de vigilancia, prevención y tratamiento que pueden dejar a las personas de más escasos recursos envueltos en un ciclo crónico de infección. En Estados Unidos, las enfermedades relacionadas con los alimentos causan aproximadamente 76 millones de enfermos, 325.000 hospitalizaciones y 5.000 muertes cada año[51].

 

“Patógenos conocidos son los responsables de unos 14 millones de enfermos, 60.000 hospitalizaciones y 1.800 muertes.[52]

 

Es preocupante saber que “La mayor parte de los brotes de Escherichia coli (E. coli) 0157:H7, una variedad virulenta y potencialmente letal de E.coli, ha sido asociada a la carne contaminada de vaca, al crecimiento de prácticas de sacrificio bovino y sistemas de alimentación industrial altamente automatizados para el crecimiento del ganado. E.coli infecta la carne cuando está contaminada con los contenidos de las tripas (heces) de animales muertos. Los sistemas de producción intensiva animal requieren generalmente el uso de líneas de producción altas para sacrificar al ganado. La velocidad de esas líneas puede dar como resultado el derrame de tripas así como un bienestar animal pobre. La infección por E.coli O157:H7 causa diarrea con sangre, fallo renal y la muerte, particularmente entre niños y ancianos. La OMS estima que el patógeno E. coli es responsable de hasta un 25% de los casos de diarrea en niños en los países del Tercer Mundo[53].”

 

Pero los riesgos van mucho más allá, “Los Campylobacters son las bacterias que comúnmente causan la gastroenteritis tanto en los países en vías de desarrollo como en los desarrollados. Un estudio reportó que la Campylobacter spp, puede ser encontrada en cerca de un 90% de la carne de pollo de rebaño, 100% de los pavos y 88% de los patos domésticos[54].”

 

De hecho, en “Una investigación del gobierno del Reino Unido en agosto de 2001 reveló que dos tercios de los pollos frescos en los supermercados y carnicerías británicos están infectados con la bacteria que envenena la carne. Estudios de laboratorio mostraron que 63% de las muestras estaban contaminadas con el microbio de la Campylobacter, que es responsable de cerca de tres cuartos de los casos confirmados de envenenamiento por alimentos”.[55][56]

 

Analizando un caso más próximo, “En Estados Unidos se reportan cerca de 170.000 casos de envenenamiento por Campylobacter anualmente.  El número real de casos podría ser hasta siete veces mayor, o sea, 1.9 millones, según un experto en salud, ya que la mayoría de envenenamientos no son reportados a las autoridades sanitarias[57]. Pese a su nivel de desarrollo tecnologico y capacidad de producción, “En Estados Unidos, donde se ha tomado en cuenta el porcentaje de casos no reportados, se han hecho estimados de que los 1.96 millones de casos humanos anuales de Campylobacter serían responsables de $700 millones –1.400 millones anuales de pérdidas en la productividad y 99 muertes[58]”.  Toda vez que la nuestra es una economía emergente y en pleno proceso de desarrollo, es bueno comenzar a tomar todas las medidas necesarias que garanticen que podamos correr con una mejor suerte que la que podemos ver en el caso de nuestro vecino del norte.  Garantizar el bienestar animal, como toda una serie criterios de obligatorio cumplimiento enfocados a la producción de animales para el consumo humano, es la mejor forma de tomar el rumbo.

 

¿De dónde provienen los riesgos de enfermedades? Pues bien, “Los riesgos a la salud pública como consecuencia de la crianza industrializada de animales emanan de una gran cantidad de animales que se mantienen confinados en un espacio pequeño. En los cobertizos para pollos, varios miles de animales están hacinados en espacios donde el piso está cubierto de desechos. Si la basura no se trata apropiadamente pueden surgir riesgos para el bienestar animal y para la salud como lo es la contaminación por Campylobacter[59]”.  De hecho, “Un estudio danés reciente concluyó que los desechos de las aves de corral, cuando se almacenan, son una fuente continua de C. jejuni[60].  Esto por citar tan solo algunos ejemplos, ya que también podemos encontrar focos de “salmonera enteriditis puede infectar los huevos en los ovarios de las gallinas y causar fiebre y diarrea en humanos o la Salmonella DT104 se propaga por el ganado y con frecuencia resiste a casi todos los antibióticos disponibles[61].

 

Por ello es altamente necesario y conveniente regular y vigilar los procedimientos usados para la producción de alimentos obtenidos mediante sistemas de crianza intensivos. Por motivos de salud pública y de bienestar animal, esta forma de crianza industrial debe reducirse paulatinamente para dar lugar a métodos sostenibles y humanitarios de producción de alimentos.

 

Acorde a esto, tenemos que “Los métodos alternativos a este tipo de producción intensiva incluyen sistemas como la crianza de corral o los métodos orgánicos donde los animales tienen más espacio, reciben menos antibióticos y donde la producción tiene menos impacto negativo en el agua y la tierra. Los sistemas bajo techo también se pueden utilizar si los animales tienen el espacio y el ambiente necesario para expresar sus comportamientos naturales y si llenan las necesidades de bienestar animal”.

 

4.2.  Otras Zoonosis

 

“La agricultura animal industrial ha actuado como «rampa» para enfermedades por zoonosis tales como la Encefalopatía Bovina Esponjosa (BSE, por sus siglas en inglés), la fiebre bovina y el virus Nipah”.

 

La OMS ha reportado que, para abril de 2004, ciento cuarenta y seis personas en el Reino Unido sucumbieron a la enfermedad Creutzfeldt-Jakob (vCJD), la forma humana de la enfermedad de las vacas locas. BSE, y la siguiente infección de humanos con vCJD, se caracteriza por la degeneración esponjosa del cerebro, con severos y fatales signos y síntomas. La práctica de alimentar con proteína animal dejada al ganado, que son herbívoros por naturaleza, para reducir los costos, se piensa que ha causado BSE y la consiguiente infección humana[62].

 

Analizando casos de producción intensiva a gran escala “Sólo en Asia del Este y del Sureste, un estimado de 6 billones de pollos se crían para el consumo de carne – muchas de estas aves son criadas muy cerca de las ciudades en expansión de la región. Esta creciente intensidad en la producción, sumada a la cercanía de los animales a los lugares habitados por humanos, resulta en factores preocupantes que conciernen a la salud pública[63]. De hecho, “Según la Organización para la Agricultura y la Alimentación, la propagación de la fiebre bovina de Pakistán a China pudo haber sido facilitada por la rápida escalada de las operaciones con aves de corral y cerdos además a la concentración geográfica masiva de ganado en granjas industriales en Tailandia, Vietnam y China[64].

 

Veamos un caso mucho más cercano para darnos un ejemplo de lo preocupante de las consecuencias negativas de la producción pecuaria intensiva, “En Canadá, dos trabajadores avícolas se enfermaron con un tipo menos virulento de la gripe. Los costos incluyeron 17 millones de gallinas, pavos y patos sacrificados selectivamente; miles de empleos perdidos y un estimado de US$300 millones por el impacto en la economía local[65].  Nos preguntamos, ¿no es contrario a unas políticas de seguridad alimentaria coherentes el perder 17 millones de aves de corral de consumo, cuando dichas enfermedades podrían haberse precavido de haber optado por acatar los parámetros establecidos por el “bienestar animal”?

 

Un caso mucho más preocupante aún es el del virus Nipah.  Este virus “es una de las nuevos zoonosis que emergieron, y es un ejemplo sobresaliente, pero complicado, de lo que puede pasar cuando la crianza intensiva de animales se combina con la destrucción de los ecosistemas.  El Nipah fue descubierto en 1997 en una pequeña ciudad de Malasia que albergaba a una de las más grandes granjas de cerdos del país. Los residentes de los alrededores empezaron a mostrar síntomas de gripe que resultaron en más de 100 muertes.  En abril de 2004, Nipah atacó de nuevo en Bangladesh, matando a 19 personas.”[66]

 

Lo preocupante es que estás enfermedades, como hemos visto, no sólo afectan a los animales sino también a los seres humanos. “Los científicos predicen que mientras la crianza industrial continúe expandiéndose a ambientes tropicales, los riesgos de los virus Nipah y otras enfermedades que pueden brincarse la barrera de las especies seguirán creciendo”.

 

Toda vez que “hay humanos viviendo cerca y trabajando con grandes concentraciones de animales encerrados, los riesgos de propagación de enfermedades aumentan. Esta propagación también aumenta con las largas distancias que viajan los animales para ser sacrificados, distancias que algunas veces cruzan fronteras nacionales. De particular preocupación son los casos de brotes que han ocurrido en países con menos equipo para vigilar, controlar y prevenir esos brotes”.

 

4.3.  Resistencia Antibiótica:

 

De las 18,000 toneladas de antibióticos empleados cada año con propósitos médicos y para la agronomía en Estados Unidos, 12,600 toneladas son para tratamientos no terapéuticos para promover el crecimiento dentro de sistemas de producción animal intensiva[67]Según la Organización Mundial de la Salud y FAO, “el uso generalizado de estas drogas en la industria ganadera está ayudando al surgimiento de microbios resistentes a los antibióticos, lo que hace más difícil luchar contra esas enfermedades tanto en humanos como en animales”[68].

 

En la Unión Europea se prohibieron siete antibióticos usados para promover el crecimiento. “Aún se permiten cuatro antibióticos, aunque el Comité de Dirección Científica de la Comisión Europea ha propuesto prohibir todos los medicamentos que promueven el crecimiento para el 2006 debido a la preocupación por la resistencia antibiótica[69].

 

No obstante, a pesar de la naciente conciencia sobre lo perjudicial del uso de antibióticos en la producción pecuaria, “el uso de antibióticos continúa creciendo mundialmente. El uso de antimicrobios por parte de los productores de aves de corral ha aumentado un 307% por ave desde la década de los ochenta. Al ganado vacuno se le da 28% más de antibióticos que hace 15 años, y los cerdos reciben 15% más[70].

 

“Un estudio piloto en Tailandia reveló una alta frecuencia de Salmonella y E. coli resistentes a los antibióticos en los trabajadores de granjas de cerdos y gallinas en la parte norte del país, supuestamente como resultado del uso abusivo de antibióticos empleados en la crianza del ganado”[71].  Esto es un aspecto que, en forma particular, debería llamarnos la atención.

 

Sobre la opción de producción pecuaria sin el uso de antibióticos ya se han dado algunos ejemplos; “En algunos países, se han tomado medidas exitosas para reducir la cantidad de antibióticos usados en la crianza de ganado. Por ejemplo, en Dinamarca, una prohibición en el uso de antibióticos para facilitar el crecimiento dio como resultado:

 

  •  La reducción de la presencia de eneterococcus resistente a la vancomycin en las gallinas, de un 80% a un 10%.
  • La reducción de una bacteria resistente a los antibióticos en los cerdos de un 65% a un 25%
  • Una reducción importante en la propagación de la Salmonella de los animales de granja a los humanos –sin antibióticos- a través de un estricto programa de vigilancia y control en la producción de pollos, gallinas ponedoras y cerdos.
  • Ahorros en gastos de US$25.5 millones en 2001”[72]

 

Otro ejemplo a destacar es el caso de Filipinas, donde “el uso de hierbas y especies para prevenir la enfermedad en granjas corrales ha sido efectivo y ha agregado calidad al sabor de la carne”. 

 

4.4.  Químicos Tóxicos

 

En las granjas industriales, frecuentemente se alimenta al ganado con una mezcla de granos altos en proteínas y otros ingredientes que facilitan el engorde de los animales de forma acelerada y a bajo costo. Por ejemplo, la grasa animal se puede usar como suplemento en la alimentación para aumentar el crecimiento. Sin embargo, la grasa animal podría estar contaminada con químicos como bifeniles policlorados (PCBs). PCBs, dioxinas y compuestos organo clorados que son parte de un tipo de químicos llamados contaminantes orgánicos persistentes (POP, por sus siglas en inglés), que se bioacumulan en los tejidos humanos y animales, aumentando la toxicidad al avanzar en la cadena alimenticia. La exposición humana a los POP está asociada con un mayor riesgo de cáncer, daños neuroconductuales incluyendo desórdenes del aprendizaje y cambios de temperamento, disfunciones del sistema endocrino e inmunológico, déficits en la reproducción y desórdenes relacionados con el sexo, periodos menores de lactancia en las madres, enfermedades como la endometriosis y una mayor incidencia de diabetes[73]

 

Tomemos como ejemplo el caso de “Bélgica, en 1999, el alimento complementado con grasa animal para aumentar el crecimiento contaminó más de 1,500 toneladas métricas de alimento animal con niveles tóxicos de PCBs y dioxina. En junio de 1999, la crisis de dioxina, causada por componentes alimenticios contaminados, explotó en Bélgica, resultando en la retirada de gallinas y huevos del mercado. A pesar de esos problemas, en muchos países, especialmente países en vías de desarrollo, aún se permite reciclar la grasa animal para ser usada en alimentos animales. Resulta interesante que un estudio encontró que durante la crisis de dioxina en Bélgica, las infecciones por Campylobacter disminuyeron un 40% durante junio de 1999, principalmente por la retirada de la carne de las tiendas”.

 

Un reporte en la revista Science en 2004, reveló que el salmón cultivado contenía 11 veces más dioxina que un salmón en estado natural. Con respecto a los PCBs, el salmón cultivado tenía un promedio de 36.6 partes por billón (ppb) comparado con los 4.75 ppb en el salmón natural, como resultado de las prácticas de alimentación que realizan las granjas de pescado. El salmón cultivado también tenía mayor concentración de retardantes de fuego potencialmente tóxicos, o difeniléteres polibromados (PDBEs por sus siglas en inglés), que el salmón en estado natural”.

 

Otro químico involucrado, el arsénico, se ha encontrado en la carne de gallinas criadas industrialmente. Mientras que el arsénico inorgánico es un cancerígeno, las formas orgánicas de arsénico son menos tóxicas y se usan para combatir enfermedades animales y acelerar el crecimiento en la agricultura animal industrial. Las gallinas en Estados Unidos contienen tres a cuatro veces más arsénico que otros tipos de carne, según un estudio del 2003 del Departamento de Agricultura de dicho país”.

 

Los animales criados industrialmente con frecuencia reciben hormonas de crecimiento en su dieta para que alcancen lo más pronto posible el peso requerido para poder ser sacrificadas. Más de un 90% del ganado bovino en Estados Unidos recibe implantes o inyecciones de hormonas y a un tercio del ganado lechero se le da hormona de crecimiento bovino recombinante o BTS para aumentar la producción de leche.52 Dada la preocupación por las consecuencias de los residuos hormonales en la carne para la salud humana, la Unión Europea ha prohibido el uso de hormonas esteroides. Sin embargo, las hormonas se siguen usando en muchas granjas de producción intensiva de animales en otras partes del mundo”.

 

Por lo anterior, se hace necesario prohibir el uso de hormonas para el aumento de la producción como lo son los esteroides y rBST.

 

4.5.  Crianza intensiva de animales de granja y salud ambiental

 

Una preocupación fundamental sobre la crianza intensiva de animales para consumo es la práctica de mantener grandes cantidades de estos seres en espacios muy reducidos, práctica que comúnmente acarrea problemas de manejo de desechos así como la potencial propagación de enfermedades. Para dar una idea de la escala del problema, la población de cerca de 2.5 billones de cerdos y ganado excretan más de 80 millones de toneladas métricas de desecho nitrógeno anualmente. Los desechos que producimos los seres humanos en todo el mundo, en comparación, son sólo cerca de 30 millones de toneladas métricas al año. En Estados Unidos, la cantidad de desecho animal es 130 veces mayor que el desecho humano, y no está sujeto al mismo nivel de tratamiento[74].

 

La contaminación por nitrato del agua debido al estiércol puede causar serios riesgos para la salud pública de las comunidades. Por ejemplo, altos niveles de nitrato en pozos de agua cercanos a lugares donde se alimentan animales ha sido un factor asociado al riesgo de pérdida en mujeres embarazadas”.[75]

 

La literatura científica muestra otras preocupaciones para los residentes de áreas cercanas a las granjas que utilizan sistemas intensivos o industriales. Una investigación de la Universidad de Duke en Estados Unidos ha encontrado que las personas que viven cerca de granjas de cerdos reportan más tensión, depresión, ira, confusión y menos energía[76]. De hecho, “Un estudio publicado en el Journal of Agricultural Safety and Health, encontró que los residentes de áreas cercanas a estas granjas industrializadas tienen mayores niveles de problemas respiratorios, nausea, fatiga, oídos tapados, ojos, nariz y garganta irritados”.[77]

 

4.6.  Crianza intensiva de animales de granja y la salud de los trabajadores

 

Las investigaciones han revelado que los empleados de granjas que usan sistemas de producción intensiva sufren una variedad de enfermedades relacionadas con el trabajo incluyendo problemas mentales, daños por el estrés y problemas respiratorios, siendo este último el más estudiado. Los trabajadores de estas granjas industriales pueden trabajar de 50 a 60 horas por semana bajo techo, lo que resulta en períodos largos de exposición a altos niveles de toxinas respiratorias, incluyendo endotoxinas bacteriales, moho y hongos, y los gases generados por el estiércol, el sulfuro de hidrógeno y amoníaco. El polvo de las granjas animales industriales es una «sopa orgánica» repleta de causantes de alergias, tales como las heces de insectos, las heces de animales aves, partículas de piel y pelo animal, polen, antibióticos, componentes alimentarios y pesticidas [78]. De hecho, “Investigadores en Estados Unidos, Suecia, Canadá, Holanda y Dinamarca encontraron que aproximadamente un 50% de los trabajadores de granjas porcinas estudiados experimentaron uno o más de los siguientes problemas de salud: bronquitis, asma ocupacional, enfermedad hiper reactiva al aire; síndrome del polvo orgánico tóxico (TODS); irritación crónica de la membrana mucosa, o intoxicación por sulfato de hidrógeno. Un estudio encontró que un 90% de la muestra de polvo en una granja porcina industrial estaba contaminado con antibióticos que incluían: tylosin, varias tetraciclinas, sulfametazinas y cloroamfenicol.”[79]

 

 

  1. 5.    PROHIBICIÓN DE LOS ANIMALES EN LOS ESPECTÁCULOS PÚBLICOS[80] [81]

 

 

5.1.  Introducción

 

El presente Proyecto de Ley también tiene como fin prohibir en el territorio nacional, la presentación de animales en los circos o espectáculos públicos, debido a que detrás de la magia del circo se esconde un mundo de sufrimiento e inevitable dolor.

 

La vida de los animales, que hacen parte de estos espectáculos, cuyos fines son generar ganancia para los propietarios y/o socios de los circos o espectáculos públicos y diversión a los espectadores, ignorantes del verdadero sufrimiento que se esconde tras las bambalinas de los espectáculos, no justifican, ni en el más mínimo grado la utilización de una vida animal con el fin de obtener ganancias o diversión.

 

La milenaria actividad circense puede desarrollarse perfectamente sin necesidad de incluir animales para divertir a los espectadores, hecho que ya se está imponiendo en los circos más reconocidos, particularmente europeos y en cuyos espectáculos ha quedado demostrado que se obtienen mayores ganancias cuando se incentiva el talento y creatividad del show, sin la necesidad de los animales.

 

Cuando un piensa en un circo, automáticamente vienen a la mente imágenes de malabaristas, equilibristas, músicos, bailarines, payasos, acróbatas y todo tipo de profesionales dedicados al arte de divertir al público en general, tanto niños como adultos. Sin embargo, para nuestra tristeza, esta imagen se desdibuja por la presencia antinatural de los animales en medio del espectáculo.

 

A estas magnificas criaturas, entre las que podemos encontrar osos, leones, elefantes, jirafas, delfines y demás, se les despoja en forma infame de su estado natural de comportamiento con el fin de forzarlas a realizar trucos que a más de estúpidos, son dolorosos.

 

El uso de animales en los circos no puede ser considerado como una tradición inmutable. Los circos deben evolucionar hacia formas más modernas de entretenimiento dónde lo que prime sea el talento humano y no la crueldad hacia los animales como fuente de diversión y ejemplo hacia nuestros hijos sobre la forma en como se deben relacionar con los demás seres vivos.

 

Cuando un niño llega al circo y se encuentra con los animales pocas veces se pregunta cómo llegaron al circo, en qué condiciones descansan, cómo son entrenados, cuál es su destino después de la función, etc. Todas preguntas que son importantes a la hora de conocer una realidad que choca con los mitos generalizados de la bondad de los circos en el trato con los animales.  Como podremos ver en el estudio que se adjunta a continuación, realizado por el Ministerio del Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, cuando las luces se apagan, la historia para los animales es, sin ánimo de exagerar, una historia de trato degradante, tortura y cuantos suplicios pueda la mente humana albergar.

 

Además, es obligación de este Cuerpo legislativo trabajar en la defensa de la vida y el medio ambiente y aportar lineamientos de conducta que sirvan de ejemplos a la sociedad, ya que con la prohibición de los espectáculos que utilizan animales, se pone a la altura de las ciudades más avanzadas del mundo.

 

 

5.2.  Antecedentes Históricos

 

El circo representa una importante parte de la cultura humana, prácticamente desde que el hombre empezó a registrar sus hazañas, sus descubrimientos, sus ideas, sus creencias, resumiendo, su cultura (Eduardo Murillo en Jané et al, 1994: 35).

Conviene mencionar que la acrobacia, así como el malabarismo, el contorsionismo, y otras prácticas corporales que actualmente se asocian al universo circense, son expresiones humanas (prácticas) anteriores a los propios conceptos de Circo o de Artes del Circo (CNAC, 1998: 40). Cabe recordar que en los orígenes de la humanidad la «cultura corporal» conformaba un todo, un núcleo común que abarcaba todas las prácticas corporales y que paulatinamente a lo largo de los siglos posteriores fue dividido en «especialidades», tales como el Circo, la Danza, la Gimnasia (deporte), el Teatro, etc. Esta «divergencia» marcó el desarrollo de cada una de estos sectores artísticos.[82]

Lo anterior, reviste de relevancia en la medida en que se trata de explicar la importancia de los circos sin la utilización de la vida animal, pues es una actividad que puede llegar a sus mismos fines sí sólo se realiza con el intelecto, la agilidad, creatividad y talento de los seres humanos, tales como las actividades mencionadas anteriormente.

Aclarado lo anterior, es dable manifestar que la tradición de los Circos viene desde los tiempos romanos, el espectáculo del circo se remonta a los tiempos de la antigua Roma, en donde el circo era un lugar destinado a espectáculos públicos en especial a carreras de caballos. El primer circo romano «Circus Maximus», data del 329 A.C, situado en el valle estrecho entre el Palatino y Colinas de Aventine, un gran estadio rodeado de arena que contaba con una plataforma o podio donde se ubicaban los invitados más distinguidos, como senadores y caballeros; la caja imperial, reservada para el emperador y sus allegados, y en la parte trasera, se ubicaban las masas romanas. Gracias al éxito del espectáculo se crearon los anfiteatros como el Circo Máximo[83]  que en el año 7 A.C, bajo la supervisión de Julio Cesar y Augusto se renueva, siendo declarado por Dionisio una de las maravillas de Roma. Ya en el siglo 4 D.C bajo el imperio de Constantino, el circo se convierte en una edificación de 610 Metros de largo por 183 Metros de ancho, donde se podían reunir alrededor de 200.000 personas.

 

El espectáculo se abría con un gran desfile, la marcha comenzaba con lujosas carrozas y la efigie de los dioses de la ciudad, seguidos por el emperador y su corte. Luego venían las personas que intervenían en los juegos, músicos, atletas, danzarines, magistrados y por ultimo efebos y doncellas quemando incienso. Además de las carreras se incluyeron combates simulados entre guerreros, con la aparición de los gladiadores, luchadores profesionales, las contiendas fueron cada vez más despiadadas.

 

Más adelante se incorporaron las fieras al circo romano. En principio, eran encerradas en jaulas, a las que se les prendía fuego. Los animales eran acribillados a flechazos. Más tarde se inauguraron los combates entre hombres y fieras[84], en donde los animales siempre morían en la arena, pues las herramientas utilizadas por los gladiadores romanos superaban las capacidades de los asustados animales.

 

Esta fue la época más sórdida y cruel del imperio romano se nutría de espectáculos donde se privaba a los animales de sus derechos, desde aquel entonces, se cree que los animales existen solamente para satisfacer las necesidades humanas, siendo tratados como esclavos y privados de su libertad.

 

 

5.3.  Situación Actual

 

No parece que hubiesen pasado los siglos, el hombre no evoluciona, sigue disfrutando del sufrimiento de un animal, que es sometido a participar en actividades culturales humanas, y que está acostumbrado a una vida de cautiverio, lejos de los de su especie y de su hábitat.

 

Pensemos por un momento por lo que tienen que atravesar estos animales para cumplir con una profesión que no tiene sentido. Dichos circos contribuyen con el tráfico de fauna, el cual es el tercer negocio ilegal en el mundo por el volumen de dinero que maneja lo que conlleva a la destrucción de especies, extingue familias de animales, y condena a la muerte o esclavitud de los que son apresados.

 

Los animales no montan bicicleta naturalmente, mucho menos se paran de cabeza, o atraviesan anillos de fuego a fin de divertir al público presente, ellas son actividades impuestas y que realizan por temor al castigo al cual serán sometidos sino obedecen la orden.

 

Para tales fines, un animal tiene que pasar diferentes etapas de dolor. Primero, el trauma que vive al ser despojado de sus padres, de su ambiente, del placer de vivir libre en el bosque o en la pradera  o en el océano, el no poder disfrutar de su libertad, correr, jugar, bañarse en uno que otro lago, escalar los árboles para tomar los frutos que la naturaleza le regala, aprender a cazar, luchar por su territorio, gozar del maravilloso cortejo, proteger y cuidar sus crías. En fin, todas aquellas funciones a las que supuestamente debe tener derecho cualquier animal, son truncadas cuando de pronto unos animales, supuestamente superiores, evolucionados y racionales, los encierran en inhóspitas jaulas (4X6X5 pies para tigres y leones) y los conducen a los nefastos circos, donde posteriormente tendrán que encaminarse hacia la profesión más temida por cualquier animal. Tendrán ahora que aprender, eso sí con la ayuda de un cruel entrenador, los números que harán gozar a más de un inocente niño, que no sabe lo que se esconde tras la magia y el colorido que exhiben estos circos.

 

Estas condiciones de vida, sumado a las largas horas de viaje, los cambios climáticos que tienen que soportar, el tipo de alimentación que les ofrecen, las rejas, los látigos, los castigos, regaños, golpes, etc., conducen a seguir luchando por los derechos de éstos y de todos los animales en general.

 

 

5.4.  ¿Por qué la prohibición del uso de animales en los espectáculos públicos?

 

Hasta el momento, se han expuesto argumentos que deben ser tenidos en cuenta al momento de fundamentar esta respuesta, pues el abuso, maltrato privación y crueldad son los principales fundamentos que se deben tener en cuenta al momento de tomar esta decisión, la situación actual de los animales es un maltrato que permitimos día tras día y que no podemos permitir más.

 

Organizaciones encargadas y dedicadas a la protección animal en todos los países del mundo, han venido liderando campañas de prohibiciones del uso de animales en espectáculos públicos y han realizado extensas investigaciones que demuestran el maltrato animal en los circos.

 

Animal Defenders International, organización que promulga la protección de los derechos de los animales, dentro de su campaña revela los siguientes datos:

 

“Por su propia naturaleza, con los animales permanentemente encerrados en vehículos, los circos itinerantes no pueden proveerlos con las condiciones mínimas que necesitan.

 

Para los animales, el circo es una vida de confinamiento, privación y abuso.

 

Esto quedó demostrado en el estudio de dos años realizado por ADI sobre el uso de animales en los circos.

 

Los animales viven amarrados, frustrados y aburridos. El confinamiento extremo no se limita a una especie en particular. Durante el estudio pudimos ver:

 

–          Elefantes encadenados un 98% del tiempo.

–          Tigres y leones encerrados en jaulas o remolques cerca del 80% del día.

–           Un oso en un remolque por 39 horas continuas, pese a que el viaje había durado sólo 5 horas.

–          Caballos y ponys en sus establos un 96% del tiempo, atados con cuerdas cortas que limitaban sus movimientos, a menudo de cara a una pared.

 

La situación no mejora en los cuarteles permanentes, o acomodaciones de invierno, donde encontramos elefantes, leones, tigres, osos y otros animales encerrados por casi el 98% del tiempo.

 

Hace muchos años, cuando las personas ignoraban las necesidades de las otras especies, existía una excusa, pero ahora, con tanto conocimiento acerca de estas necesidades, su cultura, formas de comunicarse e incluso el uso de herramientas por parte de distintas especies animales, no hay excusa que valga para mantenerlos en circos.

 

Los circos con animales forman parte del pasado, a un tiempo en el que no conocíamos las necesidades físicas y sicológicas de las otras especies.

 

Los descubrimientos de “El show más feo del mundo” están en un informe de 140 páginas e imágenes en video. Son resultado de un estudio clandestino, realizado por Animal Defenders International, sobre las condiciones de los animales en los circos, que tuvo una duración de 18 meses.

 

El estudio cuenta con más de 7 mil horas de observación y 800 horas de material audiovisual.”

 

Igualmente, esta organización ha desvirtuado el argumento de los circos cuando se adelantan gestiones como estas, en cuanto ellos sostienen que los animales que habitan en los circos serían condenados a la muerte en caso de una prohibición de tal magnitud, pues su reubicación es imposible; esta organización afirma que eso no es cierto y sostiene:

 

“Eso no sería necesario. Considerando que estos animales jamás pueden retornar a la vida silvestre, estamos en condiciones de reubicar a todos los animales. Habría que realizar una evaluación para cada animal, dependiendo de su historia y circunstancias. Idealmente, nos gustaría reubicarlos en su país de origen. Pueden también ser localizados en reservas naturales.

 

ADI tiene un récord demostrable en el rescate de animales. En 1996, rescatamos y reubicamos con éxito un grupo de animales que se encontraban en condiciones deplorables, incluidos leones, tigres, caballos y perros, de un circo en Mozambique. En 2003, ADI, junto al Centro de Rescate y Rehabilitación de Primates y al SAG, participó en el rescate de Toto, el chimpancé del circo Konig en Chile. Toto vivió 20 años en una pequeña jaula y le controlaban con una cadena atada a su cuello. Durante su número circense, fumaba cigarrillos y tomaba té. Ahora está en Zambia, en una de las mejores reservas para primates del mundo. “

 

Los propietarios de Circos, tienen sus argumentos para defender la utilización de los animales, pero se encuentra que no tienen un verdadero fundamento y sólo buscan un fin lucrativo sin pensar en los maltratos a los que someten a los animales. Dentro de los estudios realizados por Animal Defender International se puede evidenciar lo siguiente:

 

“Los dueños de circos niegan que los animales sufran de confinamiento. Alegan que los animales ejercitan regularmente en la arena y en áreas exteriores creadas con este fin.

 

Por su propia naturaleza, los circos no pueden entregar a los animales con las condiciones de ejercicio que éstos necesitan para mantenerse saludables y felices.

 

Los animales de circo tienen altas posibilidades de sufrir de confinamiento extremo por varias razones. El que obtengan suficiente ejercicio va a depender de si es que los trabajadores del circo tienen tiempo para armar las dependencias necesarias y si es que hay suficiente personal para cuidarlos.

 

No hay suficiente tiempo entre presentaciones para que los animales se ejerciten. Algunas veces, si los empleados se levantan tarde, los animales siguen encerrados en sus jaulas hasta que llega el momento de trasladarse una vez más. En otras ocasiones, el espacio impide contar con las dependencias para ejercicio de los animales. O sea, todo queda a la suerte.

 

Si los animales se portan mal, lo más probable es que se queden sin ejercicio. Dos leonas que vimos durante nuestra investigación, fueron confinadas en su remolque porque se negaron ha abandonar las dependencias de ejercicio el día anterior.

 

Como consecuencia, animales como los elefantes, que en su ambiente natural circulan más de 30 kilómetros al día, pueden llegar a pasar cerca del 96% de su tiempo encadenados.”

 

Así mismo, sostienen los propietarios de los circos que sus animales tienen una vida nómada y ya están acostumbrados a tales situaciones sin que ellas representes ningún maltrato, argumento que también resultó desvirtuado en el estudio realizado por Animal Defender International, en que se vio que:

 

“No tienen más opción. Los animales de circo pasan horas viajando, para después estar más tiempo confinados en sus vehículos de transporte. La carga y descarga de los remolques puede ser un momento de crueldad y violencia, cuando se les obliga a los animales, a través de golpes y gritos, a subir o bajar de los vehículos.

 

Es sabido que los animales en cautiverio sufren de confinamiento, problemas de reproducción, estrés, frustración, y muestran signos de comportamiento anormal. Esto incluye movimientos repetitivos, arraigados y sin sentido, con un ritmo pausado o acelerado, como movimientos de cabeza y zigzagueo.

 

Repetir los mismos trucos por años no es estimulante para ningún animal. Una vez que son entrenados, lo más probable es que pase el resto de su vida presentando casi siempre la misma rutina. Algunos animales repiten sus actos por cinco, diez o más años.

 

La triste realidad de los animales de circo es que el tiempo que pasan en confinamiento extremo sería considerado ilegal en cualquier otro contexto de cautiverio.

 

Durante nuestro estudio, todas las especies observadas presentaron comportamientos anormales. Un elefante, que vimos pasar el 96% de su día encadenado, pasaba la mayor parte del tiempo balanceando y sacudiendo la cabeza.”

 

También se ha manifestado por los defensores de los circos que los animales que habitan ahí ayudan a la conservación animal, y a la educación sobre sus hábitos y costumbres, tesis que va en contra de la lógica y de los estudios realizados por organismos internacionales. Animal Defenders International ha sostenido al respecto lo siguiente:

 

“Los animales de circo no tienen ningún papel que jugar en la conservación de las especies, por el contrario, las condiciones en las que viven no son aptas para la conservación. No están supuestos a reproducirse, como los de zoológicos o parques, por lo que no son considerados en programas serios de cría y reproducción.”

 

“Los animales de circo no enseñan nada sobre la forma en la que realmente viven. No tienen ningún rol activo en educar al público, por el contrario, demuestran una actitud totalmente equivocada hacia el mundo animal. No existe un beneficio educacional en ver animales salvajes realizando trucos tontos.

 

Los programas de televisión que muestran el mundo animal son educativos, no los animales de circo.”

 

Mientras los humanos en el circo  y demás espectáculos públicos, disfrutan la atención del público, a los animales no les interesa: es algo que están forzados a soportar. El circo no es ninguna diversión para los animales. Las pruebas que tienen que hacer ni siquiera se acercan a las acciones y comportamientos naturales de los animales.

 

El cautiverio de animales salvajes provee una atmósfera de miedo, aburrimiento, enfermedad y ansiedad. A los animales se les niega todo lo que es natural para ellos: comida, actividad, socialización y comportamientos naturales. El ir y venir o dar vueltas en la jaula, el morder las rejas y la automutilación son comunes en los animales de circo. Esto ahora está reconocido como comportamiento neurótico causado por el cautiverio y un modo de vida artificial.

 

Los látigos, bozales, cadenas y otras “herramientas” utilizadas en los circos son recordatorios visuales constantes de que estos animales están forzados a actuar mediante el miedo. Se dice que los circos nos permiten sentirnos cerca de la naturaleza cuando, en realidad, lo que las rejas de acero hacen es enfatizar y reforzar la separación entre los hombres y los humanos. Los elefantes están encadenados por el 95 por ciento de sus vidas. Los tigres viven y son transportados en jaulas de 3 x 2 metros. Barras de acero, látigos, bozales, picanas eléctricas, privación de agua y comida, ganchos, patas quemadas, químicos cáusticos, cadenas y aislamiento son los (métodos de entrenamiento) que se utilizan.

 

Los animales actúan a causa del miedo. La entrada no es el único precio que se paga. Los animales pagan con su sanidad mental y sus vidas. Janet, una elefante a la que se le disparó 43 veces, es un buen ejemplo, pero hay muchos.

 

Adicional a lo anterior, hay estudios serios y completos del Ministerio del Medio ambiente que serán relacionados en el acápite siguiente, en donde dejan claro que el estado de salud de los animales encontrados en los circos de nuestro territorio es deficiente y presentan un sinnúmero de enfermedades y secuelas de maltrato.

 

 

5.5.  Circos sí, pero sin animales

 

Al pensar en la palabra circo vienen a la mente imágenes de niños, y no tan niños, embobados con los distintos actos que realizan los animales. Una tarde mágica con payasos, acrobacias y malabarismos. Con esto último deberíamos quedarnos: con el espectáculo llevado a cabo por todos aquellos artistas que se dedican a un espectáculo de innumerables años de tradición como es el mundo circense, no en el ridículo, el maltrato y la humillación a que se ven sometidos los animales que, no por voluntad propia, sino impuesta, se ven forzados a realizar un sin fin de actividades nada comunes en su hábitat natural. Imágenes estas, que retenidas a través de los ojos de un público eminentemente infantil, le deforman para un posterior proceso educativo de respeto hacia los animales.

 

Es por ello que sostenemos que no deben acabarse los circos, por el contrario, deben seguir, pero bajo un entretenimiento sano y creativo y sin animales, en donde se ponga a prueba única y exclusivamente la creatividad y el ingenio del ser humano.

 

Para demostrar que si es posible la desvinculación de los animales del concepto circense, podemos ver que muchos de los más grandes y famosos circos del mundo no usan animales en sus presentaciones, pues los acróbatas humanos son muchísimo más entretenidos que animales desarrollando trucos sin sentido ; a modo de ejemplo, podemos mencionar el Circo du Soleil, Circo de la familia Cirkus, Circo Italiano, Circo Millennia, Circo de los Niños, Circo Floize, Circo Fos, Circo Plume, Circo Cloud Seeding, Circo Fern Street, Circo Flying Fruti Fly, Circo Flying High, Circo Gregangelo & Felocity Trouppe, Circo Hiccup, Circo Imperial de China, Circo Lazer Vaudeville, Circo Les Colporteurs, Circo “Haga un Circo”, Circo Internacional de México, Circo Neil Goldbergos, Circo New Picle, Nuevo Circo de Shanghai, Circo Ruso-Americano para los niños y el Circo Teatro Swamp.

 

 

 

 

 

Así pues, no es admisible sostener que con la prohibición de los animales en los circos, muchas personas perderían el empleo, por el contrario, se les daría la posibilidad de tener un empleo más digno y sin maltratar animales, en donde deberían utilizar su habilidad y creatividad para poner al circo en la cúspide de los espectáculos públicos.

 

Dentro de los circos, es posible encontrar una amplia gama de animales silvestres, casi comparable con lo que se puede encontrar en los zoológicos; pues evidenciamos la presencia de: leones, tigres, panteras, pumas, osos, lobos, elefantes asiáticos y africanos, rinocerontes, hipopótamos, cebras, chimpancés, leones marinos, pingüinos, loros, cocodrilos, pitones, caballos, mulas, avestruces, dromedarios, lamas, cabras, perros, gatos, cerdos, conejos y palomas entre otros. En fin todo un zoológico. La mayoría de estos animales son capturados de su hábitat natural, se les entrena, doma o amaestra para actuar ante el público, «es lamentable el hecho que de diez animales capturados de su hábitat salvaje, tan sólo la mitad llegarán vivos a su destino final».

 

 

5.6.  Regulación Internacional

 

A nivel internacional ya ha sido adelantada esta prohibición en varios países, en donde se ve que el interés internacional por propender por la protección de los derechos de los animales y evitar que sigan siendo maltratados como hasta el momento lo han sido, pues la corriente es buscar la eliminación del uso de los animales en los espectáculos públicos.

 

La erradicación de la utilización de animales en circos y demás espectáculos, es una corriente acogida en la mayoría de los países del mundo. Un creciente número de ciudades en muchos países americanos y europeos trabaja actualmente para erradicar esta forma de maltrato y criminalidad hacia el medio ambiente que, reduciendo las posibilidades de contratación de recursos humanos, lucra de manera irresponsable a los dueños de circos con animales.

 

En Europa se ha empezado a considerar a los animales como sujetos de derechos, en las legislaciones de diversos países, “Hoy se discute si los animales pueden ser «sujetos» de derechos e intereses.” expresa Guido Alfa, uno de los más importantes tratadistas del Derecho Italiano- en su obra “Diritto privato” y añade, “El problema de la «capacidad de derechos» de los animales, se ha replanteado, también por efecto del movimiento ecologista, asunto que tiene dos directrices fundamentales:

–          El modelo Utilitarista, planteado por Singer[85].

–          El modelo Neokantiano de Regan[86].

 

El problema ha siendo discutido ampliamente por muchos tratadistas[87] del derecho actualmente, pues es un tema que reviste de vital importancia y más cuando estamos en presencia de la protección de una vida y la dignidad de los animales[88], la cual ha sido reconocida y protegida internacionalmente.

 

La UNESCO ha elaborado una Declaración de los Derechos de los Animales[89],  en la que se desarrolla una lista de intereses de los cuales son portadores estos seres (derecho a la vida, al buen tratamiento, a la supresión sin dolor o angustia, a la nutrición, al descanso para los animales domésticos, a la libertad a su medio natural, para aquellos salvajes).

 

En la declaración legislativa del 27 de enero de 1992, que repite la Directiva de la Comunidad Económica Europea No. 86/609, sobre animales utilizados para la experimentación y para otras finalidades científicas, disponen que los animales sean tratados con métodos humanitarios y que sean sometidos a los menores sufrimientos físicos y psicológicos; la experimentación debe ser efectuada con los métodos menos brutales, sobre el menor número de animales, posiblemente sobre aquellos que presentan el más bajo desarrollo neurológico, en este contexto, se prevé un tratamiento privilegiado para los animales con afecto, por ejemplo para los perros y los gatos.

 

A continuación se realiza un listado de los países que ya cuentan con una regulación sobre el tema:

 

5.6.1.            Sudamérica:

 

–          Argentina: Prohibiciones en Buenos Aires, La Plata Rosario, y otras tres ciudades.

–          Brasil: Doce distritos tienen prohibiciones parciales y/o totales, incluyendo una prohibición total en Rió de Janeiro. 

–          Bolivia: La Paz, El Alto, Cochabamba, Santa Cruz, Sucre, Tiquipalla.  

–          Costa Rica: Hay prohibición a nivel nacional en animales silvestres. 

–          Perú: Las siguientes municipalidades de Lima: Magdalena del Mar, Villa El Salvador, San Miguel.  

 

 

5.6.2.            Norte América:

 

–          Estados Unidos: Prohibiciones en 20 Estados; algunos métodos de control están prohibidos en seis Estados más.

–          Canadá: Prohibiciones totales o parciales en veinte municipios.

 

 

5.6.3.             Europa:

 

–          Austria: Prohibición nacional en el uso de animales silvestres.

–          Bélgica: Prohibición nacional en el uso de animales silvestres sacados de su habitad.

–          Croacia: Prohibición en el uso de todos los animales en 21 municipalidades.

–          Checa, Republica: Prohibición parcial a nivel nacional.

–          Dinamarca: Prohibición a nivel nacional en el uso de animales silvestres, con excepciones.

–          Estonia: Prohibición nacional en el uso de animales silvestres sacados de su habitad.

–          Finlandia: Prohibición parcial a nivel nacional de los animales en los circos.

–          Grecia: Prohibición en el uso de todos los animales en 9 municipalidades.

–          Italia: Todos los actos con animales están prohibidos en Venecia.

–          Malta: Prohibición  en los animales nombrados en la CITES con excepciones.

–          Polonia: Prohibición nacional en circos de animales silvestres nacidos en su habitad.

–          Eslovaquia: Prohibición en el uso de todos los animales nombrados en la CITES (circos).

–          España: Prohibición en animales silvestres en Barcelona y Blanes.

–          Suecia: Varias especies de animales silvestres están prohibidas incluyendo leones y tigres, pero elefantes están permitidos.

–          Reino Unido:   Algunos animales no domesticados serán prohibidos bajo las nuevas regulaciones del Animal  Welfare Bill. Alrededor de 200 autoridades locales han prohibido el uso de animales en circos (mas de los 2/3 de estas prohibiciones es para todos los animales, el resto únicamente para animales silvestres). Muchos dueños de terrenos han prohibido los circos en sus tierras.

 

 

5.6.4.            Oceanía:

 

–          Australia: Prohibiciones parciales y totales en 34 distritos.

–          Nueva Zelanda: Prohibición en circos de animales exóticos de 3 distritos.

 

  

5.6.5.            Asia:

 

–          India: Prohibición parcial a nivel nacional.

–          Israel: prohibición a nivel nacional en todos los actos de animales silvestres y completa prohibición en 3 distritos.

–          Singapur: prohibición total a nivel nacional en todos los actos con animales.

–           

 

5.7.  Condiciones de los animales en los circos

 

En primer lugar tendrí­amos que recordar que a la mayorí­a de los animales se los ha secuestrado de su medio natural. “Es de destacar que después del tráfico de drogas y de armas, el de la fauna es el tercer tráfico ilegal en el mundo por el volumen de dinero que maneja. Los animales pueden tener los papeles en regla, pero en la mayorí­a de los casos viendo que no son requeridos por ningún organismo gubernamental, los mismos se encuentran en la total ilegalidad. Lo cual termina traducido en una falta de control y, por lo tanto, de cuidado de los mismos”.

 

Tal como se ha dicho hasta el momento, los animales en los circos son retirados de su hábitat natural, encarcelados y maltratados y sometidos a las siguientes situaciones:

 

5.7.1.            El Transporte

 

Los animales obligados a trabajar en los circos ambulantes, pues el nomadismo es una de las situaciones que los caracteriza, son los más afectados. Desplazados constantemente de un lado al otro; de un país a otro, con los bruscos cambios de temperatura y clima son, en muchas ocasiones, dañinos para su salud; luego se les priva del cobijo necesario para cubrirse del sol, la lluvia, el frío o el calor. El medio de transporte mayormente utilizado para desplazar a todo «el reino animal» que poseen los circos son los camiones jaula, estrechos carromatos que son no más que simples jaulas de barrotes de hierro de pocos o insuficientes metros cuadrados incapaces de asumir un mínimo de confort para ser trasladados por todo el país y en donde no se garantizan los parámetros mínimos de movilidad o sanidad y en donde la higiene no es el común denominador.

 

Pero esto no es todo, lo peor llega durante las temporadas bajas, es decir, cuando los circos no se desplazan y los animales se encuentran durante meses atados a sus jaulas, lo que les supone un estrés mayor el estar durante horas, días, semanas e incluso meses encadenados o enjaulados sin poder moverse. Es cierto que entonces los animales se sienten aliviados al no tener que entrenar o ejecutar inútiles y peligrosos números circenses ante el público, como el conocido salto a través de un aro en llamas de tigres y leones.

 

Los tiempos de descanso del circo son lo más penosos para los animales pues es cuando deben aprender nuevos números o ejercicios. Presos en unas instalaciones que dejan mucho que desear en donde la falta de higiene es muy notoria y privados de alimentos y agua si el comportamiento no es el «adecuado» según convenga al criterio de domadores, entrenadores o quienes se encarguen de ellos. Es corriente que presenten síntomas de estrés, aburrimiento y frustración, provocados por las innumerables horas de aislamiento y soledad en deplorables instalaciones y degradantes condiciones de transporte. Encerrados en sus jaulas de “descanso” también reaccionan, así­ han ocurrido casos de automutilación de los dedos de las manos en los monos, golpes constantes de cabeza, o el balanceo de un lado al otro como hacen los elefantes (movimientos estereotipados). En fin, todos signos claros de lo antinatural de la situación en la que el hombre lo ha subsumido.

 

 

5.7.2.             El Entrenamiento

 

«El entrenamiento es una agresión psicológica y fisiológica del animal, donde técnicas bárbaras son utilizadas, el animal es forzado, por obligación, a adoptar comportamientos anormales y artificiales». Los entrenamientos son más violentos, cuanto más peligrosos sean los animales. Los distintos y constantes ensayos destruyen a los animales, se les asusta y se les angustia, «el entrenamiento consiste en lesionar al animal y transformándolo en una marioneta ridícula, que le somete al capricho del hombre». Su propósito es conseguir el absoluto dominio del animal. Los domadores están raramente calificados, tienen muy poca paciencia y les faltan conocimientos comportamentalistas de los animales a su cargo.

 

Al mismo tiempo cuando nuestros hijos están dentro del circo y se asombran con las piruetas que hacen los animales no se preguntan si también las realizan en su estado natural. La respuesta es: no. En la naturaleza los osos no andan en bicicletas, los tigres no saltan dentro de aros de fuego y los elefantes no caminan en dos patas. Todo esto es producto de un entrenamiento forzoso y cruel que vulnera sus patrones naturales de conducta y es un triste recuerdo de épocas de barbarie que nos deberí­an avergonzar profundamente.

P

ara realizar sus actuaciones los animales son forzados a adoptar comportamientos anormales y artificiales mediante métodos violentos, y cuyo propósito es el del dominio absoluto del animal transformándolo en un simple tí­tere dentro del circo. Para llegar a su cometido los entrenadores utilizan barras de hierro, látigos y pinchos eléctricos con tal de hacerse obedecer. Incluso son utilizados en algunos casos de forma invisible en las mismas funciones. De esta manera tomamos conciencia que un oso subido a una bicicleta no es un hecho natural ni divertido para él sino producto de la mayor crueldad humana y el miedo ante el castigo que le depara el no hacer el acto al que se le condiciona.

 

 

 Cuando el domador, o entrenador, no obtiene los resultados deseados, es decir, la obediencia absoluta del animal, entonces se le priva de alimentos. De este modo se pretende que el animal asocie la comida con la respuesta que tiene que dar. Esta estrategia la utilizan los domadores también durante el espectáculo: a los animales se les da comida al final de cada ejercicio y delante del público, para que éste interprete, o piense, que así es como el animal ha sido entrenado. La realidad, en la mayoría de los casos, resulta ser todo lo contrario; la simple visión de un látigo recuerda al animal las palizas en el trasero, la cabeza y las patas durante el entrenamiento. Así se consigue el miedo incesante, la aprehensión y el obedecer.

 

Para conseguir que un animal levante las patas, el domador le pone una base electrificada, y cada vez que da la orden, envía una descarga eléctrica. Después de los primeros intentos, el animal relacionará el dolor con ciertas palabras o gestos y tendrá la misma reacción, levantar las patas aunque no se dé la descarga eléctrica.

 

–          “El entrenamiento es a través del castigo y no del cuidado y el cariño. La disciplina se enseña por la intimidación verbal, con gritos; y abuso físico, con golpes de puños, latigazos, palos, pinchos, barras de hierro o cualquier otra cosa que esté a la mano.

 

–          Los animales de circo actúan por miedo, no por alegría.

 

–          La gente debe saber que cuando están viendo un espectáculo circense y los felinos entran rápidamente corriendo a la arena, aparentemente contentos, es porque detrás de las cortinas hay alguien que los amenaza con una barra de hierro. “[90]

 

Cuando se habla del entrenamiento de los animales, los dueños de los circos tienden a decir que los entrenamientos pueden ser vistos por el público y que ahí no se evidencia ningún maltrato, al respecto es pertinente aclarar que entrenar a un animal es diferente al ensayo de una presentación, pues es en el entrenamiento en donde son sometidos a maltratos, mientras que en los ensayos actúan por miedo. Basados en el estudio realizado por Animal Defender International, es pertinente manifestar que:

 

Hay una clara diferencia entre entrenamiento y ensayo. El público no ve cuando los animales están siendo entrenados, sino que los ven representando los mismos trucos que ya han realizado por años.

 

Son entrenados por una persona, pero luego pueden trabajar con distintos presentadores. Los animales no desarrollan una relación con los presentadores, porque la rotación de éstos es muy alta.

 

Es así como, por ejemplo, a un hermoso oso para poderlo manejar, le perforan la nariz y el labio para atravesarle un aro y una cadena de hierro. Para que aprenda a bailar en dos patas, lo colocan sobre tizones calientes al ritmo de una música, lógicamente el tierno oso no resiste que le quemen sus patas, entonces se para en sus patas traseras, las cuales comienza a mover, no con el fin de danzar, sino con el fin de librarse de tal calor; ya en la función, le colocan la música bajo la que padeció tal dolor, y entonces el animal, recuerda el sufrimiento al que fue sometido y comienza a «danzar», recibe entonces el cruel entrenador los aplausos del ignorante público.

 

Un gracioso chimpancé no entiende porque ya no siente sus dientes incisivos, los cuales le han arrebatado mediante una operación quirúrgica, además de soportar frecuentemente golpes de su amo (entrenador), quien con ayuda de un palo, y la atadura a un collar, intenta persuadir al animal para que lleve a cabo la función (Por supuesto, nada de esto ocurre delante del público espectador). Y ni que decir del gigantesco y maravilloso elefante, quien es punzado con una lanza o instrumento metálico de dos puntas, que se le clava detrás de las orejas, en la panza y en los genitales, corriendo muchas veces con la misma suerte del chimpancé, le quitan sus colmillos. (Que por cierto tiene un gran costo económico).

 

«Lamentablemente hubo que recurrir a los desgarramientos para evitar los accidentes que eran comunes, sobre todo con felinos, cuando tenían las garras intactas. El felino está preparado genéticamente para desgarrar y mientras no se utilizaron estas técnicas hubo accidentes terribles, con muchos domadores seriamente heridos. «(Fuente: Daniel Mudrovici, veterinario de circos en Argentina).

 

El castigo físico ha sido por mucho tiempo el entrenamiento normal para los animales del circo, pues son animales que no son por naturaleza domesticables por el hombre y por ello, se debe acudir a prácticas salvajes para que el animal obedezca.

 

Algunos animales no adaptan tan fácil las técnicas de otros, por lo cual tienen que sufrir grandes tensiones durante el entrenamiento, muchos son narcotizados para poderlos manejar más fácilmente.

 

Ahora bien, si hablamos de los delfines, los acuarios donde encarcelan oreas, ballenas de inigualable hermosura, que atraen público en cantidad, las personas  se maravillan con los saltos, juegos con pelotas, entrenadores que bailan sobre ellas, en fin un sinnúmero de martirizantes presentaciones. Estos desdichados animales aparecen ante el espectador como seres felices, pero en realidad se les ha privado de las fantasías del mar, su espacio se reduce a piscinas estrechas y poco profundas. En el caso de los circos, los transportan y mantienen en peores situaciones, piscinas donde escasamente el animal se puede mover.

 

 

5.8.  Consecuencias de la Explotación

 

Se han dado casos de accidentes producidos en los circos como consecuencia del maltrato y las malas condiciones en que viven los animales, quienes están permanentemente  estresados por el tipo de vida que llevan, totalmente ajeno a su hábitat natural, en ocasiones pierden el control con la presencia del público, el volumen de la música durante las actuaciones, el destello de los focos y la reclusión.

 

A los animales a menudo se les diagnostican úlceras gástricas provocadas por estas situaciones anormales a su biología; La falta de higiene originada por la acumulación de sus residuos fecales y la orina que permanecen durante tiempo en sus jaulas hace aumentar el número de parásitos y bacterias que conviven en las distintas instalaciones circenses, por ello las heridas de estos animales son muy difíciles de desinfectar y curar. Se sabe que quienes se dedican al mundo trashumante del circo, poseen, por lo general, pocos o escasos recursos económicos. Es corriente que la alimentación sana y equilibrada del animal, así como su bienestar tanto físico como psicológico dejen mucho que desear.

 

Lo mismo ocurre con las necesarias atenciones veterinarias para sus heridas, agudizadas por los golpes que padecen provocados por sus cuidadores, entrenadores o domadores.

 

El colorido y la música del circo distrae el hecho de que los animales esté atrapados y sean forzados a hacer actos no naturales y dolorosos.

 

Los circos perderían todo su esplendor si los detalles de su maltrato, captura, entrenamiento y «retiro» fueran dados a conocer, los animales en los circos pasan años con las patas encadenadas, a menudo, se les obliga a dormir de pie en camiones apretados, deben actuar aunque se encuentren enfermos, y constantemente reciben amenazas de castigo con grandes ganchos puntiagudos clavados en sus pieles sensibles, en sus caras, en los dedos de los pies y detrás de las rodillas. Los elefantes son entrenados a la fuerza. Es parte de la práctica el golpearlos, pegarles, asustarlos, encadenarlos y darles latigazos para hacer que realicen trucos absurdos que no pueden comprender.

 

Para «amansar» a los elefantes bebés recientemente capturados deben ser atados y golpeados a diario durante un mes.

 

En su hábitat natural, los elefantes son sumamente sociales, hurgando en busca de alimentos, criando a sus bebés, haciendo largas caminatas y jugando todos juntos. El circo los priva de toda su libertad y vida en familia.

 

5.9.  INSUFICIENCIA DE RECURSOS EN LOS CIRCOS.

 

Muchos circos no tienen dinero  suficiente y como resultado, los animales que usan sufren de un cuidado inadecuado. Muchos de los animales que son grandes y naturalmente activos, son forzados a pasar la mayor parte de su vida en pequeñas jaulas y únicamente son sacados por periodos de tiempo cortos, para entrenar o actuar. Este tipo de circos «rodantes» visitan aproximadamente 150 ciudades al año y una provisión de agua limpia no siempre se encuentra en cada locación. Como resultado se les limita el agua y la limpieza de las jaulas y de los animales no es una prioridad, causándoles mucha penalidad a animales como los elefantes a quienes les gusta bañarse constantemente.

 

La comida al igual que el agua, también es limitada. Climáticamente, el medio ambiente de un circo es muy distinto a los del hábitat de los animales. El caliente verano puede ser especialmente duro en animales como osos, mientras que los leones por ejemplo sufren mucho en el frío.

 

Durante el invierno, cuando los circos están fuera de temporada, los animales son mantenidos en las jaulas en las que son transportados o muchas veces en los camiones. Muchos circos no tienen los recursos ni los deseos de poner mucho dinero en refugios confortables para los animales en invierno cuando no están en temporada. Este encierro, provoca un gran daño físico y psicológico en los animales.

 

 

5.10.      Resultados de la Investigación del Ministerio de Medio Ambiente sobre el estado de salud de los animales en los circos.

 

El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial conjuntamente con la Sociedad Mundial para la Protección Animal-WSPA, desarrollaron entre el 14 de noviembre de 2001 y el 14 de octubre de 2002, el convenio de cooperación científica y tecnológica para la formulación del “diagnóstico sobre los circos nacionales que exhiben animales silvestres nativos y/o exóticos y el desarrollo de actividades de marcaje, valoración y educación”.

 

Dentro de este proyecto se realizaron diferentes actividades relacionadas con el establecimiento del número de circos nacionales que mantienen fauna silvestre ya sea nativa o exótica, el número de animales y especies incluidas y su marcaje individual. De igual forma se realizó una valoración veterinaria y se hicieron anotaciones sobre el comportamiento de los animales con el fin de evaluar su estado y manejo general.

 

A través del apoyo brindado por la Corporaciones, sobre circos presentes en la jurisdicción respectiva, se logró la visita a 9 circos nacionales que mantienen fauna silvestre nativa y/o exótica, lográndose marcar y valorar un total de 40 individuos de los cuales 8 correspondieron a fauna nativa y 32 a animales exóticos.

 

Cada uno de los individuos fue valorado clínica y comportamentalmente y fue tratado médicamente.  Los resultados de la valoración general de los animales fueron los siguientes:

 

5.10.1.          Valoración nutricional y sanitaria:

 

En todos los circos se observó que las raciones ofrecidas a los animales no eran adecuadas en cuanto a la calidad de nutrientes según comparaciones con dietas apropiadas para dichas especies. Para este tipo de valoración fueron analizados aspectos como calidad, cantidad, sanidad, frecuencia y forma de ofrecimiento de las raciones.

 

En cuanto al manejo sanitario, se pudo ver que en la mayoría de los casos la forma de ofrecimiento promueve su contaminación con heces y su calidad sanitaria en algunos casos es cuestionable dado el origen de los ingredientes. En la mayoría de los casos analizados, las muestras colectadas y llevadas a laboratorio arrojaron resultados en los cuales se denota claramente que los animales no son manejados adecuadamente y que pueden llegar a convertirse en fuentes epidemiológicas importantes.

 

El material de los encierros en general promueve la acumulación de material orgánico ya que no han sido diseñados para facilitar las labores de limpieza y desinfección. Estas labores se realizan sin seguir protocolos de manejo sanitario.

 

5.10.2.          Valoración médica:

 

Los problemas encontrados fueron recopilados de las historias clínicas y fueron organizados por sistemas en orden de relevancia. Adjunto aparece una tabla que relaciona los hallazgos físicos anormales encontrados en los animales. En general, puede observarse que la totalidad de los animales se hallaban en pésimas condiciones de salud.

 

5.10.3.          Valoración hematológica:

 

Los hallazgos hematológicos en la población de animales analizados demostraron que los animales se encuentran en condiciones extremas de confinamiento, con una actividad física muy pobre y con historia de viajes extremadamente largos dentro del país. Se encontraron altos niveles de creatinina en suero indicando una falla en la excreción normal por parte de los riñones, lo que indica que dichos animales pueden estar presentando un proceso de insuficiencia renal. Otra de las anormalidades hematológicas halladas fue el fenómeno de eosinofilia lo que demuestra una infestación parasitaria dentro del organismo, procesos alérgicos y procesos neoplásicos. Así mismos en los leones se evidenció eritrocitossi relativa frecuente en los casos de deshidratación.

 

Otras de las anormalidades hematológicas fue la leucopenia (bajo recuento de glóbulos blancos) con neutropenia (bajo recuento de neutrófilos), por procesos inflamatorios crónicos y abscesos. De igual forma se registró linfocitosis, común en procesos inflamatorios crónicos, infecciones virales y/o bacterianas. Se evidenció presencia en algunos animales de anemia, deficiencia proteica, insuficiencia hepática, deficiencia dietaria.

 

La gran mayoría de los animales presentaron anormalidades en los valores hematológicos encontrados, algunos de ellos con más severidad que otros. Las pruebas analizadas permiten inferir que el estado general de salud del 86% de los animales está comprometido. Algunos leones muestran que sus necesidades proteicas no se satisfacen, presentan infestaciones parasitarias y enfermedades causadas por agentes infecciosos.

 

5.10.4.          Valoración del bienestar psicológico:

 

En todos los casos se pudo observar que la mayoría de las prácticas de manejo, comprometen el bienestar de los animales. Teniendo en cuenta las dimensiones de los encierros y la restricción utilizada en los animales que no son contenidos en éstos, se denota una clara restricción a los patrones conductuales generales de locomoción de cada especie lo cual trae como consecuencia situaciones de privación y frustración relacionadas con la aparición de comportamientos anormales.

 

En todos los casos el enriquecimiento ambiental estuvo ausente. No se observó la provisión de estímulos específicos que aumentaran la actividad mental y física de los animales y en general esto no es considerado parte del manejo de los animales por parte de sus cuidadores.

 

Durante las charlas realizadas con algunos de los cuidadores se logró establecer el desconocimiento de muchos patrones conductuales básicos de las especies que tienen bajo su cuidado y por lo cual su manejo general y comportamental puede ser deficiente y muchas veces cruel.

 

5.10.5.          Valoración de los encierros y seguridad:

 

En general se puede expresar que ninguno de los encierros revisados contiene características que puedan alojar con seguridad y bienestar a los animales. En muchos casos se observó una gran dificultad para realizar actividades de restricción e inclusive de aseo debido a su diseño, además la presencia cercana de público de una manera permanente y la inadecuada contención del mismo hace que se puedan presentar accidentes hacia o por los animales.

 

Sobre los encierros en donde se realizan las funciones, las barreras de contención podrían ser penetradas por algunos animales poniendo en riesgo la integridad de todas las personas presentes e inclusive en las cercanías del circo.

 

Debido al constante movimiento de los circos a través del país, los animales son mantenidos en muchos casos en encierros de transporte, lo cual facilita su manejo pero compromete su bienestar.

 

En el caso de los primates se observó en todos los circos siendo mantenidos de una manera no adecuada. El mantener especies sociales tales como los primates de una manera solitaria y el aburrimiento causado por ciertas prácticas de manejo son más estresantes fisiológica y mentalmente que el dolor.

 

5.10.6.          Otras consideraciones:

 

Los aportes a la educación para la conservación de las especies que transmiten los circos puede considerarse negativo ya que al manejar los animales limitando el desarrollo de sus comportamientos naturales y promoviendo el desarrollo de sus comportamientos anormales, la información que se puede generar sobre la especie es errónea y crea confusión en el público general, esto puede impulsar incluso al deseo de obtener animales provenientes del tráfico ilegal para ser mantenidos como mascotas.

 

5.11.      Resultados de la Investigación adelantada por el Ministerio de Ambiente en el año 2002, respecto al estado de salud de los animales en los circos objeto de estudio.

 

A continuación se relaciona el inventario de los animales que para 2002 estaban presentes en los circos nacionales e internacionales que se estaban presentando en el país y su estado de salud.

 

5.11.1.          Circos Nacionales:

 

5.11.1.1.              Caribian Circus:

 

Especie Sexo Observaciones
León   MachoAdulto Presenta cicatrices en el lomo, en las extremidades y en la cara. Al momento del examen se evidenció que el animal presenta problema renal, lesión a nivel de cadera con daño óseo, locomoción no continua, presencia de dolor, pelaje sin brillo, peso bajo, condición corporal mala. Se observaron condiciones sanitarias deficientes. Se le aplicaron medicamentos para atenuar dolor. Dentro de las anormalidades hematológicas se encontró eritrocitosis, alto nivel del hematocrito, alto nivel de hemoglobina. Caso de deshidratación
León   Macho adulto Presenta cicatrices en la región lumbar y en el cuerpo. Al momento del examen se evidenció que el animal presenta bajo peso, condición corporal regular, nutrición deficiente. Dentro de las anormalidades hematológicas se encontró eritrocitosis, alto nivel del hematocrito, alto nivel de hemoglobina, leucocitosis, Neutrofilia, Linfopenia
León   Hembra adulta Presenta cicatrices en el lomo, extremidades, cara, Presenta nutrición deficiente, Manejo sanitario deficiente. Al momento del examen se evidenció que el animal presentaba anemia. 

 

 

5.11.2.          Orlan Circus:

 

Especie Sexo Observaciones
Mono Araña  Hembra Registra alopecia en diferentes partes del cuerpo. El pelaje presenta muestra de mala nutrición, se encuentra áspero y sin brillo. Registra ausencia de un dedo en la pata izquierda. Permanece atada al cuello con una cadena. Durante la exhibición del circo, en la función, cabalga un Pony usando un disfraz. No tiene enriquecimiento ambiental.Nota: Esta especie se encuentra amenazada de extinción en el territorio nacional.
León   Macho adulto Presenta cicatrices en la cara y cuerpo. Al momento de la valoración el animal registró sobrepeso, presencia de excesiva grasa abdominal, registró pulpa expuesta tanto del incisivo superior izquierdo como del canino superior derecho. Registró mutilaciones de las garras delanteras. Enriquecimiento ambiental bastante deficiente.
Avestruz Hembra adulta Al momento de la valoración, el animal registró cicatrices en el cuerpo. Nutrición inadecuada.
Avestruz Hembra adulta Al momento de la valoración, el animal registró cicatrices en el cuerpo. Nutrición inadecuada.
Avestruz Macho adulta Al momento de la valoración, el animal registró cicatrices en el cuerpo. Nutrición inadecuada. Registró picaje por todo el cuerpo presumiblemente realizado por el mismo.

 

Es importante anotar que este Circo no demostró el origen legal de los animales anteriormente mencionados.

 

5.11.3.          Circo de las Vegas:

 

Especie Sexo Observaciones
Oso Siberiano  Macho adulto Al momento de la valoración presentó problemas respiratorios. Registró desgaste en los incisivos y el incisivo superior estaba partido. Presenta problemas de nutrición. Malas condiciones en el encierro.
Oso Siberiano  Macho adulto Al momento de la valoración presentó problemas respiratorios. Registró desgaste en los incisivos y el incisivo superior estaba partido. Presenta problemas de nutrición. Malas condiciones en el encierro. Se recomienda su reubicación.
Oso Siberiano  Hembra adulta Al momento de la valoración presentó problemas respiratorios. Registró desgaste en los incisivos y el incisivo superior estaba partido. Presenta problemas de nutrición. Malas condiciones en el encierro. Se recomienda su reubicación. Ausencia de garras delanteras. Condiciones higiénicas deficientes.
Macaco   Macho adulto Al momento de la valoración registró cicatrices en el lomo y extremidades. Presenta ausencia generalizada de dientes salvo dos incisivos superiores y molares. Le faltan todos los dedos de la pata izquierda. Fue observado realizando coprofagía no selectiva. El encierro que tiene no es el adecuado. No tiene ningún enriquecimiento ambiental. Su patrón conductual natural está totalmente restringido. La valoración hematológica arrojó un compromiso hepático en el que puede presentarse una lesión que compromete la arquitectura hepática.
Cebra   Hembra adulta Registró malas condiciones higiénicas del encierro.
León   Hembra adulta Al momento de la valoración, se encontraron 4 caninos inferiores rotos con conducto degradado, mala nutrición y malas condiciones del encierro sin enriquecimiento ambiental. La valoración hematológica arrojó una falla en la excreción normal por parte de los riñones, insuficiencia renal  La producción de úrea se reduce por un bajo consumo de proteínas o una pobre función hepática.
León   Hembra adulta Al momento de la valoración, se encontraron 4 caninos inferiores rotos con conducto degradado, mala nutrición y malas condiciones del encierro sin enriquecimiento ambiental. La valoración hematológica arrojó  una pobre función hepática debido a un consumo insuficiente de proteínas.
León  Macho adulto Al momento de la valoración, se le encontró un papiloma muslo izquierdo. Carece de 2 incisivos superiores. Registró mala nutrición y malas condiciones del encierro sin enriquecimiento ambiental. La valoración hematológica arrojó insuficiencia renal La producción de úrea se reduce por un bajo consumo de proteínas o una pobre función hepática.
León   Macho adulto Se le encontró ausencia de incisivos medio superior, cicatriz en la rodilla izquierda por mordida. Ausencia de garras anteriores. Presentó regurgitación de contenido estomacal. Malas condiciones del encierro sin enriquecimiento ambiental. La valoración hematológica arrojó una presunta infestación parasitaria que cursa migración dentro del organismo
León   Macho adulto Al momento de la valoración, se le encontró abscesos subcutáneos de grasa. Ausencia de incisivos superiores.Registró mala nutrición y malas condiciones del encierro sin enriquecimiento ambiental. La valoración hematológica arrojó linfocitosis, Eosinofilia, Bajo (BUN). Diagnóstico presuntivo procesos neoplásicos, hipersensibilidad inmunomediada o infestación parasitaria que cursa migración dentro del organismo

 

5.11.4.          Circo Mágico Tayde:

 

Especie Sexo Observaciones
Mono araña negro   HembraAdulta Al momento de la valoración, presentó alopecia diseminada en el cuerpo por deficiencia nutricional, presenta cálculos en los molares, gingivitis aguda.
Mono araña café   Macho adulto Al momento de la valoración, presentó abscesos bilaterales, fístulas por caninos superiores necrosados. Los colmillos superiores fueron limados. Los animales son encadenados, no participan en la rutina de entrenamiento del circo. Lo dejan sólo para se cuelgue y haga ejercicio. Esta especie se encuentra amenazada en el territorio nacional.
León  Hembra adulta Al momento del examen, registraba cicatrices en los párpados, en la cabeza, Piel áspera sin brillo, grasosa. Cálculos dentales, Colmillos superiores e inferiores razados, 2 palmas desgarradas, parásitos gástricos por posible contaminación por caninos, registró vómitos y parásitos.
León  Hembra adulta Al momento del examen, registró  cicatrices en los párpados y en la frente, Piel áspera sin brillo, grasosa. Traumas alrededor de la piel de los ojos. Registró piojos. Gingivitis aguda por sarro y Cálculos dentales, palmas desgarradas
Puma   Macho adulto Al momento del examen, registró lesión en párpado derecho y trauma en dicho párpado. Cicatrices sobre el lomo. Dermatitis en la nariz. Ausencia de colmillos. Ausencia de garras. Este ejemplar debe ser decomisado definitivamente y reubicado. 

 

                        

5.11.5.          Circo Estrella Hermanos Monsalve:

 

Especie Sexo Observaciones
León  Macho adulto Al momento del examen, se observo presencia de garras en ambas extremidades. Presenta desnutrición y es necesaria su desparasitación. 
Mono araña café   No determinado No tiene origen legal. Presentó lesión permanente en el ojo derecho, sin visión. Plumas primarias incompletas. 
Mono araña   Hembra joven No tiene origen legal. Registra alopecia en articulaciones y frente. Pelaje opaco y áspero. Registró impronta. Se le observó moco e materia fecal.  

 

5.11.6.          TV Circo de Bebé:   

 

Especie Sexo Observaciones
León  Macho adulto Al momento de la valoración, registró alopecia en articulaciones con laceraciones superficiales, mutilaciones en las garras delanteras y traseras, necesita en forma urgente desparasitación y mejoramiento de las condiciones ambientales.  
León  Hembra adulta Al momento de la valoración se encontró ausencia de garras delanteras,

 

 

 

 

 

 

5.12.      Circos Internacionales que se encontraban de visita en el país:

 

5.12.1.          Circo Azteca:     (Ecuador)      

 

 

Especie Sexo Observaciones
León   HembraAdulta Carece de garras en las manos. Al momento del examen, se evidenció que es necesario el enriquecimiento ambiental, cambiar el encierro y mejorar los aspectos sanitarios, nutricionales y veterinarios
León   Hembra adulta Carece de garras en las manos. Al momento del examen, se evidenció presencia de gingivitis aguda y la necesidad de adecuar  el enriquecimiento ambiental, cambiar el encierro y mejorar los aspectos sanitarios, nutricionales.
León  Macho juvenil Al momento del examen, no presentaba garras, registró bajo peso y condiciones sanitarias deficientes.
León  Macho adulto Presenta cicatrices en los miembros posteriores, ausencia de canino superior izquierdo, pulpitis en caninos restantes, se les recomendó cambiar el encierro, adecuar el enriquecimiento ambiental, mejorar manejo sanitario, nutricional y veterinario
León  Macho jòven Presenta cicatrices en las extremidades. Es necesario cambiar el encierro, adecuar el enriquecimiento ambiental, mejorar manejo sanitario, nutricional y veterinario
León   Hembra joven Presentó traumas en la mano derecha. Inflamaciones en las articulaciones. Carece de garras en las manos. Al momento del examen, se evidenció presencia de gingivitis aguda y la necesidad de adecuar  el enriquecimiento ambiental, cambiar el encierro y mejorar los aspectos sanitarios, nutricionales
León  Macho adulto Se les recomendó cambiar el encierro, adecuar el enriquecimiento ambiental, mejorar manejo sanitario, nutricional y  veterinario.
Avestruz Macho adulto El animal se encontraba en muy mal estado al momento de la valoración. Presentaba lesiones en las articulaciones de la cadera y tarso metatarsiano. Se encontró en un encierro no adecuado. Se evidenció una pésima nutrición al animal.
Oso de anteojos   Macho adulto Al momento del examen, se observó ausencia de garras delanteras. En la valoración se recomendó que el espécimen entre a un programa de conservación. Registró un encierro no adecuado, no hay enriquecimiento ambiental ni manejo veterinario.
Oso de anteojos  Hembra adulta Presenta en el ojo derecho, cataratas y glaucoma. Se encontró en un encierro no adecuado. Sin enriquecimiento, ni manejo adecuado. Se sugiere su reubicación.

 

 

Nota: Los felinos de este circo registraron de acuerdo con la valoración hematológica realizada, anormalidades como alta deshidratación, presencia de abscesos e inflamaciones y anemia. Los osos registraron anemia principalmente.

 

 

 

 

5.12.2.          Circo Royal Dumbar (Ecuador).

 

 

Especie Sexo Observaciones
León  Macho adulto Al momento de la valoración, registró extirpación total de garras delanteras. Se le sugirió al dueño del circo cambiar el encierro, mejorar limpieza y condiciones de higiene.

 

 

 

 

  1. 6.    CONCLUSIONES

 

Con esta exposición de motivos, hemos logrado demostrar que la importancia del bienestar animal y su influencia en la vida humana está científicamente comprobada. Filósofos, políticos, expertos legales y economistas, concuerdan en que es necesaria su incorporación a las prácticas de producción pecuaria y respecto a la fauna en general.

 

La necesidad de ocuparnos de los animales así como el deber moral de los humanos de velar por su bienestar deviene como algo obvio dado el grado en que dependemos de ellos para nuestra alimentación, trabajo, sustento y por motivos culturales y psicológicos.

 

Respecto al tema de la producción pecuaria intensiva, la Asociación Americana de Salud Pública hizo un llamado para que se pusiera una moratoria a la construcción de nuevas granjas industriales hasta que se recolecte más evidencia científica sobre los riesgos que implica este sistema de crianza y los efectos ambientales de esas operaciones, especialmente con respecto a la exposición de infantes y niños.

 

 

 

En el año 2001, un reporte del Banco Mundial dijo que al crecer el sector ganadero, «existe un riesgo importante de que las personas con menos recursos pobres estén siendo arrastrados a poblar sectores territoriales cada vez más reducidos, se esté erosionando el ambiente y se esté amenazando la seguridad alimentaria mundial.» Se prometió el uso de un «enfoque centrado en la gente» para los proyectos de desarrollo de ganado que reduciría la pobreza, protegerían el ambiente, aseguraría la seguridad alimentaria y promovería el bienestar animal.

 

Es hora que los colombianos tomemos actitudes preventivas y no reactivas cuando ya los problemas sean manifiestos.  Por ello, es nuestro deber legislar con el fin de que no se promuevan o refuercen el crecimiento de sistemas de crianza intensivos de animales de granja. Si se quieren evitar los potenciales efectos dañinos este tipo de producción industrializada, los cuales ya hemos mencionado con todo el rigor y fundamento científico  posibles.

 

Este proyecto de Ley, representa una oportunidad histórica con el fin de investigar y apoyar las opciones sostenibles de producción pecuaria, como alternativas a los sistemas de crianza intensivos, tales como la cría de corral y la agricultura orgánica, y de comprometer a los agricultores del país a comprometerse con su implementación y ayudar a recuperar las áreas rurales de nuestros campos tan afectados por el fenómeno de la violencia y el desplazamiento.

 

La producción pecuaria intensiva es un mal augurio para el bienestar animal y un mal augurio para los países en desarrollo. Tenemos que se concientes que no se van a lograr las metas del milenio para reducir la pobreza sin atacar los problemas causados por la producción pecuaria intensiva.

 

Igualmente, subyace en este proyecto una excelente forma de precaver las consecuencias negativas en la vida y la salud humana que conllevan la industria de la producción pecuaria intensiva.  Debemos hacer un énfasis grande en mejorar el conocimiento de los granjeros y de la población en general sobre la fuerte relación existente entre la salud humana y bienestar animal.  Así, lograríamos educar a los consumidores sobre las consecuencias adversas que representan en su salud los sistemas de crianza intensivos.

 

Es importante recordar que somos lo que comemos y, cuando ingerimos alimentos de origen animal, obtenidos mediante el uso indiscriminado de hormonas, antibióticos y otros productos que aceleran el ciclo natural de crecimiento o de productividad del animal, ello interfiere, como lo demostramos anteriormente, en nuestro bienestar físico y mental.

 

Las tendencias globales son claras.  Análisis científicos de la Unión Europea (UE) han llevado a restringir la crianza industrializada basándose en el bienestar animal.  A partir del año 2013 el uso prolongado de compartimentos para cerdas reproductoras, no será permitido en la UE.  Los países bajos prohibieron las jaulas en el año 2005 y Finlandia lo hizo en el 2006.  En noviembre de 2002, los ciudadanos de florida (EEUU) votaron para reformar la constitución del Estado con el fin de declarar ilegal el uso de jaulas de gestación para cerdas de reproducción.

 

Igualmente ha ocurrido con la industria de las aves de corral.  En 1999, la UE aprobó una legislación para prohibir el uso de las baterías de jaulas en el año 2012.  Austria fue un paso más allá al prohibir todas las jaulas, aun las enriquecidas ambientalmente para el año 2009.  Vemos como el mundo está tomando un norte y, si queremos conservar las puertas de los grandes mercados globales abiertas, es menester ir adaptando nuestros sistemas de producción a lo que demandan los grandes consumidores extranjeros.

 

Por otro lado, debemos recordar que el trato sensible hacia los animales nunca es inapropiado.  La forma de interactuar con nuestro medio, es un reflejo de la forma en cómo interactuamos entre nosotros mismos.  No somos los dueños del mundo; lo compartimos junto a muchas otras especies y, por esa razón vale la pena hacer un alto en el camino y replantearnos nuestra forma de relacionarnos con ellas para enmarcarlo en un contexto de respeto.

 

Prestar consideración al bienestar de animales, bien sea de granja para consumo humano, producción, mascotas, de granja, y demás, puede mejorar las vidas tanto de los animales como de las personas, así como proteger el ambiente.

Respecto a los circos, el uso de animales para entretenimiento se ha restringido e incluso prohibido en algunos países como Suecia, India, Finlandia, Suiza y Dinamarca. A los circos en Inglaterra por lo regular se les niegan los permisos y en los Estados Unidos muchos gobernadores han prohibido actos con animales.

A principios de este año, el Concejo de Medellín aprobó el Acuerdo 07 de 2008 por el cual se declara a Medellín ciudad contraria a espectáculos en los que se maltraten, torturen o maten animales y creemos que es un ejemplo que debe seguirse y liberar por fin a nuestro país de ese estigma que representan los circos que se valen del maltrato animal para llevar diversión al público.

Igualmente, el Senado de la República de Colombia, en sesión plenaria celebrada el día 11 de junio de 2008, mediante la Proposición No. 334 de 2008, dio su apoyo a la DECLARACIÓN UNIVERSAL SOBRE BIENESTAR ANIMAL (DUBA).   La DUBA es abanderada por 5 países miembros de la ONU (Kenia, Costa Rica, India, Filipinas y República Checa y promovida por la WSPA (World Society for the Protection of Animals), institución mundial que agrupa 910 organizaciones de protección y bienestar animal de 153 países y su objetivo es lograr una Declaración Universal por parte de la ONU que reconozca a los animales como seres que sienten, que son capaces de experimentar dolor, angustia, sufrimiento y placer y que el bienestar animal sea visto como un asunto de importancia como parte del desarrollo social de las naciones del mundo. 

 

El Ministerio de Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, al igual que el Ministerio de Agricultura, recientemente firmaron la DUBA y eso pone de manifiesto un interés nacional y de gobierno en la incorporación de los lineamientos que las políticas de Bienestar Animal establecen en Colombia, en los aspectos señalados previamente.  Con estos antecedentes, debe pensarse seriamente en la conveniencia y aprobación de esta iniciativa legislativa.

 

 

 

 

ELSA GLADYS CIFUENTES                     JAIRO CLOPATOFSKY GHISAYS

Senadora de la República                          Senador de la República

 

 

 

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[1] Extraído del texto, LOS ANIMALES Y LAS PERSONAS PRIMERO.  ¿POR QUÉ EL BIENESTAR ANIMAL ES IMPORTANTE PARA ALIMENTAR A LA GENTE, PARA EL COMERCIO Y PARA EL FUTURO?. DANIELA MARTINO. 2006.

[2] World Trade Organization 1995 Agreement on Agriculture. WTO Geneva.

[3] Eurobarometer 2005 Attitudes of Consumers Towards the Welfare of Farmed Animals. European Commission Brussels

[4] Rollin 2004 The ethical imperative to control pain and suffering in farm animals. In Benson & Rollin eds, The Well-Being of Farm Animals: Challenges and Solutions. Blackwell Ames

[5] Pretty & Hine 2001 Reducing Food Poverty with Sustainable Agriculture. UK Department of International Development London

[6] Phillips & Piggins eds 1992 Farm Animals and the Environment. CAB International Wallingford

[7] Fisher & Bowles 2002 Hard-Boiled Reality: Animal Welfare-Friendly Egg Production in a Global Market. RSPCA Horsham

[8] Profesor John Hodges, Universidad de Columbia Británica.

[9] Garcés 2002 The Detrimental Impacts of Industrial Animal Agriculture. Compassion in World Farming

Trust Petersfield.

[10] Hodges 2005 Cheap food and feeding the world sustainably. Livestock Production Science 92, 1

[11] McInerney 1998 The economics of welfare. In Michell & Ewbank eds, Ethics, Welfare, Law and Market Forces: The Veterinary Interface. Universities Federation for Animal Welfare Wheathampstead

[12] Eurobarometer 2005 Attitudes of Consumers Towards the Welfare of Farmed Animals. European Commission Brussels

[13] RSPCA & Eurogroup for Animal Welfare 2005 Developing Animal Welfare: The Opportunities for Trade in High Welfare Products from Developing Countries. RSPCA Horsham

[14] Second World Water Forum 2000 World water challenges for the twenty-first century. http://www.waternunc.com.

[15] Garcés 2002 The Detrimental Impacts of Industrial Animal Agriculture. Compassion in World Farming

Trust Petersfield

[16] Appleby 2005 Sustainable agriculture is humane, humane agriculture is sustainable. J Agricultural and

Environmental Ethics 18, 293

[17] LA PRODUCCIÓN PECUARIA INTENSIVA PARTE DEL PROBLEMA DE LA POBREZA. Janice Cox. 2007.

[18] Millstone, E. y T. Lang, El Atlas “Penguin¨ de los Alimentos (Penguin Books, 2003)

[19] Comisión Europea, Comité Científico de la Salud y el Bienestar Animal, “El bienestar de los Pollos Mantenidos para Producción de Carne (Parrilladas)”, adoptado el 21 de marzo del año 2000

http://europa.eu.int/comm/food/fs/sc/scah/ out39_en.pdf

Comisión Europea, Comité Científico Veterinario – Sección de Bienestar Animal, “Reporte sobre el Bienestar de las Gallinas Ponedoras”, 30 de octubre de 1996 http://europa.eu.int/comm/food/fs/sc/oldco

mm4/out33_en.pdf

[20] Ibid.

[21] Comisión Europea, Comité Científico Veterinario, “El Bienestar de Cerdos en Mantenimiento intensivo”, adoptado el 30 de septiembre de 1997

Haz clic para acceder a out17_en.pdf

[22] Comisión Europea, Comité Científico de la Salud y el Bienestar Animal, “El Bienestar del Ganado para la Producción de Carne”, adoptado el 25 de abril del año 2001

Haz clic para acceder a out54_en.pdf

 

[23]Extraido del libro LA PRODUCCIÓN PECUARIA INTENSIVA PARTE DEL PROBLEMA DE LA POBREZA. Janice Cox. 2007.

 

[24] FAO, “El estado de la inseguridad alimentaria en el mundo en el año 2006- Erradicando la hambruna mundial: tomando las provisiones diez años después de la cumbre mundial alimentaría” (FAO, 2006) http://www.fao.org/docrep/009/a0750e/a0750e00.htm

[25] FAO, “El estado de la inseguridad alimentaria en el mundo en el año 2004- Monitoreando el progreso hacia la cumbre mundial alimentaría y el desarrollo de las metas del milenio” (FAO, 2004) http://www.fao.org/docrep/007/y5650e/y5650e00.htm

[26] Sheram, Katherine y Tatiana P. Soubbotina, “Más allá del Crecimiento Económico- Enfrentando los retos del Desarrollo Global” (IBRD/Banco Mundial, 2000).

[27] Banco Mundial, “Indicadores del desarrollo mundial en el año 2000” (Banco Mundial, 2000).

[28] FAO, “Comercio Agrícola y Seguridad Alimentaría – Temas y opciones en las negociaciones de la WTO desde la perspectiva de los países en desarrollo-Volumen 1: Temas y Opciones” (FAO, 2000) – Reporte y ponencias del simposio de la FAO, celebrado el 23 y el 24 de septiembre de 1999 en Génova y Dixon, John y Aidan Gulliver con David Gibon, “Sistemas Agrícolas y Pobreza – Mejorando la forma de vida de los agricultores en un mundo cambiante” (FAO/Banco Mundial, 2001) http://www.fao.org/farmingsystems

[29] Cox, Janice y Sari Varpama, “Revolución ganadera – ¿Desarrollo o Destrucción?” (CIWF, 2000)

[30] Schwind, Kirsten, “Hacia lo Local en una Escala Global: Replanteando el Comercio Alimentario en la Era de Cambio Climático, Inundación de Basura y Pobreza Rural” en Backgrounder, volumen 11, No. 2, Primavera/Verano 2005(Alimentos Primero/Instituto de Políticas en Alimentación y Desarrollo) http://www.foodfirst.org/issues/alternativemodels

[31] Burinsma, Jelle (ed.), “Agricultura Mundial: hacia 2015/2030 – Una perspectiva de FAO” (FAO, 2003)

http://www.fao.org/documents/show_cdr.asp?url_file=/DOCREP/005/Y4252E/Y4252E00.HTM

 

[32] OECD y FAO, “OECD-FAO Panorama Agrícola 2005-2014“ (OECD/FAO, 2005)

http://www.oecd.org/document/5/0,2340,en_2649_201185_35015941_1_1_1_1,00.html

[33] Bradford, G.E, “Contribuciones de la agricultura animal para satisfacer la demanda global de la alimentación humana” En Ciencias de la Producción Ganadera, Volumen 59, Ediciones 2-3, Junio 1999

[34] Nierenberg, Danielle, “Granjas Industriales en el Mundo en Desarrollo” en la revista “World Watch”, Volumen 16, No. 3, Mayo/Junio 2003

[35] OECD y FAO, “OECD-FAO Panorama agrícola 2005-2014” (OECD/FAO, 2005)

[36] Garcés, Leah, “Los Impactos en Detrimento de la Industria Agropecuaria” (CIWF Trust, 2002) http://www.ciwf.org.uk/publications/farming_enviornment.html

[37] OECD y FAO, “OECD-FAO Panorama Agrícola 2005-2014” (OECD/FAO, 2005)

[38] Le-Muire Jones, Pattrice (Alianza Hambruna Global), “Globalización de la Industria Agropecuaria: Implicaciones para Sur de Asia” – Ponencia presentada en la quinta conferencia anual del Instituto de Política para el Desarrollo Sostenible sobre desarrollo sostenible en Asia del Sur, Noviembre 2002, Islamabad http://www.globalhunger.net/talk1102.html

[39] “Hipocresía del Mercado de Negocios Agrícola” (editorial) en Monitor Multinacional, Volumen 21, No.7 y 8, Julio/Agosto 2000 http://multinationalmonitor.org/mm2000/00july-aug/editorial.html

[40] Tabla de Sustentabilidad http://www.sustainabletable.org/issues/communities/

[41] Stumo, Michael, “En Control Firme – Concentración Industrial en el Mercado Ganadero de Estados Unidos” En Monitor Multinacional, Volumen 21, No. 7 y 8, Julio/Agosto 2000 http://www.multinationalmonitor.org/mm2000/00july-aug/stumo.html

[42] Testerink-Mass, Elizabeth, “Respuesta Demográfica sobre la Comercialización en la Agricultura. Un estudio de caso en Swazilandia”

[43] Compasión en la Agricultura Mundial http://www.ciwf.org.uk/eatlessmeat/html/poverty.html

[44] Gold, Mark, ”Los Beneficios Globales de Comer Menos Carne” (CIWF Trust, 2004)

http://www.ciwf.org.uk/publications/farming_enviornment.html

[45] Citado en Goodland, Robert, “Contribución Ambiental del Sector Ganadero” en Hardtlein M., M.

Kaltschmitt, M Lewandowski y H. Wurl (eds.), “ Sostenibilidad en la agricultura: Agricultura en una encrucijada entre ecología, economía y ciencia social” (Imprenta de la Fundación Federal Alemana del Ambiente, 1999)

[46] Federación Internacional de Movimientos de Agricultura Orgánica (IFOAM)

http://www.ifoam.org/organic_facts/food/index.html

[47] Extraido del estudio “CRÍA INTENSIVA DE ANIMALES DE GRANJA – ¿LA PRÓXIMA CRISIS MUNDIAL DE SALUD?. Danielle Nierenberg, Worldwatch Institute y Leah Garcés, WSPA. 2004”

 

[48] de Haan, Cees et al, (1997), Livestock and the Environment:Finding a Balance, p. 53 of a report of a study coordinated by FAO, U.S. Agency for International Development, and World Bank, Brussels; FAO (October, 2002), Meat and Meat Products, p. 11, FAO Food Outlook No. 4; Nierenberg, Danielle, (2003), MeatProduction and Consumption Grow, pp. 30-31, Vital Signs, W.W. Norton, New York; U.N. Food and Agriculture Organization (FAO), FAOSTAT Statistical Database, apps.fao.org; idem, (October 2002), Meat and Meat Products, p. 11, Food Outlook No. 4.

[49] Delgado, Christopher, et al, (1999), Livestock to 2020: The NextFood Revolution, International Food Policy Research Institute, Washington DC.

[50] Idem

[51] WHO, (2000), Food-borne Disease: A Focus for Health Education, Geneva.

[52] Mead, Paul S, et al, (September/October 1999), Food-related Illness and Death in the United States, p. 607, Emerging Infectious Diseases.

[53] http://www.cfsan.fda.gov/~mow Bad Bug Book, Foodborne Pathogenic Microorganisms and Natural Toxins Handbook; WHO, (2000), Foodborne Disease: A Focus for Health Education, Geneva; WHO, (January, 1997) Multi-drug Resistant Salmonella typhimurium Fact Sheet No. 130, Geneva; Fletcher, Anthony, (April 23, 2004), Campylobacter Reviewed Food Production Daily; U.S. Food and Drug Administration (FDA), Camplyobacter Jejun in and Center for Food Safety and Applied Nutrition http://www.foodproductiondaily.com/news/news-NG.asp?id=51567

[54] Calnek, B.W, (Editor), (1997), Campylobacteriosis, Diseases of Poultry, 10th Edition, Mosby-Wolfe, Iowa State University, p235-245.

[55] Food Standards Agency, (16 August,2001), Salmonella in retailchicken drops to all time low but the battle with campylobactercontinues, http://www.food.gov.uk/news/pressreleases/2001/aug/salmonellachick

[56] Kessel, A S, Gillespie, I A, O’Brien, S J, Adak, G K, Humphrey, T J and Ward, L R, (2001), General outbreaks of Infectious Intestinal Disease linked with poultry, England and Wales 1992-1999, PHLS CDSC,Commun Dis Public Health; 3: 171-7.

[57] Engel, Cindy, (2002), Wild Health. How Animals KeepThemselves Well and What We Can Learn From Them,Weindenfeld & Nicolson, London.

[58] U.S. Senate Committee on Agriculture, (December, 1997), Nutrition, & Forestry, ‘Animal Waste Pollution in America: An Emerging National Problem’, p. 11 of a report compiled for Senator Tom Harkin.

[59] Calnek, B.W, (Editor), (1997), Campylobacteriosis, Diseases of Poultry, 10th Edition, Mosby-Wolfe, Iowa State University, p235-245.

[60] Petersen, L, Nielsen, E M, Engberg, J, On, S L W, and Dietz, H H, (July, 2001), Comparison of genotypes and Serotypescheckword of C. jejuni Isolated from Danish Wild Mammals and Birds and from Broiler Flocks and Humans, Applied and Environmental Microbiology. Vol 67, No. 7 pp. 3115-3121, Danish Vet. Lab. Department of poultry, fish and fur animals, Aarhus, Denmark.

[61] http://www.cfsan.fda.gov/~mow Bad Bug Book, Foodborne Pathogenic Microorganisms and Natural Toxins Handbook; WHO, (2000), Foodborne Disease: A Focus for Health Education, Geneva; WHO, (January, 1997) Multi-drug Resistant Salmonella typhimurium Fact Sheet No. 130, Geneva; Fletcher, Anthony,

(April 23, 2004), Campylobacter Reviewed Food Production Daily; U.S. Food and Drug Administration (FDA), Camplyobacter Jejun in and Center for Food Safety and Applied Nutrition

http://www.foodproductiondaily.com/news/news-NG.asp?id=51567

[62] WHO, (5 May, 2004), Recommendations from WHO’s consultation on zoonoses, http://www.who.int/mediacentre/news/briefings/2004/mb3/en/

[63] FAO, (2004), Animal Health and Production Division, Avian Influenza – Questions & Answers, http://www.fao.org/ag/againfo/subjects/en/health/diseasescards/avian_qa.html

[64] WHO, (January, 2004), Avian Influenza, Fact Sheet No 277, http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs277/en/;

FAO, (28 January, 2004), High Geographic Concentration May Have Favored the Spread of Avian Flu,

http://www.fao.org/newsroom/en/news/2004/36147/index.html

[65] Leahy, Stephen, (27 August, 2004), Bird Flu Defeated – a High Cost, IPS News Service Agency.

[66] Fritsch, Peter, (19 June, 2003), Scientists Search for Human Hand Behind Outbreak of Jungle Virus, Wall Street Journal, p.1; Bienen, Leslie, (2003), Bats Suspected in Disease Outbreak, Frontiers in Ecology, The Ecological Society of America, p. 117; Daszak, Peter, (2003), Peter Daszak’s Comments on the 60 Minutes Nipah Virus Report.

[67] European Commission Health and Consumer Protection Directorate-General, (Adopted on 3 July, 2001),Opinion of the Scientific Committee on Animal Nutrition on the Criteria forAssessing the Safety of Micro-organisms Resistant to Antibiotics of Human Clinical and Veterinary Importance.

[68] WHO and FAO, (2003), Antimicrobial Resistance Fact Sheet, No. 194, Geneva.

[69] Animal Pharm, (July 6 , 2001), EU growth promoter ban closer, No. 472.

[70] Mellon, Margaret, Charles Benbrook, and Lutz Benbrook, Karen, (2001), Hogging It! Estimates of Antimicrobial Abuse in Livestock, Union of Concerned Scientists, Washington DC.

[71] Hanson, R, Kaneene, J B, Padungtod, P, Hirokawa, K, Zeno, C (2002), Prevalence of Salmonella and E. coli, and their resistanceto antimicrobial agents, in farming communities in Northern Thailand, Southeast Asian Journal of Tropical Medical Public Health, Suppl 3: 120-6.

[72] Brown, David, (July, 2003), Gains from Antibiotic Ban Noted, p. A11, Washington Post (27 March, 2002); Henrik C. Wegener, et al., (July, 2003) ‘Salmonella Control Programs in Denmark’, Emerging Infectious Diseases, v. 9, no. 7.

[73] Center For International Environmental Law, (May, 2004), Impacts of Persistent Organic Pollutants, CIEL, Washington DC. N.B. Not all POPs chemicals have the same health impacts. For more specific information on the health impacts associated with specific POP chemicals see WWF Issue Brief, ‘Persistent Organic Pollutants: Hand Me Down Poisons that Threaten Wildlife and People’, (Washington DC, WWF, January 1999), available at http://www.worldwildlife.org; Physicians for Social Responsibility, (February, 1998), POPs and Human Health, 13 PSR MONITOR 4; WWF, (September, 1998), Chemicals that Compromise Life: A Call to Action, Issue Brief , Washington DC, available at URL: http://www.worldwildlife.org

[74] U.S. Senate Committee on Agriculture, (December, 1997), Nutrition, & Forestry, ‘Animal Waste Pollution in America: An Emerging National Problem’, p. 11 of a report compiled for Senator Tom Harkin.

[75] McCasland, Margaret, Nancy Trautman, and Porter, Keith, (May, 1998), Nitrate: Health Effects in Drinking Water, Center for Environmental Research ; Wagenet, Cornell University, Natural Resources Cornell Cooperative Extension View at http://pmep.cce.cornell.edu/facts-slides-self/facts/nit-heefgrw85.

html; Sampat Payal, (January/February, 2000); Groundwater Shock: The Polluting of the World’s Major FreshwaterStores, p. 14; World Watch idem, (2001), Uncovering Groundwater Pollution, p. 27, State of the World 2001, W.W.Norton & Company, New York.

[76] Schiffman, Susan, et al, (1995), The Effect of EnvironmentalOdors Emanating from Commercial Swine Operations on the Moodof Nearby Residents, pp. 369-375, Brain Research Bulletin, v. 37, no. 4.

[77] Thu, Kendall, et al, (1997), A Control Study of the Physicaland Mental Health of Residents Living Near a Large-Scale SwineOperation, pp. 13-26, Journal of Agricultural Safety and Health, v. 3, no. 1.

[78] Chapin, Amy, (Spring, 1999), Environmental Health Effects of Industrial Swine Production, Speaker’s Kit, The Kerr Center for Sustainable Agriculture; Kirkhorn, Steven R, (October, 2002), Community and Environmental Health Effects of ConcentratedAnimal Feeding Operations, Minnesota Medicine, v. 85.

[79] Hamscher, G, HT Pawelzick, S Sczeny, et al., (Accessed April 29, 2004 online at http://ehpnet1.niehs.nih.gov/docs/2003/6288/abstract.html) Antibiotics in dust originating from a pig fattening farm: a new source of health hazard for farmers? Environ Health Perspectives 2003.

[80] Diagnóstico sobre los circos nacionales que exhiben animales silvestres nativos y/o exóticos y el desarrollo de actividades de marcaje, valoración y educación.  Investigación realizada por el Ministerio del Medio Ambiente y la WSPA. 2002. 

[81] Los Animales en los circos.  Documento elaborado por Animal Naturalis Internacional. http://www.animanaturalis.org/619

[82] http://es.wikipedia.org/wiki/Artes_circenses#Historia_del_circo

[83] http://historiasociedadyenigmas.blogspot.com/2007/08/los-orgenes-del-circo.html

[84] http://historiasociedadyenigmas.blogspot.com/2007/08/los-orgenes-del-circo.html

[85] Singer, Liberación Animal, Roma 1987

[86] Los derechos animales, Milán 1990

[87] Los derechos de los animales, bajo la responsabilidad Castiglione y Bataglia, Genova 1986; V. Pocar, Derechos humanos y derechos de los vivientes. Una reflexión sociológica, en Soc. der. 1991, pag. 67 ss.

[88] Una reflexión sociológica, en Soc. der. 1991, pag. 67 ss; Los animales como sujetos de derecho en la legislación italiana, en Materiales para una historia de la cultura jurídica, 1994, pag, 217 ss.

[89] Declaración del 15-10-1978, UNESCO

[90] Información suministrada por Animal Defender International.

“POR LA CUAL SE ESTABLECE LA RECOMPRA DE PILAS, BATERÍAS ELÉCTRICAS Y BASURA ELECTRÓNICA POR PARTE DEL FABRICANTE Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”

PROYECTO DE LEY No. 69 DE 2009 SENADO

 “Por la cual se establece la recompra de pilas, baterías eléctricas y basura electrónica por parte del fabricante y se dictan otras disposiciones”

 El Congreso de La República de Colombia

DECRETA:

 ARTÍCULO 1. OBJETO: La presente ley tiene por objeto determinar y reglamentar la responsabilidad en la disposición final de las pilas, baterías eléctricas y la basura electrónica, cuyo contenido de metales pesados tales como dióxido de Zinc-Manganeso; dióxido de manganeso-magnesio; mercurio con óxido-zinc; plata con óxido-zinc; Litio; litio, entre otros, representen peligro para la vida, el bienestar y la salud de los seres humanos y del medio ambiente en general.

 

ARTÍCULO 2: DEFINICIONES.

RECOMPRA: entiéndase por recompra la recolección de las pilas y baterías eléctricas usadas por parte del fabricante o importador, para proceder a su reciclaje y separación de los metales contaminantes del resto de la pila para su adecuado tratamiento y disposición en aras de neutralizar el riesgo ambiental que dichos residuos implican.

BASURA ELECTRÓNICA: es el conjunto de residuos considerados peligrosos, provenientes de computadoras, teléfonos celulares, televisores y electrodomésticos en general, que han sido consumidos o descartados y que por su alto contenido en metales pesados, requiere de un tratamiento especial para su disposición final.

PILA O BATERÍA ELÉCTRICA: es un dispositivo que convierte energía química en energía eléctrica por un proceso químico transitorio, tras de lo cual cesa su actividad y debe ser reemplazada por una nueva..

ARTICULO 3. Los proveedores o expendedores de pilas, baterías eléctricas o aparatos eléctricos en general, sean comerciantes mayoristas, minoristas o distribuidores tendrán que disponer de contenedores especiales para la recolección y almacenamiento adecuado del producto usado hasta su recolección por parte del fabricante.

ARTÍCULO 4. Los fabricantes o importadores de pilas y baterías eléctricas, como parte de sus programas de responsabilidad social, estarán obligados a la recompra del material usado y almacenado acorde a lo estipulado en el artículo 2 de la presente Ley. 

De igual forma, están obligados a garantizar el depósito adecuado de las pilas, baterías eléctricas previamente usadas y de la basura electrónica en espacios suficientes, idóneos y debidamente controlados para su posterior reciclaje y disposición adecuada para la salud humana y el medio ambiente, de los metales pesados y demás elementos tóxicos contenidos.

ARTICULO 5. El componente de responsabilidad social empresarial se regirá por los siguientes principios:

  • Análisis de Ciclo de Vida: el fabricante de pilas, baterías eléctricas o aparatos eléctricos, en general,  deberá realizar un análisis del impacto ambiental que, conlleve su uso y de los beneficios que acarrea reciclaje en términos de bienestar humano y ambiental.
    • Enfoque de responsabilidad: la responsabilidad social empresarial de las empresas fabricantes de pilas, baterías eléctricas y aparatos eléctricos, en general, debe centrarse en el manejo optimo de la recompra, el re-uso y la neutralización de los metales pesados contenidos en ellas o del reciclaje de los materiales que puedan ser puestos nuevamente en el mercado.
  • Enfoque público: Las Corporaciones Autónomas Regionales y las autoridades municipales, regionales, distritales y metropolitanas tienen la obligación de evaluar y tomar las medidas necesarias para la disposición de estos desechos y evitar en forma efectiva que lleguen a los vertederos o rellenos sanitarios, así como los proyectos de disposición final de la basura tecnológica.
  • Prevención del riesgo y promoción de la cultura del reciclaje: Las empresas productoras y comercializadoras de pilas, baterías eléctricas y artículos electrónicos, en general, en conjunto con el Ministerio de Medio Ambiente, vivienda y Desarrollo Territorial y las autoridades locales, regionales y distritales deberán implementar, dentro de los 6 meses posteriores a la expedición de esta Ley, programas de prevención del riesgo y promoción de la cultura del reciclaje, advirtiendo sobre las consecuencias para la salud de los seres vivos y el medio ambiente en general.

 

ARTÍCULO 6. El Ministerio del Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en conjunto con el Ministerio de Protección Social, reglamentarán, dentro de los 6 meses siguientes a la expedición de la presente Ley, para establecer los parámetros de la recompra, reciclaje y disposición final de metales pesados y demás materiales peligroso para garantizar una producción limpia que asegure que los materiales contaminantes saldrán del mercado en los plazos propuestos sin afectar el medio ambiente y desde donde definan los objetivos, metas y plazos de cumplimiento, determinando claramente las obligaciones de los productores, proveedores y consumidores finales.

 

ARTÍCULO 7. La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

 

 

ELSA GLADYS CIFUENTES ARANZAZU

Senadora de La República


  

Senado de la República

 

PROYECTO DE LEY No. _____ DE 2009 SENADO

 

 

“por la cual se establece la recompra de pilas, baterías eléctricas y basura electrónica por parte del fabricante y se dictan otras disposiciones”

 

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

  1. I.                    FUNDAMENTOS JURÍDICOS:

 

La Constitución Política de Colombia, se establece en su artículo primero que Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.  Y en su artículo 78 parágrafo segundo reza “Serán responsables, de acuerdo con la ley, quienes en la producción y en la comercialización de bienes y servicios, atenten contra la salud, la seguridad y el adecuado aprovisionamiento a consumidores y usuarios”. Así mismo en el artículo 79 se expone que “todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines”

 

 

 

 

II. FUNDAMENTOS MEDIOAMBIENTALES:

 

La presente Ley se fundamenta en la necesidad de reglamentar la disposición final de la basura tecnológica que afecta por sus contenidos contaminantes la salud y el bienestar de los seres vivos dada la contaminación que producen los elementos químicos con los que están fabricados y que en vertederos y a través de los lixiviados pasan a la cadena alimenticia llegando a los ríos y cuando son incinerados al aire que inhalan los seres vivos.

 

Una sola pila tipo doble A contamina 175.00 litros de agua, en la liberación de elementos químicos que terminan contaminando las aguas subterráneas y el suelo.

Las pilas son fabricadas con elementos químicos considerados como tóxicos, de hecho, el 30% de su contenido son materiales que causan daño a la salud y el medio ambiente. Cuando una pila ya no sirve se arroja por lo general a la basura doméstica o a cielo abierto, con el paso del tiempo y por la descomposición de sus elementos se oxidan derramando diferentes tóxicos. Cuando las pilas y otras basuras tecnológicas se incineran aumenta la contaminación por la generación cancerígena como son las dioxinas y furanos, además de la posibilidad que  presentan cuando al hacer contacto con el fuego exploten causando daños mayores en la salud. Estos agentes contaminantes liberados  son volátiles y pueden ser inhalados por las personas y animales produciendo deformaciones.

 

Las pilas son unidades electroquímicas contenidas en una caja con terminales positivos y negativos. Sus componentes químicos se transforman en energía que hace funcionar a los aparatos. Los principales componentes de las pilas son el mercurio, el cadmio, el níquel y el manganeso. La exposición a estos químicos puede provocar delicadas enfermedades. Estudios médicos han demostrado que el consumo constante de alimentos contaminados con mercurio pueden provocar cambios de personalidad, pérdida de visión, memoria, sordera o problemas en los riñones y los pulmones; en mujeres embarazadas el mercurio puede acumularse en la placenta y provocar daños cerebrales y en los tejidos de los neonatos. Por otra parte respirar cadmio produce lesiones en los pulmones y cuando se ingiere generalmente se acumula en los riñones.

 

III FUNDAMENTOS DE RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL VISTA DESDE LA RESPONSABILIDAD EXTENDIDA DEL PRODUCTOR:

 

La Responsabilidad Extendida del Productor (REP) es una de las tendencias que está tomando mayor fuerza en el marco de la sustentabilidad de las empresas. Integra el fenómeno crítico de la Responsabilidad Social Empresaria (RSE) y su proyección en el Desarrollo Sustentable.

 

La REP se define como «la ampliación de las responsabilidades de los productores, a la etapa de post consumo en el ciclo de vida de sus productos».  Este concepto se basa en la premisa que la responsabilidad de implicaciones legales de las empresas en relación con el impacto al ambiente, no acaba con la venta de sus productos[1].

Significa que el productor no sólo se encarga del nacimiento del producto sino que también de la muerte del mismo», lo que se expresa en otras palabras «de la cuna a la tumba». 

Comprende una estrategia central en el diseño de instrumentos para el manejo de envases y embalajes y está siendo fuertemente promovida por los gobiernos de los países miembros de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE).  El requerimiento de responsabilidad por parte de las empresas, en la recuperación y disposición de los empaques y contenedores de sus productos, ha fomentado que los productores hagan esfuerzos por buscar innovaciones y reciclabilidad en sus empaques.

 

En el caso de la Unión Europea, ha impuesto requerimientos para los fabricantes de artículos electrónicos, donde por ley tienen la obligación de recuperar sus productos después de su vida útil para su reciclaje o disposición final.

 

Las políticas gubernamentales sobre Responsabilidad Extendida del Productor, hacen del ambiente una prioridad en las distintas fases del ciclo de vida de productos y servicios, obligando a las empresas a pensar en lo que ocurre fuera de sus instalaciones. Esto demanda al productor, hacer un análisis minucioso de lo que sus actividades implican hacia arriba y hacia abajo de la cadena productiva y pensar en las acciones correctivas, para mitigar los impactos perjudiciales.

Las políticas de REP son también fuentes de oportunidad para que las empresas replanteen sus negocios, pues abren las puertas para crear valor agregado a los clientes a través de la oferta de servicios postventa y de disposición de productos. Así mismo, el tratar de ofrecer una gama de servicios, brinda la oportunidad a la empresa de obtener un mejor conocimiento de las necesidades presentes y futuras de sus clientes.

La REP ha sido adoptada por algunos gobiernos para transferir el manejo de la gestión de los residuos sólidos domiciliarios (incluyendo sus costos) desde el consumidor a los productores, a manera de influir en las características de los productos que pueden ser o son nocivos en la etapa de post-consumo por su volumen, toxicidad y reciclabilidad. (OCDE, 1996)

En el caso particular de la gestión de residuos, ésta estrategia tiene el propósito final de promover la prevención y minimización de los residuos. La OCDE plantea que los acuerdos voluntarios (como una de las vías de implementación de la REP) en el área de gestión de residuos, “podrían” ser útiles para articular el mercado del reciclaje a través del aumento del consumo de materiales secundarios. Sin embargo este planteamiento también debe incluir las oportunidades para la reutilización, o más atrás aún, de la prevención de la contaminación.

La OCDE expresa que existen dos formas básicas para implementar la REP. Una de ellas se relaciona con

(a) la Regulación Directa, ante la ambigüedad de responsabilidad (rol) que pudiesen ocasionar los Instrumentos Económicos en el mercado. En este caso, se establece un mandato sobre el cumplimiento de metas y plazos específicos dirigidos hacia los involucrados, definiendo responsabilidades claras bajo el mismo cuerpo legal.

La misma institución señala, que muchos gobiernos utilizan instrumentos de comando y control que determinan distintos marcos de referencia para los productores, entre los que se encuentran:

(1) estrategias de prevención, reutilización y/o metas de reciclaje,

(2) asignación de responsabilidades individuales dentro de organizaciones industriales, y

(3) distintos requerimientos específicos de acuerdo a la naturaleza del problema. (por ejemplo: asegurar la participación mínima de mercado para productos retornables).

Otra vía de implementación de la REP, podría ser llevada a cabo como parte de

(b) un Acuerdo de Producción Limpia (APL), que asegure que las soluciones sean alcanzadas equitativamente por toda la industria y en los plazos propuestos. En este caso, la negociación entre la autoridad y los actores es parte crucial para definir los objetivos, metas y plazos de cumplimiento, dado que la autoridad puede “traducir” la REP como solo obligaciones para el productor.

 

    ¿Qué es la Responsabilidad Extendida del Productor?

 

Hay una serie de definiciones para la responsabilidad extendida del productor (REP).

En términos generales podemos decir que es el principio de quien contamina paga, aplicada a la gestión de residuos. Algunas definiciones que se han dado a su respecto son:

 

• Es una política ambiental que consiste en que cada productor tiene la responsabilidad de un producto, extendida hasta el post-consumo del ciclo de vida del mismo. Environmental policy approach in wish a producer’s responsibility for a product is extended to the post-consumer stage of a product’s life cycle. (OECD)

• Se define como un principio que promueve el mejoramiento total del ciclo de vida de los productos, por medio de la extensión de las responsabilidades del productor en varias partes del ciclo de vida, especialmente al devolver, recuperar y disponer el producto. (Thomas Lindhqvist)

 

La Responsabilidad Extendida del Productor (REP):

 

La REP es una política de acercamiento en la cual la responsabilidad de la basura de un bien de consumo queda respaldada de forma extendida por el productor del bien, dicha política se está desarrollando en los países miembros de la OECD. Los gobiernos buscan que estos esquemas puedan proporcionar un nuevo y flexible acercamiento para reducir la tendencia ascendente de la basura generada por los productos de consumo.

 

 

 

 

ELSA GLADYS CIFUENTES ARANZAZU

Senadora de La República

 

 

 


[1]  Proyecto de Minimización de Residuos provenientes de Envases y Embalajes. Guía Técnica para la Optimización y Minimización de Envases / Fuente: Sinia.cl 

 

QUE INTERVENGA LA SUPERSERVICIOS, Constancia Septiembre 9 de 2008

La Constitución Política de Colombia establece que los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado.

De acuerdo con lo dispuesto por la Ley 142 de 1994, Ley de Servicios Públicos Domiciliarios, le corresponde al Presidente de la República, ejercer el control, la inspección y vigilancia de las empresas que prestan servicios públicos domiciliarios, todo ello por medio de la Superservicios.

Dentro de sus principales funciones, esta entidad de control, debe evaluar la gestión financiera, técnica y administrativa de las empresas de servicios públicos.

La Superservicios puede, como medida preventiva, ordenar la separación de los cargos que ocupan los gerentes o los miembros de las juntas directivas de las empresas, cuando a su juicio, se estén incumpliendo de manera reiterada, los índices de eficiencia, los indicadores de gestión y las normas de calidad y además también puede tomar posesión de una de tales empresas cuando incurra en las causales fijadas por la ley para el efecto, dentro de las cuales están las de evitar perjuicios graves e indebidos a los usuarios.

Este marco legal se encuentra plenamente vigente y debe servir de instrumento efectivo de defensa para los usuarios individualmente considerados y para la sociedad en general, frente a los ataques que reciben de las malas administraciones de tales empresas.

A pesar de la sensibilidad social que representan las empresas de servicios, dada su injerencia directa en la calidad de vida de toda la comunidad y en el presupuesto de cada una de las familias colombianas, en muchos casos, tales empresas han sido afectadas, en diferentes grados, por actos de corrupción que pueden ir desde el simple saqueo de sus arcas, hasta el uso de sistemas y procedimientos más especializados como el expedir manuales de contratación que no exijan publicidad de su actividad contractual o impidan la participación plural de oferentes; o armar y maquinar procesos de contratación amañados; utilizar testaferros contratistas; contratar con impresionantes sobrecostos o permitir la ejecución de obras de mala calidad, entre otros.

Pero no sólo estas conductas, relacionadas como ejemplo, son corruptas, pues buscan obtener un beneficio económico inmediato para el corrupto funcionario que adelanta la contratación ordinaria de una empresa, si no que tristemente, según me cuentan personas conocedoras del sector, pueden presentarse otras, aún más especializadas y graves, que premeditan toda una serie de gestiones y actos financieros, técnicos y administrativos errados con el fin de debilitar la empresa y llevarla finalmente a un punto de no viabilidad, con el único propósito de obligar su venta total o parcial y a bajo precio, a compradores que finalmente resultan socios de los mismos administradores que llevaron a la entidad a ese punto.

Así, pueden convertirse en flamantes dueños de las empresas de servicios públicos aquellos que fueron responsables de su ruina, para luego, en corto tiempo y a baja inversión, lograr la recuperación económica de la entidad y grandes beneficios económicos personales.

Las empresas de servicios públicos son patrimonio muy valioso de toda la comunidad y lo que a ellas las afecte, nos afecta a todos y por lo tanto todos tenemos la obligación de defenderlas.

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y todas las autoridades públicas que sean competentes, tienen la obligación de vigilar y controlar la gestión de las empresas de servicios y evitar que estas graves situaciones puedan presentarse.

Por mi parte, desde el Senado de la República, me propongo preparar y presentar un proyecto de ley que eleve a categoría de delito especial y agravado, las malas gestiones de los administradores de las empresas de servicios públicos domiciliarios, que en forma culposa o dolosa, permitan durante sus administraciones, que las empresas de servicios públicos, otrora importantes empresas locales, se vengan a menos y tengan que ser vendidas o empeñadas.

A la Superintendencia de Servicios Públicos hago un llamado público para que, en ejercicio de sus funciones, someta a control y vigilancia extremos y permanentes a todas aquellas empresas de servicios públicos domiciliarios que sospechosamente han venido disminuyendo su calificación en los índices de gestión y adopte las medidas preventivas que sean del caso, incluyendo el retiro de los administradores y la propia toma de posesión de las empresas, con el fin de evitar la ocurrencia de prácticas tan horribles como las descritas.

Envíese copia de esta constancia a los órganos de control con la petición expresa de intervenir de inmediato en el análisis del desarrollo financiero y cumplimiento misional de las empresas que aun sobreviven en los municipios del país.

ELSA GLADYS CIFUENTES ARANZAZU

Senadora de la Republica

CONSTANCIA SESIÓN PLENARIA DEL DÍA 06 DE MAYO DE 2008

Mediante el Proyecto de Ley 23 de 2007 Senado, propuesto para ser discutido hoy en la plenaria del Senado, se pretende institucionalizar la feria taurina de Cali como “patrimonio cultural” de nuestro país. En toda mi vida política, me he destacado por ser protectora de los animales y actuar en beneficio suyo; sin embargo, este es un tema que se sale del ámbito de la protección animal, dando campo a la consagración de la violencia contra un ser vivo como Patrimonio de nuestra cultura.

Al tratarse éste de un tema bastante controversial, he tratado de tomarlo desde diferentes puntos de vista y diversas opiniones, para tratar de ser lo más equilibrada posible al momento de sentar mi posición sobre la materia. Trataré de plasmar con argumentos validos y actuales el por qué no es esta una iniciativa legal que deba ser votada en forma favorable.

En primer lugar, la feria taurina no es algo nuestro, ni es propio de nuestra cultura; las corridas de toros nos llegaron como herencia desde España cuando fuimos colonizados y fueron ellos quienes las popularizaron, inculcando en nuestra ideología que es un “arte” digno de las más altas esferas sociales.

En este preciso momento, la Televisión Española –tomando en cuenta que España es cuna y gran abanderado en cuestiones de Tauromaquia- ha tomado la decisión de no transmitir más corridas de toros por su fuerte carga de violencia y el gran impacto que ella tiene sobre los espectadores menores de edad. Igual se está exigiendo al gobierno que haga en Francia. Vemos como entonces en el mundo está la tendencia de ir deslegitimando esta práctica y nosotros, en lugar de seguir el ejemplo de nuestra “Madre Patria”, estamos pensando en declararla Patrimonio Cultural.

De hecho, la UNESCO fue enfática en reiterar que la tortura a un ser vivo no puede ser consagrada como Patrimonio inmaterial de la Humanidad. Ahora, mucho menos podemos pretender que sea parte de la cultura humana que valga la pena proteger.

No podemos dar la espalda al mundo e ignorar el hecho de que la Tauromaquia es un “arte” cada vez más rechazada y censurada alrededor del planeta. Somos pocos los países que aun amparamos dicha práctica y, con satisfacción, cada vez son menos. India las acaba de prohibir, Costa Rica prohibió el acceso de menores de 18 años a las corridas, Uruguay prepara con éxito una Ley donde se prohíben las corridas de toro, etc. El movimiento mundial, fruto de la saturación de la violencia en nuestras sociedades, ha empezado y es indetenible.

Por otra parte, no me cabe en la cabeza pensar que se pretende elevar a nivel de patrimonio cultural de la Nación, una actividad donde el espectador se divierte a costa del sufrimiento de un animal; un ser vivo que siente igual que nosotros, y que su instinto lo lleva a proteger su vida y su territorio cuando se ve amenazado, y para él, el torero o matador eso es lo que representa. Pero no sólo eso, sino también es atroz, que dicha actividad sea un orgullo para una sociedad que ya perdió el valor y el respeto por el derecho a la vida, una sociedad que se volvió indiferente y desnaturalizada, y a la cual, las actividades de tortura y sufrimiento, se han vuelto ya “normales”. Muchos pensarán que un toro es un “simple animal”, pero lo que queremos proteger no es la imagen del toro, sino la percepción de un pueblo que ve la tortura a un ser vivo, que lucha por su vida hasta el ultimo momento, como una actividad lúdica ejemplarizando y representativa de los valores de una nación como la nuestra.

Estoy segura que los colombianos ya estamos cansados de la violencia, sea cual sea la forma en como esta se represente. No promulgo aquí el hecho de que haya que acabar las corridas de toros; soy amiga de su abolición. Sin embargo, soy consiente que es un fenómeno que tardara un poco en desaparecer, debido al prestigio con el que aun cuentan en nuestro país. Pero estoy segura que antes de 20 años, cuando como pueblo rechacemos en forma unánime estas muestras atroces e indignas de violencia, las corridas de toros desaparecerán y serán, como muchas otras cosas, una triste parte de nuestro pasado.

En mi opinión, en lugar de fomentar estas actividades, se deberían institucionalizar verdaderas actividades culturales, que sean nuestras, y que fomenten nuestros valores, ideosincracia, el respeto por la vida, la hermandad, el respeto por el prójimo y por la cultura misma. Que sean originalmente nuestras, no prácticas adaptadas y cuyo fin de entretenimiento no sea el sufrimiento y la tortura de un animal.

ELSA GLADYS CIFUENTES ARANZAZU

Senadora Partido Cambio Radical

«DIA DE LA TIERRA» CONSTANCIA DEL DÍA 22 DE ABRIL DE 2008

Hoy se celebra el día de la tierra. La “celebración” de esta fecha empezó en 1970 como un movimiento de protesta ante el descuido de la especie humana por su hogar. Desde esa fecha hasta hoy, ha evolucionado como una forma de manifestación en contra de la sobreexplotación del medio ambiente y de reafirmarnos nuestro compromiso con su protección.

La destrucción de nuestras selvas, la contaminación del aire y el trato salvaje hacia nuestra fauna son causas que, como especie humana, tienen que avergonzarnos. La visión antropocéntrica con la que se ha desarrollado nuestra sociedad, ha llevado a que olvidemos el respeto que debemos poseer por todas las especies, animales y vegetales, con que compartimos el mundo.

Por lo tanto, más que una fecha de celebración, quiero invitar a que sea esta una fecha de reflexión sobre los esfuerzos que desde esta Corporación se hacen en pro de la conservación de nuestro planeta. Me pregunto: ¿no es igual e incluso más importante que muchos de los proyectos que se debaten ahora el garantizar la subsistencia de nuestros descendientes en forma digna? ¿Qué dirán los hijos de nuestros hijos sobre nosotros cuando tengan que enfrentarse a los devastadores efectos del cambio climático que les estamos dejando como herencia? Ahora mismo estamos afrontando los efectos de nuestra imprudencia, salvajismo e impericia; no debemos olvidar el pasado tres de noviembre de 2007, cuando Bogotá, al mejor estilo de las capitales europeas, quedo cubierta bajo tres metros de hielo.

El programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), el Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF) y la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) elaboraron una minuciosa estrategia para el futuro de la vida bajo el título “Cuidando el planeta Tierra” (Caring for the Earth 1991), en la que se establecen nueve principios de sustentabilidad de la Tierra, proyectando una estrategia global fundada en el cuidado, así:

1. Construir una sociedad sustentable.

2. Respetar y cuidar la comunidad de los seres vivos.

3. Mejorar la calidad de la vida humana.

4. Conservar la vitalidad y la diversidad del planeta Tierra.

5. Permanecer dentro de los límites de la capacidad de soporte del planeta Tierra.

6. Modificar actitudes y prácticas personales.

7. Permitir que las comunidades cuiden de su propio medio ambiente.

8. Generar una estructura nacional para integrar desarrollo y conservación.

9. Constituir una alianza global.

Quiero extender a todos (as) ustedes una cordial invitación a acompañarme en la campaña que estoy apoyando desde el Congreso a nivel nacional; soy la primera Senadora en Colombia en apoyar la DECLARACIÓN UNIVERSAL SOBRE BIENESTAR ANIMAL (DUBA) Junto con el Senador de la República de Chile, Antonio Horvath, somos los primeros Congresistas en Suramérica en comprometerse con dicha iniciativa en Pro del bienestar animal mundial.

La DUBA es promovida por la WSPA (World Society for Protection of Animals), organización mundial que agrupa a más de 880 organizaciones de protección y bienestar animal y su objetivo es lograr que la ONU avale una declaración que reconozca a los animales como seres que sienten, que son capaces de experimentar dolor, angustia, sufrimiento y placer y que el bienestar animal sea visto como un asunto de importancia como parte del desarrollo social de las naciones del mundo.  De lograrse, dicha declaración influirá significativamente en el futuro de miles de millones de animales alrededor del planeta. La iniciativa además busca que, a través de una petición llamada “LOS ANIMALES ME IMPORTAN”, 10 millones de personas apoyen la DUBA ante la ONU.

Así, cómo decía anteriormente, quiero extender la invitación a todos (as) mis colegas congresistas para que se unan a la campaña que lidero y nos apoyen con sus firmas. La naturaleza nos alimenta, nos viste y nos ha brindado su protección bendiciéndonos con un maravilloso país, digno de la envidia del mundo entero por la gran biodiversidad que poseemos. Es hora qué, en un acto de justa reciprocidad, tengamos un gesto de agradecimiento y proteger nuestra fauna y flora.

Con satisfacción he visto en el diario “EL TIEMPO” del día de hoy que “Fueron escogidas 150 mil hectáreas de terrenos para proteger la biodiversidad”. Sin embargo, a pesar de tan grande avance, señala el diario que “De los 184 ecosistemas, como lagunas, páramos, bosques y arrecifes de coral extendidos por todo el territorio, que el Gobierno está obligado a proteger por su valor natural, solo están amparados 100, que hoy conforman 11 millones 250 mil hectáreas”.

Estamos haciendo avances; esto fue ratificado en enero de este año por expertos de las universidades Yale y Columbia, de Estados Unidos, que al redactar el Índice de Desarrollo Ambiental ubicaron al país en el noveno lugar del mundo entre las naciones más ecologistas, por encima de superpotencias como Holanda, Canadá, Estados Unidos y Francia.

Tenemos que seguir. No podemos ampararnos en estos avances para frenar nuestros esfuerzos en pro de un mejor presente y en búsqueda de que haya un mañana digno para los nuestros.

ELSA GLADYS CIFUENTES ARANZAZU

Senadora Partido Cambio Radical

CONSTANCIA DE LA BANCADA DEL PARTIDO CAMBIO RADICAL DE COLOMBIA PARA LA SESIÓN PLENARIA DEL DÍA 9 DE ABRIL DE 2008

El proceso de paz en Colombia, ese esfuerzo sincero del Gobierno colombiano al contribuir a la erradicación de la impunidad; Este camino por el que optó Colombia, ha hecho que sean los congresistas los llamados a enfrentar un proceso de sinceridad, verdad y de crisis.

Todo lo que toca fondo, sale a flote. Lo primero que queremos decirle al país, es que este Congreso ha sido respetuoso de la institucionalidad, de la legalidad y de la legitimidad de la Rama Judicial.

Hace legitimo al Congreso, no sólo su origen popular y democrático, sino también su respeto por el Estado representado en la Honorable Corte Suprema de Justicia, y lo hace legitimo el hecho de estar tramitando en medio de tantos cuestionamientos una reforma política con severas sanciones a los partidos que no cuiden con cautela y diligencia la elaboración de sus listas, las coaliciones y los avales a cargos unipersonales.

Es legítimo este Congreso, cuando abre los espacios para la discusión democrática y llama hoy a los partidos a rendir cuentas de cara al país, enfrentando y reconociendo que nos hemos equivocado muchas veces y desafortunadamente se ha esquivado la realidad de construir un protocolo de ética pública y un compromiso de no volver a incurrir en lo mismo.

La gente perdona las equivocaciones pero no las mentiras, ni las complicidades. Digámosle al país, que lamentamos lo que está ocurriendo y que desde esta célula democrática, estamos en disposición de luchar por la verdad hacia el camino correcto. Que esto no vuelva a ocurrir; y que esa promesa, nos comprometamos a cumplirla.

El pueblo Colombiano tiene un inmenso acumulado de resentimientos hacia el Congreso; en este momento de crisis, están saliendo a flote todos esos sentimientos de frustración. Es por ello, que le debemos decir a Colombia que quienes ostentamos las curules de los diferentes partidos políticos, estamos dispuestos al examen de la verdad y a ser consecuentes con la crisis, haciendo de ello la mejor oportunidad para volver a empezar.

La recuperación de la confianza es nuestro desafío; invitamos a nuestros colegas, desde las acciones y desde la responsabilidad, a asumir el papel honroso de ser Congresista sin ausentismos, sin sectarismos, sin persecuciones y sí con esa conducta ejemplar que quiere y exige Colombia de sus dirigentes, sumado a una unidad de cuerpo que nos permita exigir respeto.

Este Congreso está compuesto por la diversidad; cada uno de nosotros y nosotras somos un pedacito de cada una de las regiones, de nuestra nación. El Congreso actual, el anterior y el que le sigue, es y seguirá siendo la expresión de la sociedad colombiana, que está llamada en un acto de madurez política a pensarlo dos veces antes de ir a las urnas y depositar su voto para elegir su próximo Congreso. Por lo pronto, debemos asumir la responsabilidad de mejorarnos y mejorar; de tramitar una normatividad estricta en el marco de la Reforma Política y de fortalecernos como institución legislativa de la nación.