PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NUM. 237 DE 2008-SENADO, «Por la cual se declara Urgencia Vital la atención integral del servicio de salud materna, dentro del Sistema de Seguridad Social en Salud, se modifican los Artículos 166 y 230 de la Ley 100 de 1993 y se dictan otras disposiciones”

Bogotá D. C., 4 de junio de 2008

Honorable Senador:

MILTON ARLEX RODRÍGUEZ SARMIENTO

Presidente Comisión Séptima

Senado de la República

Ciudad

Apreciado Doctor:

En cumplimiento del encargo encomendado por la Mesa Directiva de la Comisión Séptima del Senado de la República, se procede a rendir informe de ponencia para primer debate al proyecto de Ley numero 237 de 2008 senado.

El proyecto de ley, por el cual se declara Urgencia Vital la atención integral del servicio de salud materna, dentro del Sistema de Seguridad Social en Salud, se modifican los Artículos 166 y 230 de la Ley 100 de 1993 y se dictan otras disposiciones, busca la aprobación del Congreso de la República de Colombia para instaurar el concepto de Urgencia Vital y así modificar las circunstancias epidemiológicas sobre las cuales, en el Artículo 166 de la Ley 100 de 1993, definió el contenido y alcance del concepto de atención de la salud de la mujer gestante, durante el período del embarazo, el parto, el puerperio y las afecciones relacionadas con la lactancia; así como también los procedimientos de interrupción voluntaria del embarazo, según las tres causales contempladas en lo dispuesto en la Sentencia C-355 de 2006 de la Honorable Corte Constitucional y en concordancia con el Decreto Reglamentario 4444 de 2006.

A fines de una estructuración clara y lógica de esta ponencia, comenzaremos por enunciar los antecedentes y origen de la figura, para posteriormente pasar a hacer un estudio de la situación actual en Colombia y las razones que me llevan a considerar pertinente darle PONENCIA FAVORABLE, conforme a lo que se explicará a continuación.

  1. Introducción

El proyecto en mención fue presentado el día 27 de febrero de 2008 en la Secretaría General del H. Senado de la República y correspondió su conocimiento a la Comisión Séptima Constitucional de la cual hago parte y por la cual fui nombrada como Ponente.

  1. Objetivo del proyecto

Esta iniciativa parlamentaria pretende elevar el concepto del Parto como Urgencia Vital en Colombia para que la Salud Materna, entendida en su conjunto, y los eventos de Interrupción Voluntaria del Embarazo permitidos por la Corte Constitucional y reglamentados por el gobierno mediante el Decreto 444 de 2007, sean elevados a la Categoría de URGENCIA VITAL y así reducir los índices de morbimortalidad materna, preservando y protegiendo el derecho a la salud con que toda mujer en estado de embarazo debe contar.

Igualmente, se pretende proteger el derecho de la mujer a que sea respetada su voluntad sobre la forma en como desea se desarrolle su parto, al instaurar la adopción de la modalidad del “Parto Vertical”, la cual deberá ser acogida e implementada a través de las medidas sanitarias necesarias y adecuadas que implemente el Gobierno Nacional, a través de todo el sistema de salud, con el fin de respetar las practicas ancestrales que usan las culturas indígenas, andinas y afro colombianas de nuestro país; las cuales se ven sometidas a procedimientos extraños e invasivos como el parto “horizontal” al acudir al Sistema General de Salud”.

  1. Fundamentos legales

El presente proyecto, cumple con lo dispuesto en los artículos 154 y 158 de la Constitución Nacional, en cuanto a que es de iniciativa parlamentaria y cumple con el requisito de unidad de materia.

  1. Análisis del proyecto

El proyecto de ley consta de siete (7) artículos en los cuales se hace clara referencia a las urgentes necesidades y voluntad del pueblo, plasmada a través de la autoría de las Senadoras Gloria Ines Ramirez Rios y Elsa Gladys Cifuentes Aranzazu, respaldado por el mandato de la Constitución Política de Colombia en sus artículos 1, 2, 5, 7, 8, 11, 12, 13, 42 y muy especialmente al artículo 43.

Toda mujer tiene el derecho fundamental a un embarazo y a un parto seguros y a una maternidad saludable y satisfactoria, de ahí que el propósito de la presente iniciativa es colocar el tema de la salud materna como una “urgencia vital” del Sistema de Seguridad Social en Salud, con el fin de lograr la reducción de la morbilidad y la mortalidad materna y prenatal, a través de la detección temprana, eficaz y eficiente de las alteraciones del embarazo y la atención prevalente y de calidad en todo el proceso del embarazo, el parto y postparto, lo cual incluye la atención y control prenatal tanto para la madre como para el bebé que está por nacer, una atención de calidad en el parto, respetando las tradiciones culturales que no atenten contra los principios de la vida y la dignidad, así como todos los cuidados maternos que se requieran en la etapa de puerperio, para asegurar el restablecimiento físico y la salud integral de la madre.

Igualmente se busca que los casos de Interrupción Voluntaria del Embarazo que han sido permitidos por la Corte Constitucional, se eleven a categoría de Urgencia Vital para evitar los múltiples casos de desacato a la Jurisprudencia del alto tribunal, que se ha visto burlada cuando las instituciones prestadoras de servicios de salud, amparándose en la “objeción de conciencia”, beneficio destinado únicamente a las personas naturales y nunca con alcance institucional, se niegan o ponen todos los obstáculos imaginables con el fin de dilatar la solicitud de las mujeres que desean recurrir a dicha practica por encontrarse inmersas en una de las tres causales autorizadas por el Tribunal Constitucional.

Recientemente, la Corte Constitucional falló a favor de una menor de 13 años  que instauró una tutela al verse obligada a llevar a cabo el parto de su hijo porque ningún centro asistencial interrumpió su embarazo, fruto de la violación sufrida por parte de su padre; aun cuando su caso está cobijado dentro de las hipótesis jurisprudencial y legalmente autorizadas.

Reseña el diario “el espectador”, en su edición digital del día 12 de mayo de 2008 que

“La joven acudió inicialmente a la red de clínicas de Coomeva, después al Hospital Erasmo Meoz en Cúcuta y a cinco centros asistenciales más de la capital nortesantandereana y en ninguno avalaron el procedimiento. Finalmente tuvo el bebé.

Durante el proceso instauró dos tutelas que no fueron admitidas, por razones que son motivo de investigación por parte de las autoridades. La Corte recordó en el reciente fallo que cuando los especialistas argumentan objeción de conciencia, este procedimiento debe justificarse ante un tribunal ético.

El Alto Tribunal hizo un llamado al Ministerio de la Protección Social para que vigile que las entidades de salud respeten la decisión de la Corte e implemente de manera obligatoria «una adecuada prestación a la interrupción de los embarazos en los tres casos especificados: violación o incesto, malformación del feto y cuando peligra la vida de la madre», asegura el fallo”.

En palabras del Dr. Dario Arcila Arenas, Asesor en Ética y Responsabilidad Medica de la Universidad de Antioquia, siguiendo los lineamientos dados por la Corte Constitucional en la Sentencia C355 de 2006 “Las personas jurídicas no tienen ‘conciencia’, pues éste es un atributo exclusivo de la persona natural: por ello, las IPS privadas no son titulares del derecho fundamental a la objeción de conciencia. Pero si las IPS privadas tienen su propia orientación religiosa o política, en nuestro Estado de derecho, laico y pluralista, se debe respetar su decisión de no practicar abortos y los principios religiosos en que se fundamenta, y reconocer a aquéllas una exención análoga al derecho a la objeción de conciencia, excepto en caso de urgencia o de estado de necesidad[1].

Cómo se verá, esto viene siendo desconocido por buena parte de las EPS e IPS, razón por la cual, como legisladores y encargados de velar por la salud y bienestar de las mujeres de Colombia, debemos poner fin y subsanar dichas falencias.

  1. Historia

Según la OMS, la mortalidad materna se constituye en un grave problema de salud pública que afecta a la mayoría de países pobres del mundo y tiene un gran impacto familiar, social y económico y es la expresión más evidente de inequidad, discriminación e injusticia social contra las mujeres más pobres.

La tasa de mortalidad materna en Colombia reportada por el DANE en el censo de población adelantado en el 2005, indica que por cada 100.000 nacidos vivos, mueren 68.45 mujeres, cifra que no ha variado de manera importante en los últimos años, lo cual indica que no se han intervenido las causas que llevan a que se presente esta cifra elevada de mortalidad materna, especialmente en los casos de embarazo adolescente, lo cual ubica a nuestro país por encima de los índices de mortalidad materna de otros países de la región como Brasil con 44,9 x 100.000 nacidos vivos, Argentina con 43,5, Uruguay con 28 y Chile con 18; muertes que son evitables con un adecuado y oportuno control prenatal y de atención integral humanizada del parto y el puerperio.

Los siguientes cuadros de estadísticas vitales del DANE, adelantadas durante el Censo de Población del 2005, ponen en evidencia el estado de salud materna de las mujeres colombianas en el período comprendido entre los años 2000 y 2005, de donde se deduce que en Colombia ocurren entre 859 y 895 muertes maternas por año[2]

Fuente: DANE, Estadisticas Vitales, mortalidad y nacidos vivos por año. 2005 prelimonar. Meta ODM: 45 defunciones maternas por cien mil nacidos vivos.

Fuente: DANE, Estadisticas Vitales, mortalidad y nacidos vivos por año 2005 preliminar.

Si bien es cierto el concepto de “urgencia vital”, no está contemplado en la Resolución No. 5262 de 1994, por la cual se establece el Manual de actividades, Intervenciones y Procedimientos del Plan Obligatorio de Salud, en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, encontramos que en el Acuerdo 117 de 2000 del Consejo de Seguridad Social en Salud que hace alusión a los mismos temas, en sus Artículos 5º y 6º se provee una protección específica para la atención del parto y la detección temprana de las alteraciones del embarazo, referidas a una clara conceptualización establecida en el Artículo 2º según la cual, se busca evitar la aparición de la enfermedad frente al riesgo de secuelas, incapacidad y muerte, lo que le imprime un tratamiento preferencial, frente al resto de actividades, procedimientos e intervenciones en materia de salud pública.

Por su parte, el Plan Nacional de Salud Pública 2007- 2010, en coherencia con las políticas del Plan Nacional de Desarrollo 2006 – 2010, previstas en la Ley 1151 de 2007, define las prioridades en salud para los próximos cuatro años, los objetivos, metas y estrategias para su cumplimiento, en el marco de las competencias de los actores involucrados a nivel nacional, territorial y local, conforme a los recursos disponibles y acogiendo los compromisos adquiridos a nivel internacional como los Objetivos de Desarrollo del Milenio, una de cuyas metas es reducir la mortalidad materna en un 75% hasta el año 2015.

El Plan Nacional de Salud Pública consagra unos principios que hacen alusión a los siguientes aspectos: calidad, eficiencia, responsabilidad, participación social, intersectorialidad y respeto por la diversidad cultural y étnica, que lo define como: “La garantía del respeto, del entendimiento de la cosmovisión, usos, costumbres, territorio ancestral, sitios sagrados y creencias de los grupos étnicos frente a la promoción, prevención, protección y recuperación de la salud, bajo el ejercicio de la consulta y concertación con las comunidades, garantizando su participación en la formulación, seguimiento y evaluación de los planes de salud en concordancia con las disposiciones de la autoridad de salud y la Ley 691 del 2001”.

Lo anterior es de vital importancia en el reconocimiento de la diversidad étnico cultural del tejido social de la nación, especialmente entratándose de los usos y costumbres que las mujeres pertenecientes a las comunidades indígenas y afrocolombianas aplican durante el proceso del parto, que deben ser contempladas en la formulación y ejecución de la Política Pública en materia de Seguridad Social en Salud; para lo cual el legislador debe proveer los mecanismos adecuados y humanizantes para su incorporación en la ley y en los manuales de actividades, procedimientos e intervenciones para la atención del parto vertical, de tal forma que se pueda dotar a las mujeres de mecanismos legales a través de los cuales puedan garantizar su exigibilidad

En lo que atañe al Parto Vertical, debe hacerse énfasis en que una de las prácticas culturales más importantes en relación con la atención del parto es la posición que adopta la mujer al momento del alumbramiento. La gran mayoría de mujeres andinas, amazónicas y pertenecientes a tribus indígenas prefieren la posición vertical, bien sea en cuclillas, sentada, arrodillada, entre otras poses diferentes. Sin embargo, en nuestro país la capacitación al personal médico y de salud se limita a la atención del parto solo en la posición horizontal (acostada). Esta irregularidad, además de desatender algo tan importante como la necesidad de incorporar una práctica ancestral al conocimiento y experiencia médica, genera un rechazo de dichas comunidades autóctonas a someterse a procedimientos que le son extraños.

En un marco de respeto a los derechos sexuales y reproductivos acorde a la valoración de las tradiciones y saberes propios de cada comunidad; es deber del Estado la capacitación de los funcionarios médicos en una práctica ancestral como lo es el “parto vertical” y, además, la adecuación de las instalaciones clínicas para la prestación de un adecuado servicio.

No obstante, la aplicación del parto vertical no solo resulta conveniente por respeto a las culturas autóctonas de nuestro país. Debe resaltarse el hecho que el Parto Vertical es mucho más rápido que el parto horizontal ya que es más natural y beneficioso. En posición horizontal, la pelvis de la mujer se aplana haciendo el parto más difícil, en cambio, en el parto vertical, la fuerza de la gravedad juega un papel fundamental facilitando la dilatación por el peso que ejerce el bebé sobre el canal de parto, que además se encuentra mejor orientado.

Por lo anterior, el parto vertical (parto natural), presenta resultados más eficaces, menos sangrado, menos posibilidad de desgarros y mucho menos dolor. Se ha observado que con este método las madres adoptaban la posición más cómoda posible, haciendo más fácil el alumbramiento y el trabajo del médico que sólo recibe al recién nacido. Por lo que su implementación generalizada como opción potestativa de la mujer al momento del alumbramiento o previo a el, traería grandes beneficios a las actuales políticas en materia de Salud Publica.

Según el Profesor Hugo Sabatini de la Universidad de Campinas, Sâo Paulo (Brasil) y coordinador del Grupo de Parto Alternativo de este país, la posición vertical es la más fisiológica para el parto pues cuando la mujer está acostada o en posición horizontal el peso del feto puede comprimir las venas aorta y cava, lo que, en algunos casos, dificulta el intercambio placentario para recibir oxígeno. La fuerza de la gravedad cuando la mujer se encuentra en posición vertical, ayuda a que el niño (a) caiga prácticamente por su propio peso, mientras que en posición horizontal el niño debe realizar un esfuerzo mayor, ya que el nacimiento se produce hacia arriba. Así, cuando la madre está pariendo de cuclillas, las fuerzas que ejerce la pelvis para la expulsión aumentan un 20%, respecto a cuando el parto se lleva a cabo en posición horizontal. Este hecho se ha demostrado mediante exámenes radiológicos y sólo ocurre cuando el parto acontece de cuclillas.

  1. Conclusiones

Según las estadísticas analizadas, el 90% de las muertes en las mujeres gestantes tienen como causa el trastorno hipertensivo asociado a la gestación y las hemorragias posteriores al parto o con ocasión de un aborto inseguro. Pero estudios realizados sobre los factores socioeconómicos asociados a la mortalidad materna se observa que mientras en el Chocó mueren cerca de 400 mujeres por cada cien mil nacidos vivos, en Risaralda mueren 52 y en Bogotá entre 83 y 110.

No obstante, la vigilancia epidemiológica y el seguimiento de las muertes maternas adelantada por el Instituto Nacional de Salud indica que el reporte oficial de casos de mortalidad materna no refleja la dimensión total de la problemática razón por la cual se estima que existe un sub-registro del 50% al comparar los datos del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública (SIVIGILA) con los del DANE.

Además del control prenatal, la atención del parto, el puerperio y el manejo de las complicaciones obstétricas se convierte en una medida importante frente a la mortalidad materna, siendo allí donde se requiere de la capacidad y eficiencia del servicio para atender los niveles de complejidad que garantice con oportunidad e idoneidad la atención de la salud materna como una “urgencia vital” que ponga a salvo la vida de la mujer y del nasciturus/del bebé que está por nacer, en razón de lo cual, la situación de la mortalidad materna en el país se debe evaluar desde las perspectivas de derechos humanos, equidad social, salud pública y “urgencia vital.

Respecto al parto vertical, escoger la forma en la cual deberá llevarse a cabo el parto es algo muy personal, cada modalidad tiene sus pros y sus contras, tanto para el médico como para la paciente y dependiendo de la forma en que se presente el feto. Es por ello una necesidad imperante establecer por mandato legal el que se le brinde a la mujer gestante la facultad de elegir libremente y bajo consentimiento informado, según las particularidades del caso, la forma en cómo desea parir.

  1. Proposición

En atención a las anteriores consideraciones proponemos dar primer debate al proyecto de Ley numero 237 de 2008 SENADO, por el cual “se declara Urgencia Vital la atención integral del servicio de salud materna, dentro del Sistema de Seguridad Social en Salud, se modifican los Artículos 166 y 230 de la Ley 100 de 1993 y se dictan otras disposiciones”. Se propone el texto anexo para su discusión por parte de la H. Comisión 7.

Texto propuesto para primer debate del proyecto de Ley numero 237 de 2008 SENADO, por el cual “se declara Urgencia Vital la atención integral del servicio de salud materna, dentro del Sistema de Seguridad Social en Salud, se modifican los Artículos 166 y 230 de la Ley 100 de 1993 y se dictan otras disposiciones:

ARTÍCULO 1. OBJETO.- La presente ley tiene por objeto modificar las circunstancias epidemiológicas sobre las cuales, en el Artículo 166 de la Ley 100 de 1993, se definió el contenido y alcance del concepto de atención de la salud de la mujer gestante, durante el período del embarazo, el parto, el puerperio y las afecciones relacionadas con la lactancia; así como también los procedimientos de interrupción voluntaria del embarazo, en los eventos no constitutivos del delito de aborto, al tenor de los dispuesto en la Sentencia C-355 de 2006 de la Honorable Corte Constitucional y en concordancia con el Decreto Reglamentario 4444 de 2006.

En consecuencia, el Artículo 166 de la Ley 100 de 1993, quedará así:

ARTÍCULO 166. ATENCIÓN MATERNO INFANTIL.- El Plan Obligatorio de Salud para las mujeres en estado de embarazo cubrirá como una Urgencia Vital los servicios de: planificación familiar, obstétricos de salud en el control prenatal, la detección temprana de las alteraciones del embarazo, la atención del parto, el control del postparto o sus complicaciones obstétricas, las afecciones relacionadas con la lactancia materna y el procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo, al tenor de lo dispuesto en la Sentencia C-355 de 2006 de la Honorable Corte Constitucional .

ARTÍCULO 2. ATENCIÓN INTEGRAL A LA SALUD MATERNA COMO URGENCIA VITAL.- A partir de la presente ley se entiende la Urgencia Vital, dentro de la atención integral a la salud materna, como aquella situación de grado superior a la Urgencia en que exista un peligro inmediato, real o potencial que, ante la falta de atención médica inmediata, adecuada y cualificada, de lugar a la muerte de la paciente o del nasciturus o a la producción de graves secuelas físicas o psicológicas permanentes en la salud de ambos. En consecuencia, el Ministerio de la Protección Social, dentro de los sesenta (60) días siguientes a la promulgación de esta Ley, reglamentará en lo pertinente, las guías de atención integral de la salud materna a efecto de su aplicación por parte de las EPS, las IPS, las ARS u otras entidades prestadoras de servicios de salud.

ARTÍCULO 3. ACCESIBILIDAD.- Las entidades prestadoras de servicios de salud, a partir de la presente ley, adecuarán los horarios y turnos de atención para las mujeres embarazadas, a fin de facilitar y garantizar su concurrencia a los controles, intervenciones paraclínicas y demás procedimientos. Las mujeres que demanden el servicio, aun cuando no cuenten con turno previamente solicitado, deberán ser atendidas con el propósito de lograr el más alto nivel de salud materna.

ARTÍCULO 4. PARTO VERTICAL.- Se ofrecerá a toda mujer en proceso de gestación, previa información completa, objetiva y adecuada por parte del Medico Tratante o su Entidad Prestadora de Servicios de Salud, la posibilidad de elegir entre el procedimiento de Parto Vertical, en cualquiera de sus modalidades, o Parto Horizontal a la hora del alumbramiento. A partir de la vigencia de la presente ley, en los manuales de actividades, procedimientos e intervenciones, así como también en las normas técnicas de atención de la salud materna, el Ministerio de la Protección Social incluirá el procedimiento del Parto Vertical, para garantizar a las mujeres provenientes de comunidades indígenas, afrocolombianas u otras que así lo soliciten, el alumbramiento de conformidad con sus usos y costumbres, para lo cual, igualmente se ordenará la adecuación de las salas de parto.

ARTÍCULO 5. IDENTIFICACIÓN TEMPRANA DE RIESGOS DEL BINOMIO MADRE E HIJO.- A partir de la vigencia de la presente ley, todas las entidades prestadoras de servicios de salud están en la obligación de suministrar los suplementos vitamínicos de calidad a la gestante y a realizar todos los exámenes necesarios para la prevención de enfermedades y malformaciones congénitas asociadas a infecciones que se presenten en el feto, ordenados bajo criterio y discreción del médico tratante.

ARTÍCULO 6. RÉGIMEN SANCIONATORIO.- Adiciónese al Artículo 230 de la Ley 100 de 1993, el cual quedará de la siguiente manera

ARTÍCULO 230. RÉGIMEN SANCIONATORIO. La Superintendencia Nacional de Salud, previa solicitud de explicaciones, podrá imponer, en caso de violación a las normas contenidas en los artículos 1611056, 166, 1681057, 1781058, 1821059, 1831060, 1881061, 2041062, 2101063, 2251064 y 2271065, por una sola vez, o en forma sucesiva, multas en cuantía hasta de 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes a favor de la subcuenta de Solidaridad del Fondo de solidaridad y Garantía.

(…)

PARAGRAFO 3º.- Cualquier violación a lo dispuesto en cuanto atención integral a la salud materna como urgencia vital, accesibilidad a los horarios y turnos de atención a las mujeres gestantes, parto vertical e identificación temprana de riesgos del binomio madre e hijo, será objeto del régimen sancionatorio previsto en esta norma.

ARTÍCULO 7. VIGENCIA Y DEROGATORIA.- La presente ley rige a partir de su promulgación y subroga en lo pertinente los Artículos 166 y 230 de la Ley 100 de 1993 y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.

De los honorables Senadores,

ELSA GLADYS CIFUENTES ARANZAZU

Senadora de la República


[2] CARRILLO U. Abelardo “La mortalidad materna en Colombia”, Revista Ciencia y Salud, Bogotá, Julio-septiembre de 2007, pag. 74

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NUMERO 136 DE 2007 SENADO, “por medio del cual se dictan normas sobre la operación y funcionamiento de establecimientos que presten el servicio de videojuegos”

«Ponencia que obtuvo reconocimiento de la bancada de mujeres

del Congreso por la calidad del documento presentado»

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE DEL PROYECTO DE LEY 136 DE 2007, POR EL CUAL se dictan normas sobre la operación y funcionamiento de establecimientos que prestan el servicio de videojuegos, y se dictan otras disposiciones[1]

Bogotá, D. C. 08 de abril de 2008

Honorable Senador:

MILTON ARLEX RODRIGUEZ SARMIENTO

Presidente Comisión Séptima

Senado de la República

Ciudad

Apreciado Doctor:

En cumplimiento del encargo encomendado por la Mesa Directiva de la Comisión Séptima del Senado de la República, se procede a rendir informe de ponencia para primer debate al Proyecto de Ley 136 de 2007 Senado.

El proyecto de ley, por el cual se dictan normas sobre la operación y funcionamiento de establecimientos que prestan el servicio de videojuegos, y se dictan otras disposiciones, busca la aprobación del Congreso de la República de Colombia para regular la operación de los establecimientos comerciales que presten el servicio de video juegos y adoptar una clasificación apropiada en dicha materia.

A fines de una estructuración clara de esta ponencia, enunciaremos las razones que nos llevan a considerar pertinente darle PONENCIA FAVORABLE, conforme a lo que se explicará a continuación.

1. ORIGEN Y EVOLUCIÓN DE LOS VIDEOJUEGOS

Un videojuego es un programa informático interactivo destinado al entretenimiento, que puede funcionar en diversos dispositivos electrónicos integrando audio y vídeo, y permite disfrutar de experiencias que, en muchos casos, sería muy difícil de vivir en la realidad[2]. Desde la década comprendida entre 1980-1990, los videojuegos se transformaron en un fenómeno de masas a nivel mundial. Su industria ha logrado mover más dinero que la industria del cine y son pocos los niños (as) que desconocen a MARIO BROS, SONIC o a otros personajes de videojuegos.

En los últimos años, los videojuegos para consola o computador, se han convertido en el juguete más regalado a niños (as) y adolescentes. Su auge hace de ellos una gran herramienta interactiva para fines lúdicos, informativos y, por supuesto, para la educación; sin embargo, cómo veremos a continuación, reviste un doble filo. Pueden ser aptos como un recurso pedagógico pero, también, fomentan valores ligados a la violencia, la agresividad y la discriminación de todo tipo.

El contexto cultural, político y tecnológico estadounidense en los inicios de los años setenta propició y condicionó la aparición de una nueva forma de entretenimiento: los videojuegos. Este condicionamiento se dio tanto en las formas como en sus contenidos.

En un contexto histórico, las formas están condicionadas por los avances tecnológicos de una época determinada. Las limitadas posibilidades gráficas y la escasa capacidad de memoria con que contaban los equipos en las décadas de 1960-1970, condicionaron la aparición de juegos gráficamente simples; por ello se buscó por parte de los fabricantes otros modos de atraer al público a través de videojuegos que estimulaban las habilidades y destrezas de los jóvenes.

En años recientes, debido a la generalización del uso de los computadores personales, han surgido muchas empresas dedicadas a liderar el mercado de los videojuegos. Este esfuerzo por captar clientes ha hecho que los nuevos productos sean cada vez más fantásticos y de mayor calidad, con alto realismo y gran interactividad con el fin mejorar la experiencia del usuario toda vez qué, en un mercado altamente competitivo, sólo el producto más llamativo está llamado al éxito. Y, cuando de éxito se trata, no hay nada que venda más que la violencia.

Como consecuencia de lo anterior, los videojuegos hoy son más que un producto informático; son un negocio, un instrumento de formación y, sobre todo, un gran fenómeno social.

La revista The Economist, prestigiosa publicación británica, en su edición del 6 de agosto de 2005, tuvo en su portada el artículo “Breeding Evil?” (¿Criando la maldad?), dedicado a los videojuegos. La revista sostiene que no hay evidencia sólida de que los videojuegos sean malos; argumento que trataremos de desvirtuar a lo largo de esta ponencia. Igualmente dice que su impacto en la juventud moderna es algo simplemente generacional, cómo sucedió con el rock en la década de 1980-1990. Por último, subraya la publicación que el problema de fondo no es tanto generacional, cómo si de contenidos.

No negamos que el potencial educativo de los videojuegos, usados en forma apropiada, puede ser enorme. Sin embargo, al mismo tiempo, los videojuegos pueden ser un medio difusor de pornografía, violencia o valores antisociales. El crecimiento de este mercado en los últimos años y la constante degeneración de sus contenidos, ha generado un aumento en la preocupación de la sociedad respecto a los alcances reales de su impacto.

En palabras de Cesar Augusto Sánchez, del Observatorio CIBERSOCIEDAD, “Los juegos de video tales como el Nintendo, Sega, o Play Station son enfocados principalmente para ser utilizados por los niños y adolescentes, y precisamente por las etapas de desarrollo por las cuales ellos están pasando, son muy susceptibles a las influencias del medio ambiente, ya que están en constante aprendizaje, por lo tanto los estímulos y valores que reciben deberían ser positivos.” Sostiene además qué: “Los niños y adolescentes debido a las etapas de desarrollo por las cuales están pasando, son muy susceptibles a las influencias del medio ambiente. Están en una edad de constante aprendizaje, por lo tanto los estímulos y valores que reciban deberían ser positivos. Pero como lo que importa es vender más, los videojuegos explotan la violencia y a los productores no les importa mucho que vayan a ser consumidos por menores de edad. Esto es evidente sabiendo que los juegos que más se venden son los de lucha y aquellos donde se aniquilan monstruos o personas…[3]

Por ello, el gran problema de los videojuegos, está en que establecen un ambiente en el cual resultan normales actitudes que revisten carácter violento, machistas, discriminadoras e intolerantes; entre otras. Este clima de permisividad ha sido catalogado como “normal” pues se ha considerado que los videojuegos “no son reales”; sólo son juegos inofensivos. Ahí parece estar el problema de los videojuegos; no tiene que ver con que faciliten o promuevan la violencia, sino con que degradan el aspecto ético de lo que se puede considerar como diversión.

Amnistía Internacional, en su tercer informe sobre los videojuegos, dice que el Preámbulo de la Convención sobre los Derechos del Niño, Convención ratificada por Colombia, afirma que “los niños y niñas deben ser educados en el espíritu de los ideales proclamados en la Carta de las Naciones Unidas y, en particular, en un espíritu de paz, dignidad, tolerancia, libertad, igualdad y solidaridad”. Por eso señalan que el videojuego desempeña un papel crucial en el desarrollo y educación de los (as) menores, y que contribuye a fomentar, como cualquier otro juguete, actitudes que pueden estar o no en consonancia con el respeto a determinados valores.

Por eso creemos que los videojuegos, con temáticas sanas y constructivas, pueden educar positivamente, promover la igualdad de género y enseñar valores adecuados a nuestra juventud en pro de una pacifica convivencia, la erradicación de todas las formas de violencia y la igualdad entre hombres y mujeres en nuestra sociedad. Pero, para ello, debemos clasificarlos adecuadamente a fin que cada videojuego esté destinado a una población apta para su consumo; capaz de discernir entre la realidad y la fantasía, y de asimilar correctamente sus contenidos y enseñanzas. Es ahí donde cobra fuerza esta iniciativa legislativa.

Queremos advertir, como afirmación inicial y rotunda, que estamos, por principios, en contra de los videojuegos; no nos gustan por cuanto consideramos qué, por las razones que explicaremos, constituyen una amenaza para la sociedad. Sin embargo, somos conscientes que constituyen una realidad social que no puede ser desconocida y, por ello, debe regularse su circulación; razón por la cual comparto el espíritu de este proyecto.

2. LOS PRINCIPALES TEMAS DE LOS VIDEOJUEGOS:

Si bien existen videojuegos con todo tipo de contenidos; desde cocina, golf, baile, etc., «La aparición de la nueva generación de videoconsolas se ha visto acompañada por una proliferación de juegos de lucha y de combate de una violencia despiadada y de un gran realismo que pone en cuestión el supuesto carácter simbólico de la violencia de los videojuegos«.[4]

Según estudios realizados, «alrededor de dos tercios de los videojuegos para consolas y para salones recreativos y un número creciente de los juegos para ordenador pertenecen a géneros cuyo tema principal gira alrededor de la violencia, la destrucción y la muerte[5]

Augusto Sánchez, del Observatorio CIBERSOCIEDAD, “Los juegos de video tales como el Nintendo, Sega, o Play Station son enfocados principalmente para ser utilizados por los niños y adolescentes, y precisamente por las etapas de desarrollo por las cuales ellos están pasando, son muy susceptibles a las influencias del medio ambiente, ya que están en constante aprendizaje, por lo tanto los estímulos y valores que reciben deberían ser positivos.”[6].

2.1. VIOLENCIA EN LOS VIDEOJUEGOS

Mucho se ha discutido sobre las posibles consecuencias de la violencia contenida en los videojuegos; hemos podido encontrar que «Muchos investigadores consideran que existe un paralelismo entre ver televisión y jugar a los videojuegos. Sin embargo, los videojuegos, a diferencia de la televisión o el cine, no muestran la violencia sino que involucran en ella a quien juega. Los videojuegos proponen una visión paranoide de la realidad en la que el jugador siempre asume el papel de víctima propiciatoria y el Otro siempre es un enemigo que debe ser eliminado. No hay historia ni contexto, sólo una amenaza y la necesidad de actuar.«[7]

Así, tenemos que «La tendencia de muchos videojuegos a presentar la violencia como la única respuesta posible frente al peligro, a ignorar los sentimientos, a distorsionar las reglas sociales, a estimular una visión discriminatoria y excluyente de las mujeres, a alentar una visión caótica del mundo, a fomentar el ‘todo vale’ como norma aceptable de comportamiento y a estimular todo tipo de actitudes insolidarias, no puede dejar de despertar una justificada inquietud«[8]

Para Norma del Río, Coordinadora del Centro de Documentación y Programa Infancia de la UAM (Universidad Autónoma de México) «es evidente que un entorno reforzado por videojuegos puede influir en el desarrollo de una conducta agresiva.«[9]. Es importante resaltar que estas afirmaciones van más allá de ser simples aseveraciones carentes de fundamento, «En un llamativo experimento realizado con cientos de estudiantes secundarios, un científico norteamericano observó que aumenta sustancialmente el nivel de crueldad de las personas luego de jugar títulos con un alto contenido de violencia[10]

Según los expertos, «tres razones por las cuales los videojuegos violentos son más perjudiciales que algunos programas de televisión y películas:

A. Identificación con el agresor: muchos juegos siguen el formato de first person shooter, que traducido literalmente significa disparador en primera persona. Esto implica que el usuario ve toda la historia a través de los ojos del protagonista, llegando incluso a identificarse emocionalmente con el personaje central del argumento.

B. Alto grado de interactividad: el jugador cumple un rol mucho más activo, en que puede escoger la forma en que atacará a sus oponentes, lo cual ayudaría a conformar una estructura de pensamiento agresiva.

C. Naturaleza adictiva: los videojuegos operan sobre la base de recompensas y castigos, tal como una máquina tragamonedas quita dinero cuando uno pierde y entrega monedas al ganar[11]

Un caso digno de reseñar es el del videojuego “GTA SAN ANDREAS”. Se trata de un videojuego en el que el jugador, que hace el papel del protagonista –Carl Jones– , ex-convicto que se mueve en el mundo de las pandillas callejeras de la Costa Oeste de Estados Unidos, realiza todo tipo de actos crueles y violentos. El videojuego, ofrece una amplia gama de violencia indiscriminada, fuerte contenido sexual, consumo de drogas y lenguaje soez.

Hay una gran pluralidad de misiones, entre las cuales podemos escoger:

Peleas entre pandillas,

Linchar traficantes,

Recoger prostitutas para llevarlas a fiestas,

Armar tiroteos,

Persecuciones,

Entre otras.

Además, el jugador tiene la opción de hurtar más de 150 vehículos y, en caso de “aburrirse”, el jugador puede “divertirse” atropellando transeúntes, dispararles a sangre fría, quemarlos vivos, matarlos a golpes o despedazarlos con una motosierra. También se puede recargar vida comiendo hamburguesas o acudiendo a prostíbulos. No sobra comentar que, al terminar la cita en el prostíbulo, el jugador puede matar a la prostituta para recuperar el dinero que le ha pagado en contraprestación de sus servicios.

Resulta claro el cómo se le hace pensar a los jóvenes en las conductas violentas como aventuras que revisten diversión; jugar a matar es un acto recreativo que no conlleva dolor. En la cultura de los videojuegos, se considera que la violencia es una forma aceptable de resolver los conflictos. Esto, en un país con una problemática tan grande de violencia cómo lo es Colombia, es de por sí altamente preocupante y contraproducente.

2.1.1. EL CASO DE COLOMBIA:

En una reciente investigación, la Universidad Nacional de Colombia[12] hace una extensa revisión entre la relación de videojuegos que hacen alusión a nuestro país por su conflicto interno. Según dicho estudio, Colombia no se ha salvado de ser protagonista de videojuegos; los investigadores ponen de relieve el juego “Terrorist Takedown: War in Colombia”. Videojuego en el cual, el jugador se debe encargar de atrapar varios narcotraficantes dispersos en Colombia a través de misiones en primera persona.


Este título alude directamente a situaciones de orden político y social; a un conflicto armado de grandes proporciones que aún azota la economía y la imagen de nuestro país.

Proliferan también otro tipo de videojuegos más simples; éste es el caso del juego de las Autodefensas Campesinas, albergado en la página del grupo paramilitar. Aquí, el usuario debe impedir que el comando de la policía sea totalmente destruido por el ataque con pipetas de gas por parte de miembros de la FARC y el ELN. Juegos como estos, a la larga, terminan afectando aún más la mala imagen internacional que se ciñe alrededor del país e incrementan el instinto bélico de quienes los juegan.

En estos videojuegos están claramente delimitados el éxito (matar o ganar), y el fracaso (morir o perder). No hay justificación ante la derrota. Esto supone una visión maniquea[13] de la realidad, con malos (alienígenas, mafiosos, asesinos, psicópatas, guerrilleros, paramilitares, etc.) a los cuales se debe eliminar físicamente para alcanzar una recompensa predeterminada.

Quizás esta inconsciencia en la que nos encontramos esté relacionada con el hecho de que vivimos en un mundo violento y agresivo, donde los conflictos se resuelven en guerras sangrientas y genocidios; teniendo como resultado la afirmación de unos sobre la humillación y destrucción de los (as) otros (as). De esta forma se asume que, en pro de lo que se considere justo en el videojuego, se tiene licencia para matar que es plenamente válida y por ello, el asesinato selectivo es una acción correcta.

Todo esto tiene repercusiones a la hora de hablar de Derechos Humanos y de hacerle entender a nuestra sociedad la importancia de respetarlos; necesidad imperante en nuestro país. Las preguntas que necesariamente tenemos que hacernos son, ¿Queremos seguir viviendo así? ¿Queremos seguir convirtiendo nuestros juegos en fiel reflejo de la realidad? Creemos firmemente, y sin miedo a equivocarnos, que el sentimiento unánime al respecto es un NO contundente.

2.2. SEXISMO EN LOS VIDEOJUEGOS[14]:

La imagen de la mujer en los videojuegos, ha sido tradicionalmente maltratada. Sus rasgos físicos son por regla general exagerados, basados en modelos de personajes sacados de los cómics e incluso, del cine porno. Su vestimenta no corresponde a las necesidades de la historia o de la labor que desempeña en el videojuego, sino a mostrarse insinuante y seductora. Por tanto, la imagen de la figura femenina está más relacionada con atributos físicos que con sus dotes intelectuales, morales, psicológicos y con sus capacidades personales.

Uno de los estudios más recientes en este sentido es el del Dr. Enrique Díez Gutiérrez, “La diferencia sexual en el análisis de los videojuegos” (2004), en el que se analizaron 250 de los videojuegos más vendidos[15].

De la investigación podemos concluir que existen en los videojuegos estereotipos en cuanto a la figura del hombre y de la mujer. Tenemos que “de la figura masculina se resaltan valores como la fuerza, la valentía, el poder, el honor, la venganza, el desafío, el desprecio o el orgullo; en resumidas cuentas, la dominación. Para la mujer se reservan la fragilidad, la pasividad, la cobardía o el conformismo; en definitiva, la sumisión”.

Se resalta el hecho que “en muy pocos juegos las mujeres son heroínas que se enfrentan a los peligros con arrojo y salen vencedoras. Más bien suelen ser princesas o víctimas que rescatar. En casi todos los casos se muestran con cuerpos voluptuosos, dotadas de grandes senos y cinturas de avispa, debido sin duda a que frecuentemente se las presenta como meros objetos sexuales, idealización de modelos extraídos del cómic o de la pornografía”.

En palabras del Dr. Enrique Javier Díez Gutiérrez, autor del estudio citado, “Esta imagen de mujer que se repite una y otra vez, margina a todas las mujeres que no son modelos, como si hubiera que nacer con 15 años y morir con 20, y tener unas dimensiones antinaturales, producto de las fantasías sexuales de los hombres para sobrevivir”. Respecto a esto, nos surge la inquietud de si enfermedades como la anorexia o la bulimia –de moda en Colombia- puedan encontrar en esta imagen que venden los videojuegos sobre la mujer, un factor que favorece su diseminación.

La gravedad de este tipo de paradigmas que reflejan los videojuegos está en qué “no solo explícitamente, sino apoyado en los deseos y fantasías que alimentan minúsculas vestimentas, pechos insinuantes, cuando no al descubierto y constantes situaciones claramente sexuales, el jugador y la jugadora tienen claro el rol que cumple la protagonista femenina de su juego. Se aprende de lo que se juega y sobre todo de la manera en que se juega y los papeles que se asumen. Nuestra socialización es un proceso de aprendizaje en buena parte por imitación, tendiendo a reproducir los modelos y arquetipos sociales que se repiten en nuestro entorno”.

Como resultado de lo anterior, “En este tipo de videojuegos una idea distorsionada de lo masculino es elevada a categoría de universal y válida. En ella sólo se dan valores como el poder, la fuerza, la valentía, el dominio, el honor, la venganza, el desafío, el desprecio y el orgullo. Es la cultura macho. Por el contrario, lo femenino es asimilado a debilidad, cobardía, conformismo y sumisión. Los protagonistas masculinos o los héroes de estos videojuegos son definidos mayoritariamente como ‘gente dura’”. Pero, “Lo más preocupante es que la conducta de los hombres, dentro de esta visión androcentrica del mundo, se toma como modelo, como norma. Por ello se ve normal que la conducta adecuada de la mujer sea aproximarse cada vez más a la conducta de los hombres”. Así, la imagen de la mujer comienza a desnaturalizarse, queriendo asemejarse a la fortaleza que recubre, en teoría, al género masculino.

El mayor problema que se observa en el estudio realizado por el Dr. Díez Gutiérrez, es que “el tratamiento de la mujer en los videojuegos, aunque no sea percibido conscientemente, tiene un importante impacto sobre la imagen que las niñas y adolescentes se construyen de ellas mismas y que contribuye especialmente a que las niñas y los niños asuman pautas de comportamiento respecto a la mujer elaboradas a partir de una visión estereotipada y limitada de lo femenino”.

Así, con el uso frecuente y socialmente aceptado de éste tipo de videojuegos, las mujeres asumen como normal la dependencia de los hombres; y los hombres, la dominación hacia las mujeres. Tanto niños y niñas reciben por igual mensajes negativos que influyen notoriamente sobre la manera en que cree que deben actuar y el aspecto que deben tener. Este tipo de retrato envía señales muy fuertes acerca de lo que significa ser mujer.

Por todo lo que hemos dicho, es claro cómo en los videojuegos los hombres inventan a las mujeres y el papel que deben de cumplir, llevando a que las mujeres se vean obligadas a renunciar a su identidad genérica e identificarse con formas masculinas de ver la realidad.

Pero no solamente se ven afectadas las mujeres por parte de las claras connotaciones sexistas que tienen los videojuegos; “a los hombres se les enseña a reprimir sus sentimientos, a demostrar frialdad y dureza, a no llorar, a valorar la victoria y el poder por encima de cualquier otra cosa”. Esto desnaturaliza la esencia reflexiva y cálida del ser humano, incentivando la generación de personas frías y carentes de afecto hacia su entorno.

En este sentido creemos qué la gran mayoría de videojuegos, qué como cualquier juego influyen poderosamente en la construcción mental de los niños y niñas, estimulan este machismo mental que no corresponde a un Estado Social de Derecho como lo es el Estado Colombiano.

2.3. RACISMO EN LOS VIDEOJUEGOS

Éste es otro de los aspectos polémicos que emerge al momento de hacer un análisis en materia del contenido de algunos videojuegos. Si bien no son tan frecuentes los casos de abierta discriminación en los videojuegos, existen y revisten una gran gravedad. A modo de ejemplo, en un videojuego llamado “GHETTO BLASTER”, denunciado por Amnistía Internacional, la persona que juega tiene que derribar todos los ladrillos de una pared con una bola. Los ladrillos no son tales, sino caras de personas de raza negra y judíos, entre otros; a mayor número de ladrillos derribados, mayor puntuación obtendrá el jugador.

Entre las averiguaciones realizadas a fines de realizar esta ponencia, no se pudieron encontrar videojuegos cuyo protagonista, masculino o femenino, pertenezca a una minoría (gays, minusválidos, inmigrantes, etc.). La mayoría de los protagonistas de los videojuegos son hombres, blancos, norteamericanos, heterosexuales, musculosos, “machos”; es decir, se reproduce así un modelo radicalmente etnocéntrico y racista.

En esta visión de la realidad, el otro o la otra, diferente a mí, es un enemigo que debe ser eliminado. El objetivo es destruir al adversario del modo que sea.

3. ¿NOS AFECTAN LOS VIDEOJUEGOS?

La mayoría de la población cree que los videojuegos son inofensivos por el simple hecho de qué “no son reales”. Dicha creencia se debe al desconocimiento del proceso de aprendizaje del ser humano, el cual, en forma progresiva y conforme al entorno que lo rodea, va conformando su identidad psico-social.

Actualmente, existe gran controversia entre los (as) investigadores (as) de este campo. En criterio de Levis, «Los autores que atribuyen a los videojuegos grandes cualidades educativas no se percatan de la paradoja en la que caen. Descartan, o bien subestiman, los supuestos peligros de los videojuegos y al mismo tiempo no dudan en enfatizar la importancia que pueden llegar a tener en el desarrollo cognitivo de niños y adolescentes. No advierten que justamente esta potencialidad es la que los convierte en temibles. Si bien algunos datos parecen poner en cuestión la extendida idea de que los videojuegos fomentan el aislamiento, no se debe descartar la existencia del problema[16]

3.1. EFECTOS MENTALES

Se cree que los videojuegos no tienen el poder de condicionar nuestra conducta porque se piensa que las personas tienen la capacidad de diferenciar lo real de lo que no lo es; llevando así a que se asuma la violencia, el racismo y el machismo contenido en los videojuegos como algo divertido. Respecto a esto, debe anotarse que “no hay influencia más marcada que aquella que no es consciente, pues no permite una racionalización de la misma, induce a creer que no es necesario generar mecanismos conscientes de defensa frente a ella[17]. De esta forma, nuestros (as) adolescentes y jóvenes se encuentran inermes ante los valores que transmiten y las actitudes que conlleva la utilización constante de videojuegos qué, sin ningún tipo de clasificación, circulan indiferentemente entre ellos sin importar su contenido.

Amnistía Internacional, en su tercer informe sobre los videojuegos, titulado “¿Sabes a qué juegan tus hijos? Videojuegos, racismo y violación de los Derechos Humanos.”, ha denunciado la existencia de videojuegos al alcance de menores con contenidos que desprecian los derechos humanos. Como ejemplo de esto, tenemos el videojuego MAFIA, el cual promueve actitudes abiertamente contrarias a éstos y notoriamente violatoria de los mismos. Sus imágenes muestran, entre otras cosas, el atropello salvaje de peatones por parte del protagonista del videojuego y asesinatos que se cometen usando un bate de béisbol.

Aunque sea “sólo un juego”, como sostienen muchos, para los (as) menores estos ejercicios de violencia se convierten en algo normal. En consecuencia no les extraña si sucede en la vida real. No lo ven como malo. Así, por ejemplo, si en un país determinado un régimen terrorista tortura y mata, a los (as) jóvenes les parecerá que son prácticas normales, que las hace la gente a diario y que no son condenables.

En el mundo de los videojuegos podemos engañar y mentir; podemos asesinar a otros seres humanos y se nos dan premios por ello (más vidas, más energía, más tiempo, etc.). Cuanto más asesinemos, más se nos condecorará. La mayoría de los videojuegos alientan no sólo la indiferencia ante los actos violentos más irracionales, sino que también premian el asesinato, disfrazándolo de justicia. Por supuesto, se justifica aquí una justicia paralela a la legalmente establecida qué, como va aprendiendo y asumiendo paulatinamente el jugador, es eficaz en comparación con el sistema legalmente establecido que siempre fracasa y por lo general “garantiza” la impunidad.

Esto deriva en una manifiesta insensibilidad ante la imagen y la práctica de la violencia, especialmente por parte de nuestra juventud, qué son quienes más juegan este tipo de videojuegos; más si se tiene en cuenta que los protagonistas de los videojuegos que realizan estas acciones, responden a los ideales de fuerza, valentía, belleza, con los que los (as) adolescentes modernos se identifican.

De lo anterior, se puede colegir que los videojuegos están instaurando una cultura de violencia; esto, en una sociedad qué, cómo la colombiana, se ha visto constantemente sometida a toda forma inimaginable de horrores por parte de los violentos, no puede tolerarse o justificarse en forma alguna y debe ser rechazado de plano.

Así, de alguna forma, sí se está afectando la conducta de nuestros (as) adolescentes, su forma de relacionarse con los demás y de estar en el mundo. Este tipo de videojuegos violentos no favorece la comprensión de la realidad, descuidando el lado emocional y sensible de la interacción humana, dificultando la resolución dialogada de los conflictos y promoviendo una sociedad carente de sentido social”. Pero lo peor de esta cultura de violencia contenida en una muy buena parte de los videojuegos, es que trivializa la violencia real; lo que lleva a que los niños y niñas terminen volviéndose inmunes a su horror.

3.1.1. EL CONDICIONAMIENTO OPERANTE

El condicionamiento operante es una teoría introducida por el psicólogo estadounidense Burrhus Frederic Skinner. Esta teoría sostiene que, mediante los “estímulos” apropiados es posible condicionar al ser humano para que produzca una respuesta en forma automática, la cual, puede ser reforzada de manera positiva o negativa provocando que la conducta operante se fortalezca o debilite.

Skinner puso a prueba su teoría con un simple experimento denominado la «Caja de Skinner«. El experimento consistía en ubicar un ratón en el interior de una caja que tenía por dentro una palanca, la cual podía ser accionada con una liguera presión, y que al ser accionada provocaba que cayera alimento contenido en un tazón al interior de ésta.

El ratón, al que se había privado de alimento, se movía de un lado a otro, apoyando su cuerpo en los costados de la caja. En algún momento, y en forma accidental, la palanca era accionada por el cuerpo del animal, provocando la caída del alimento, el cual era ingerido por el ratón. Este proceso se repetía varias veces involuntariamente, hasta que el ratón “descubría” que el hecho de accionar la palanca es retribuida con una recompensa, por lo cual esta acción se repetía con mayor frecuencia.

Así, el “refuerzo” (Alimento), es el que lleva a repetir al ratón en forma sistemática una conducta que en un primer momento fue accidental. Nos parece apropiado hacer una analogía de los videojuegos a un entrenamiento, a través del cual se da un aprendizaje o en este caso un desaprendizaje de los valores inculcados[18].

Puede ser odioso comparar a un ser humano con un ratón; sin embargo, estudios psicológicos han demostrado que esta teoría es aplicable a las personas. Al respecto encontramos que:

“De acuerdo a los resultados de B.F. Skinner sobre la conducta de los organismos, se trata principalmente de asociar una respuesta a un estímulo, con el fin de que cuando se presente dicho estímulo, él sujeto actúe sin pensar y responda de manera refleja.


Es muy claro en las artes marciales, porque se enseña a responder de una manera defensiva ante un cierto ataque, y a atacar de una manera precisa inmediatamente después del ataque. De tal manera que una persona que ha sido entrenada de esta manera, va a actuar como «debe» de actuar, a pesar de que esté asustado, o la situación sea un caos.


De igual manera funciona un simulacro de sismo o incendio o en un simulador de vuelo para realizar maniobras de emergencia; con el fin de que en una situación donde uno pudiera estar agobiado por el estrés, el pánico o la ira, actúe de la forma en la que fue entrenado.


En épocas anteriores, comenta el Teniente Coronel David Grossman, se entrenaba a los soldados a disparar hacia un blanco circular, donde la meta era acertar lo más al centro posible; pero desde hace algunos años se dispara hacia siluetas de forma humana que van apareciendo en distintas partes del campo de tiro; y como podemos ver en la evolución de los videojuegos, no sólo se trata de disparar hacia figuras humanas, sino que estas figuras humanas con el paso del tiempo y la evolución de la tecnología resultan ser cada vez más reales, de modo que pareciera que se estuviera disparando contra un humano real.

El Tte. Coronel David Grossman ejemplifica lo eficaz que puede ser este entrenamiento, aun en simuladores, con el siguiente caso:

«Yo era testigo experto en un caso de homicidio en Carolina del Sur, pidiendo moderación para un chico que enfrentaba una sentencia de pena capital. Intentaba explicar al jurado el hecho de que los juegos de video interactivo habían condicionado al chico a disparar un arma para matar. Él había gastado centenares de dólares en juegos de video aprendiendo a apuntar y disparar, apuntar y disparar. Un día él y su compañero decidieron que sería divertido robar una pequeña tienda. Entraron, y él apuntó una pistola 38 chata a la cabeza del cajero. El cajero giró para mirarle y el acusado en forma refleja le disparó de unos dos metros. La bala tomó al cajero entre los ojos, un disparo bastante notable con esa arma a esa distancia — y le mató a ese padre de dos niños. Después consultamos con el acusado acerca de lo que pasó y por qué lo había hecho. Obviamente no era parte del plan matar al cajero (había seis cámaras de video presentes). Él dijo, «No sé. Fue un error. No tenía que suceder».

Entonces, ¿qué podemos ver de esto?, podemos ver claramente que si en un juego se condiciona a actuar con violencia hacia cualquier enemigo que se presente frente a nosotros, podríamos llegar a actuar nosotros con la misma violencia, sin ni siquiera saber que fue lo que pasó”[19].

Estamos siendo socializados en una cultura de violencia, de competitividad, de menosprecio hacia las personas más débiles, de discriminación sexual y racial; donde se consagra la agresión como paradigma de relación. Un claro ejemplo de esto, lo tenemos en el ejemplo anteriormente citado que muestra la forma en qué, a través de videojuegos, se educa en la violencia a las personas más jóvenes, quienes aprenden que la única forma de resolver sus conflictos es a través de la confrontación.

Para Amnistía Internacional, “el mayor peligro no es la generación o no de comportamientos violentos, sino la insensibilización ante la violencia por parte de nuestros menores. Según este organismo, “si se acostumbran a jugar desde muy pequeños con este tipo de videojuegos, para ellos se convierte en una cosa normal el amenazar a la gente, la torturarla, o someterla a malos tratos”.

Con base en lo expuesto, creemos pertinente el asegurar en forma rotunda que los videojuegos si nos afectan en forma negativa si son mal empleados y, por ello, debemos tomar todas las medidas posibles a fin de contrarrestar sus efectos nocivos mediante la educación a la sociedad, la cual será posible a través de la clasificación de sus contenidos y de amparar a los (as) menores de edad de acceder a ellos en establecimientos de comercio por fuera de la orbita tutelar de sus padres.

3.1.2. EL CASO ZOE GARCIA[20]:

Es uno de los casos más sonados recientemente en el mundo acerca de la influencia negativa que ejercen los videojuegos en la conducta humana. El terrible suceso ocurrió en los Estados Unidos el 6 de diciembre de 2007, cuando dos adolescentes fanáticos de MORTAL KOMBAT atacaron a la mediana hermana de uno de ellos, de 7 años de edad, simulando una de las escenas del juego.

Lamar Roberts de 17 años, y Heather Trujillo, de 16 años, cuidaban a Zoe García, media hermana de Trujillo; mientras la madre de la niña trabajaba. Los adolescentes se dejaron llevar por el videojuego y tras una feroz golpiza, que imitaba los movimientos utilizados en el videojuego Mortal Kombat, la niña quedó inconsciente.

Los jóvenes trataron de reanimar a la niña colocándola debajo del grifo de agua y haciéndole respiración boca a boca antes de llamar a la madre de la menor y al número de emergencias, pero ante la gravedad de las lesiones la niña falleció en el hospital.

La autopsia mostró que la menor tenía fracturada la muñeca, más de 20 hematomas, hinchazón del cerebro, y sangrado en los músculos del cuello y bajo de la columna vertebral, de acuerdo con el documento.

Después del crudo hecho que aquí observamos, nos preguntamos, ¿Aun nos quedan dudas de los efectos nocivos de los videojuegos en la mente de nuestros jóvenes?

3.2. EFECTOS FISICOS

Se ha logrado demostrar que el impacto de los videojuegos en la salud no se limita al aspecto mental; las advertencias que se han hecho son muchas. Para Luz María Flores, pediatra, “los cambios rápidos y constantes de las imágenes, al igual que el contraste de luces y los sonidos intempestivos generan daños severos a la vista y el oído[21]. Igualmente, Norma del Río, coordinadora del Centro de Documentación y Programa Infancia de la UAM, advirtió que “los trastornos registrados por el uso de videojuegos son problemas auditivos, oculares, de postura, tensión muscular e incluso, presión arterial alta[22]

Incluso se han registrado casos extremos de enfermedades severas; a modo de ejemplo, tenemos que:

Epilepsia fotosensible: Cuando en 1997, se reportaron 685 niños afectados por la epilepsia, después ve haber visto un programa de «Pokemon», el doctor Vittorio Porciatti de la Universidad de Pisa, encabezó un proyecto de investigación para analizar las causas de esta enfermedad.


La epilepsia fotosensitiva se da en menores de edad principalmente, y es muy raro que se presente en personas mayores a los 20 años. En pocas palabras es producida por flashes o imágenes titilantes, mostradas principalmente por un monitor de computadora o una televisión. Esto es porque su cerebro es incapaz de controlar la respuesta a estos estímulos y «se debe a que un mecanismo en el cerebro que controla la reacción a la información visual «es defectuosa o esta ausente» en las personas que sufren este tipo de epilepsia».

Esta enfermedad afecta a un 0.5% a 0.8% de los jóvenes entre 4 y 14 años. Es a estas edades cuando se pasa mucho tiempo frente a los juegos de video o de la televisión, que contienen imágenes relampagueantes y las cuáles son las disparadoras de la epilepsia.


Este tipo de epilepsia se presenta por la frecuencia del destello y no por el contenido de las imágenes.


Tendinitis: Ha habido casos de tendinitis en los jugadores por el esfuerzo excesivo de las manos sobre los controles de los videojuegos, o por el tiempo tan prolongado en el que permanecen en la misma posición,…”[23]

Si bien son mucho más preocupantes los efectos sobre la mente que sobre el cuerpo, debe tenerse en cuenta esto al momento de hacer un análisis detallado del tema.



4. ADICCIÓN A LOS VIDEOJUEGOS

Al igual que ocurre con otros medios y sustancias cómo la droga, el alcohol o la Internet, la posibilidad de que un (a) menor acabe siendo adicto a los videojuegos ha sido muy discutida. La poca disponibilidad de datos fiables que revelen la posibilidad de adicción en los usuarios consumidores de videojuegos, ha sido un aspecto determinante en la profundización de la discusión.

No somos médicos o versados en el tema y mal podríamos incurrir en un debate que aún está sin resolver por parte de los expertos en las áreas respectivas. Por ello, no entraremos a discutir si los videojuegos generan adicción o no. Lo que es indiscutible, es que ésta es actividad suele demandar grandes cantidades de tiempo, lo que puede conducir al abuso, y este abuso puede confundirse con la adicción.

Existen argumentos que avalan la posibilidad de que estos juegos puedan crear dependencia. A modo de ejemplo, Ortega y Romero, profesores de la Universidad de Granada, escribían en 2001 que “la esencia psicoemocional de este tipo de historias, la simbología subliminal que suelen contener, el alto grado de interactividad que permiten al jugador y el enorme poder seductor de las imágenes y sonidos tridimensionales, explican su gran capacidad de crear adicción”.

Aunque en la mayoría de los casos no se pueda hablar de adicción, la gran capacidad de atracción de los videojuegos puede conducir con facilidad a su utilización desmedida. Es importante conocer esta realidad para poder tenerla en cuenta en lo que atañe a la educación. Esto, toda vez que los menores se ausentan de los colegios e incluso se alejan de su núcleo social y familiar con el fin de acudir a los establecimientos de comercio dónde, sin ningún tipo de control, tienen acceso ilimitado a toda clase de videojuegos violentos; afectando enormemente su rendimiento académico y posibilidades de desarrollo integral al ir de la mano, en muchas ocasiones, con el aislamiento social por querer estar todo el día jugando frente a la maquina.

Para Maressa Hecht, de los Servicios de Adicción a los Ordenadores de McLean Hospital, centro afiliado a la Universidad de Harvard, “los jugadores en su mayoría son personas solitarias, que en el mundo virtual se relacionan con sus únicos amigos.«[24].

Con base en lo anterior, podemos afirmar en forma categórica qué, independientemente que pueda hablarse o no de adicción, es cierto que la exposición desmedida a la que se ven sometidos los (as) jóvenes, consumidores por parte de los establecimientos comerciales dedicados al negocio de los videojuegos, puede ser un factor determinante en la disminución de sus capacidades físicas y sicológicas; razón por la cuál, ésta actividad debe ser regulada.

5. ¿EL FIN JUSTIFICA LOS MEDIOS?

Aquí nos encontramos ante la eterna interrogante que ha abrumado a la humanidad desde el inicio de los tiempos: ¿el fin justifica los medios?; Estamos de acuerdo en que los videojuegos, debidamente enfocados, pueden aportar múltiples posibilidades educativas y pueden ayudar a construir los conocimientos, constituyendo por tanto un material de gran valor pedagógico.

Por ello, consideramos importante alejar a nuestros (as) menores de aquellos establecimientos comerciales en qué, sin ningún tipo de tutela, guía o control, les permiten el acceso indiscriminado a videojuegos violentos, sexistas y racistas que no aportan ningún aspecto positivo en su formación. Esto supone decisiones políticas, económicas y sociales que nos incumben a todos (as).

Respecto a este punto, queremos plantear una ultima cuestión qué, a modo de ejemplo, ha sido ampliamente divulgada en Europa, ¿Estaríamos dispuestos (as) a que nuestros hijos e hijas aprendieran el alemán con un método de aprendizaje excelente basado en los principios del régimen nazi de Hitler? Es bueno recordad que ninguna finalidad, por legitima que sea, justifica el uso indiscriminado de medios cuestionables en su obtención; «Nada puede justificar educar en la violencia, educar para matar. Tener plena conciencia del valor de cada vida es la barrera más eficaz que puede levantarse contra la barbarie.«[25]

6. CLASIFICACIÓN DE VIDEOJUEGOS EN EL MUNDO:

Existen en el mundo tres (3) sistemas principales de clasificación de videojuegos:

A. EL SISTEMA “PEGI”: es el sistema usado en Europa para clasificar el contenido de los videojuegos. El sistema PEGI se aplica en 25 países, pero no es una política de la Unión Europea; su adopción es voluntaria.

La PEGI contempla cinco categorías por edad

Estándar

Para edades de 3 en adelante.

Para edades de 7 en adelante.

Para edades de 12 en adelante.

Para edades de 16 en adelante.

Para edades de 18 en adelante (Sólo adultos).

También encontramos descripción por el contenido

Lenguaje Soez

Discriminación

Drogas

Miedo

Contenido sexual

Violencia

Apuesta

El símbolo correspondiente se encuentra ubicado en la cara frontal del paquete. Esta marca denota la correspondiente edad o criterio de contenido para los que fueron diseñados los contenidos.

B. EL SISTEMA “CERO”: La Computer Entertainment Rating Organization (CERO) es la organización que se encarga se clasificar los videojuegos en Japón con niveles de clasificación que informan al consumidor acerca de la naturaleza del producto y para que grupo de edades es adecuado.

Su sistema de Clasificación está establecido en la siguiente forma:

  • A (Todas la edades)
  • B (Edades 12 y más)
  • C (Edades 15 y más)
  • D (Edades 17 y más)
  • Z (Edades 18 y más)

Al igual qué en el PEGI europeo, el símbolo correspondiente se encuentra ubicado en la cara frontal del paquete. Esta marca denota la correspondiente edad para los que fueron diseñados los contenidos. La clasificación Z está estrictamente regulada por el gobierno japonés.

C. EL SISTEMA “ESRB”: Entertainment Software Rating Board (ESRB) es una entidad auto-regulada que realiza en forma independiente clasificaciones de los videojuegos.

En este sistema los videojuegos se clasifican según su contenido de violencia física o verbal y otros elementos como el sexo. Esta clasificación orienta y ayuda a los consumidores a escoger los videojuegos apropiados para su núcleo familiar. Así, tenemos la siguiente clasificación:

· EC: Early Childhood (Infancia temprana): son aptos para edades a partir de los 3 años. Los juegos que entran en esta categoría son específicamente desarrollados para niños pequeños y usualmente son de orientación educacional.

· E: Everyone (Para todos): Incluye temas aptos para edades de 6 años en adelante. Los títulos incluidos en esta categoría, pueden contener animación, fantasía, violencia moderada y el uso de insultos suaves.

· E10+: Everyone 10 and older («Para todos mayores de 10 años»): (Dirigidos especialmente a los preadolescentes. Incluyen material idóneo para edades de 10 años en adelante. Las obras dentro de esta categoría, pueden contener animaciones, fantasía, violencia moderada, insultos regulares y sangre.

· T: Teen («Adolescentes»): Su contenido es apropiado para personas de 13 años en adelante. Pueden contener violencia limitada, temas insinuantes, humor crudo, sangre, juegos de azar simulados, y uso de lenguaje fuerte.

· M: Mature («Maduro»): Pueden contener material pertinente para edades de 17 años en adelante. Esta categoría incluye violencia intensa, sangre, horror, temas sexuales y lenguaje fuerte.

· AO: Adults Only («Sólo Adultos»): Su contenido es solamente para adultos. Los juegos de esta categoría incluyen escenas prolongadas de violencia extrema, temas sexuales y desnudez.

· RP: Rating Pending («Clasificación Pendiente»): Destinada a videojuegos que han sido sometidos a evaluación por parte de la ESRB y están en espera de que se les asigne una categoría. Este símbolo aparece solo en demos y publicidad de juegos próximos en salir a la venta.

Las marcadas diferencias culturales entre los diversos países que acogen estos sistemas de clasificación, pueden llevar a que un videojuego sea considerado en un país como apto para poblaciones que en otro país serían censuradas; a modo de ejemplo, tenemos la clasificación japonesa ZERO qué, comparada con las de los otros países o grupos de países, resulta mucho más “tolerante” frente a la violencia.

Como consecuencia de lo anterior, nos encontramos con unos sistemas de clasificación que cada día pretenden ser más precisos y protectores pero que aún siguen siendo susceptibles de verse afectados por la censura o la prohibición expresa ante los intereses particulares de unos determinados grupos.

En ocasiones, bajo la etiqueta de la “clasificación” se ha procedido a la censura. La idea del proyecto de Ley bajo estudio no es esa; al contrario, se pretende amparar la libertad de todas las personas a jugar, bajo un claro y completo consentimiento informado que presupone que los padres sabrán a que tipo de material tienen acceso sus hijos y, el consumidor en general podrá tener un mejor criterio al momento de elegir qué jugar.

Acerca de los contenidos de los videojuegos, son muchos los sectores que opinan: empresarios, políticos, religiosos, padres de familia, psicólogos, etc; cada gremio ha planteado diferentes criterios para sentar su posición respecto al tema. Esto es un ejercicio valido; pero no se puede, amparado en dichos argumentos, afectar la libertad de elección de la que debe disponer todo consumidor. Por ello, este proyecto no pretende censurar sino clasificar los videojuegos, para que los usuarios consumidores que adquieran el producto tengan un conocimiento previo y detallado de lo que compran para ellos o para sus hijos (as).

6.1. LA CLASIFICACIÓN SUGERIDA EN EL PROYECTO DE LEY:

El Proyecto de Ley sugiere una clasificación que resulta bastante interesante y que guarda correlación con los sistemas que hemos reseñado hasta ahora; veamos:

o “A” INOFENSIVO. Apto para todas las edades, aplica para los videojuegos que contienen violencia moderada o suave, su uso es para todas las edades, corresponde a la letra A, la cual debe estar impresa en cada disco de video juego a que corresponda, con el color AZUL OSCURO.

o “B” POCO AGRESIVOS. Apto para mayores de 14 años, aplica para los videojuegos que contienen violencia, temas sugestivos, humor crudo, sangre mínima, y poco uso de lenguaje fuerte, corresponde a la letra B, la cual debe estar impresa en cada disco de video juego a que corresponda, con el COLOR VERDE OSCURO.

o “C” AGRESIVOS. Apto para mayores de 16 años, aplica para los videojuegos que contienen escenas de sexo y violencia moderada, corresponde a la letra C, la cual debe estar impresa en cada disco de video juego a que corresponda, con el COLOR NARANJA.

o “D” ALTAMENTE AGRESIVOS. Apto para mayores de 18 años, aplica para los videojuegos que contienen escenas prolongadas de violencia y/o desnudez sexual gráfica, corresponde a la letra D, la cual debe estar impresa en cada disco de video juego a que corresponda, con el COLOR ROJO.

Otro aspecto que llama la atención sobre el Proyecto es que, a diferencia de los otros sistemas de clasificación, corresponde al Gobierno Nacional, por medio del Ministerio del Interior y de Justicia, clasificar los videojuegos que circulan legalmente en Colombia según la clasificación aquí expresada; excluyendo de entrada la autorregulación permitida a las empresas en otros lugares del mundo. Igualmente es de resaltar que se contemplan sanciones ante el incumplimiento de la norma.

7. CONCLUSIÓN

Amnistía Internacional, desde el año 2001, a través de informes sucesivos, ha llamado la atención sobre la falta de legislación que proteja a los (as) menores de edad ante el fomento de la cultura violenta contenida en los videojuegos; los cuales se fabrican y distribuyen sin ningún tipo de regulación sobre su uso.

El problema social de fondo, es que se les impone a las familias una responsabilidad de carácter individual en la crianza de sus hijos sin brindarles un soporte que haga posible dicha tarea. La crisis que atraviesan los valores, la diversidad de enfoques sobre lo que es bueno y malo , la falta de formación para ser padres, la carencia de una cultura de consumo, la escasez de tiempo para compartir con nuestros hijos (as) debido a las condiciones laborales modernas, nuestra falta de conocimientos sobre las nuevas tecnologías, la constante creación de modas y “necesidades” por parte de los medios de comunicación; nos hacen preguntarnos: ¿cómo se les puede exigir a las familias que se conviertan en pedagogas de las futuras generaciones sin alguna clase de apoyo por parte de quienes tenemos el deber de velar por el bienestar de la sociedad?.

El día de hoy asumimos un enorme desafío. Es hora de tomar en nuestras manos la responsabilidad en la prevención de la violencia escolar, de ejercer una acción efectiva en pro de la igualdad de genero, sexual, racial y de prevenir el aislamiento social al que pueden conllevar los videojuegos; esto exige un papel activo y decidido del Congreso de la República y demás instituciones públicas para imponer a las empresas privadas la obligación de colaborar en forma constructiva con la educación de las futuras generaciones; ya que su interés no puede estar supeditado únicamente al beneficio económico que su actividad les reporta.

La formación de nuestros (as) jóvenes está siendo dirigida esencialmente por el mercado. La tecnología debe estar al servicio de la sociedad, no del rendimiento económico de los empresarios productores de videojuegos. Por lo tanto, tenemos que actuar cuanto antes para regular la circulación de estos productos.

Prohibir los videojuegos no es la solución. No podemos eliminar sin más aquello que no nos gusta, más tratándose de un fenómeno social tan complejo. Si queremos que nuestros (as) jóvenes se desarrollen en forma adecuada, debemos darles las herramientas necesarias para que interioricen la realidad que los rodea de forma crítica y puedan posicionarse ante ella en función de unos valores sólidos, asumidos con plena libertad. Es inútil tratar de proteger a nuestros (as) jóvenes encerrándolos (as) en un “castillo de cristal”, a salvo de las amenazas exteriores; no podemos evitar la realidad, pero si podemos dotarlos con medios que les permitan comprenderla de una forma adecuada.

Proposición No ____ de 2008

En atención a las anteriores consideraciones proponemos dar primer debate al Proyecto de Ley No. 136 DE 2007, por el cual “se dictan normas sobre la operación y funcionamiento de establecimientos que prestan el servicio de videojuegos, y se dictan otras disposiciones”.

De los honorables Senadores,

ELSA GLADYS CIFUENTES ARANZAZU

Senadora de la República


[1] DIEZ GUITIERREZ, Enrique Javier. La diferencia sexual en el análisis de los videojuegos. CIDE/ INSTITUTO DE LA MUJER. España. 2004.

[2] Breve historia de los Videojuegos. Pardo, Juan y García Fernández, Fernando. http://www.agea.org.es

[3] Sánchez González, Cesar Augusto, 2005, «Videojuegos, ¿nos entrenan para matar?». Disponible en el ARCHIVO del Observatorio para la CiberSociedad en

http://www.cibersociedad.net/archivo/articulo.php?art=217

[4]Levis, Diego. Los videojuegos, un fenómeno de masas. Edit.Paidós, Barcelona 1997. En URL: http://www.arrakis.es/~dlevis/diecom/videojuegos.htm

[5]Levis, Diego. Los videojuegos, un fenómeno de masas. Edit.Paidós, Barcelona 1997. En URL: http://www.arrakis.es/~dlevis/diecom/videojuegos.htm

[6] Sánchez González, Cesar Augusto, 2005, «Videojuegos, ¿nos entrenan para matar?». Disponible en el ARCHIVO del Observatorio para la CiberSociedad en

http://www.cibersociedad.net/archivo/articulo.php?art=217

[7]Levis, Diego. Los videojuegos, un fenómeno de masas. Edit.Paidós, Barcelona 1997. En URL: http://www.arrakis.es/~dlevis/diecom/videojuegos.htm

[8]Levis, Diego. Normas sociales y juegos informáticos. http://www.arrakis.es/~dlevis/diecom/JUSTICIA.htm

[9]Lara, Alhelí. Grupo Reforma Advierten de daños por usar videojuegos. Marzo 2002, En URL: http://www.reforma.com/hogar/articulo/190874/

[10]Videojuegos aumentan la agresividad infantil. En URL http://www.tercera.cl/diario/2000/04/23/t-23.23.3a.CYS.VIDEO.html

[11]Videojuegos aumentan la agresividad infantil. En URL http://www.tercera.cl/diario/2000/04/23/t-23.23.3a.CYS.VIDEO.html

[13] Del maniqueísmo: Doctrina fundada por el filósofo persa Manes que se basa en la existencia de dos principios eternos, absolutos y contrarios, el bien y el mal.

[14] Díez Gutiérrez, Enrique Javier. La Diferencia sexual en el análisis de los videojuegos. Instituto de la Mujer (Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales); CIDE (Ministerio de Educación y Ciencia). España. 2004.

[15] Díez Gutiérrez, Enrique Javier. La Diferencia sexual en el análisis de los videojuegos. Instituto de la Mujer (Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales); CIDE (Ministerio de Educación y Ciencia). España. 2004.

[16]Levis, Diego. Los videojuegos, un fenómeno de masas. Edit.Paidós, Barcelona 1997. En URL: http://www.arrakis.es/~dlevis/diecom/videojuegos.htm

[17] Díez Gutiérrez, Enrique Javier. La Diferencia sexual en el análisis de los videojuegos. Instituto de la Mujer (Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales); CIDE (Ministerio de Educación y Ciencia). España. 2004.

[18] Sánchez González, Cesar Augusto, 2005, «Videojuegos, ¿nos entrenan para matar?». Disponible en el ARCHIVO del Observatorio para la CiberSociedad en

http://www.cibersociedad.net/archivo/articulo.php?art=217

[19] Sánchez González, Cesar Augusto, 2005, «Videojuegos, ¿nos entrenan para matar?». Disponible en el ARCHIVO del Observatorio para la CiberSociedad en

http://www.cibersociedad.net/archivo/articulo.php?art=217

[21]Lara, Alhelí. Grupo Reforma Advierten de daños por usar videojuegos. Marzo 2002, En URL: http://www.reforma.com/hogar/articulo/190874/

[22]Lara, Alhelí. Grupo Reforma Advierten de daños por usar videojuegos. Marzo 2002, En URL: http://www.reforma.com/hogar/articulo/190874/

[23] Sánchez González, Cesar Augusto, 2005, «Videojuegos, ¿nos entrenan para matar?». Disponible en el ARCHIVO del Observatorio para la CiberSociedad en

http://www.cibersociedad.net/archivo/articulo.php?art=217

[24]Videojuegos, adicción a morir. En URL: http://www.videojuegosamazing.com/adiccion.htm

[25]Levis, Diego. Normas sociales y juegos informáticos. En URL: http://www.arrakis.es/~dlevis/diecom/JUSTICIA.htm


Este título alude directamente a situaciones de orden político y social; a un conflicto armado de grandes proporciones que aún azota la economía y la imagen de nuestro país.

Proliferan también otro tipo de videojuegos más simples; éste es el caso del juego de las Autodefensas Campesinas, albergado en la página del grupo paramilitar. Aquí, el usuario debe impedir que el comando de la policía sea totalmente destruido por el ataque con pipetas de gas por parte de miembros de la FARC y el ELN. Juegos como estos, a la larga, terminan afectando aún más la mala imagen internacional que se ciñe alrededor del país e incrementan el instinto bélico de quienes los juegan.

En estos videojuegos están claramente delimitados el éxito (matar o ganar), y el fracaso (morir o perder). No hay justificación ante la derrota. Esto supone una visión maniquea[13] de la realidad, con malos (alienígenas, mafiosos, asesinos, psicópatas, guerrilleros, paramilitares, etc.) a los cuales se debe eliminar físicamente para alcanzar una recompensa predeterminada.

Quizás esta inconsciencia en la que nos encontramos esté relacionada con el hecho de que vivimos en un mundo violento y agresivo, donde los conflictos se resuelven en guerras sangrientas y genocidios; teniendo como resultado la afirmación de unos sobre la humillación y destrucción de los (as) otros (as). De esta forma se asume que, en pro de lo que se considere justo en el videojuego, se tiene licencia para matar que es plenamente válida y por ello, el asesinato selectivo es una acción correcta.

Todo esto tiene repercusiones a la hora de hablar de Derechos Humanos y de hacerle entender a nuestra sociedad la importancia de respetarlos; necesidad imperante en nuestro país. Las preguntas que necesariamente tenemos que hacernos son, ¿Queremos seguir viviendo así? ¿Queremos seguir convirtiendo nuestros juegos en fiel reflejo de la realidad? Creemos firmemente, y sin miedo a equivocarnos, que el sentimiento unánime al respecto es un NO contundente.


[13] Del maniqueísmo: Doctrina fundada por el filósofo persa Manes que se basa en la existencia de dos principios eternos, absolutos y contrarios, el bien y el mal.

2.2. SEXISMO EN LOS VIDEOJUEGOS[14]:

La imagen de la mujer en los videojuegos, ha sido tradicionalmente maltratada. Sus rasgos físicos son por regla general exagerados, basados en modelos de personajes sacados de los cómics e incluso, del cine porno. Su vestimenta no corresponde a las necesidades de la historia o de la labor que desempeña en el videojuego, sino a mostrarse insinuante y seductora. Por tanto, la imagen de la figura femenina está más relacionada con atributos físicos que con sus dotes intelectuales, morales, psicológicos y con sus capacidades personales.

Uno de los estudios más recientes en este sentido es el del Dr. Enrique Díez Gutiérrez, “La diferencia sexual en el análisis de los videojuegos” (2004), en el que se analizaron 250 de los videojuegos más vendidos[15].

De la investigación podemos concluir que existen en los videojuegos estereotipos en cuanto a la figura del hombre y de la mujer. Tenemos que “de la figura masculina se resaltan valores como la fuerza, la valentía, el poder, el honor, la venganza, el desafío, el desprecio o el orgullo; en resumidas cuentas, la dominación. Para la mujer se reservan la fragilidad, la pasividad, la cobardía o el conformismo; en definitiva, la sumisión”.

Se resalta el hecho que “en muy pocos juegos las mujeres son heroínas que se enfrentan a los peligros con arrojo y salen vencedoras. Más bien suelen ser princesas o víctimas que rescatar. En casi todos los casos se muestran con cuerpos voluptuosos, dotadas de grandes senos y cinturas de avispa, debido sin duda a que frecuentemente se las presenta como meros objetos sexuales, idealización de modelos extraídos del cómic o de la pornografía”.

En palabras del Dr. Enrique Javier Díez Gutiérrez, autor del estudio citado, “Esta imagen de mujer que se repite una y otra vez, margina a todas las mujeres que no son modelos, como si hubiera que nacer con 15 años y morir con 20, y tener unas dimensiones antinaturales, producto de las


[14] Díez Gutiérrez, Enrique Javier. La Diferencia sexual en el análisis de los videojuegos. Instituto de la Mujer (Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales); CIDE (Ministerio de Educación y Ciencia). España. 2004.

[15] Díez Gutiérrez, Enrique Javier. La Diferencia sexual en el análisis de los videojuegos. Instituto de la Mujer (Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales); CIDE (Ministerio de Educación y Ciencia). España. 2004.

AUTORIA Y PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NUMERO 285 DE 2008 SENADO,»Por la cual se establece la Ley de Promoción y Prevención en Salud Mental y se dictan otras disposiciones”.

Por la cual se establece la Ley de Promoción y Prevención en Salud Mental y se dictan otras disposiciones

El Congreso de La República de Colombia

DECRETA

Capítulo I

Disposiciones generales

Artículo 1º.-Objeto. La presente ley tiene por objeto garantizar el derecho a la salud mental de todas las personas que habitan el territorio colombiano.

Artículo. 2º.- Principios. La garantía del derecho a la salud mental se sustenta en:

a) Lo establecido por la Constitución en sus artículos 1, 2, 11, 44, 47, 48, 49, 64, 79, 95 numeral 8º, 365, 366 de la Constitución Política, en materia de Salud Mental, en concordancia con la finalidad constitucional de favorecer una mejor calidad de vida de todas y cada una de las personas del Territorio Nacional.

b) La función del Estado como garante y responsable del derecho a la salud mental individual, familiar, comunitaria y social y especialmente de las comunidades en situación de vulnerabilidad.

c) El reconocimiento de la salud mental como un bien individual y colectivo y una condición necesaria e imprescindible para tener salud integral.

d) La concepción de la salud mental como proceso deseable, más allá que contemplarlo como la ausencia de enfermedad

e) La necesidad de afrontar la salud mental dentro de un enfoque de salud pública, multifactorial, interdisciplinario, multidisciplinario y transdisciplinario, bajo una visión compleja y social que privilegie la investigación como sustento de una intervención institucional estructurada, a través de profesionales idóneos vinculados en redes multidisciplinarias.

f) La importancia de visibilizar la salud mental como base para el bienestar y funcionamiento armónico de la sociedad

g) La relevancia de posicionar la salud mental como un asunto de todos, en el cual es necesario articular sinergias entre el Estado, la Sociedad Civil y la Academia.

Artículo 3º Derechos. Son derechos de todas las personas en relación con la Salud Mental:

a) Los establecidos por los tratados y convenciones internacionales firmados por el país, la Constitución Nacional y la Ley Nº 100/93

b) El respeto a la vida, la dignidad, la autonomía, el libre desarrollo de la personalidad y la inclusión social, tomando en consideración la importancia de los vínculos familiares, sociales y el bienestar individual y colectivo de las personas y las comunidades.

c) A no ser víctima de discriminación ni exclusión por razones de su enfermedad mental.

d) A contar con la información, los procedimientos y los recursos que requieran para acceder a una promoción de la salud mental y prevención de la enfermedad mental

e) A recibir una atención primaria en salud mental, basada en fundamentos científicos ajustados a los principios éticos y sustentada en evidencia emergente obtenida del propio contexto social en el que se encuentren las personas.

Capítulo II

Ámbito de aplicación

Artículo 4º Ámbito de aplicación. El ámbito de aplicación de la presente Ley está enmarcado en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, específicamente en el campo de la salud pública, en el nivel nacional y en los niveles departamental y municipal en los Planes Territoriales de Salud y en el Plan de Acción Departamental para la descentralización de la ley de Promoción y Prevención en Salud Mental.

Artículo 5º Lineamientos y acciones. Para efectos de la integración, funcionamiento e inversión de la Promoción y Prevención en Salud Mental, se crea el Sistema Nacional de Salud Mental, constituido por el Ministerio de la Protección Social, a través de la Dirección de Salud Pública, las Secretarías Departamentales de Salud y las Unidades locales de Salud.

Artículo 6º.Funciones de cada nivel de competencia. Corresponde al gobierno nacional a través del Ministerio de la Protección Social representado en la Dirección de Salud Pública, diseñar, regular y controlar el Sistema Nacional de Salud Mental. Son sus funciones:

  1. La reglamentación, implementación, regulación, evaluación y control de la ley de promoción y prevención en salud mental, de conformidad con sus principios y objetivos.
  2. La coordinación intersectorial para la implementación de la presente ley, donde se articulen las responsabilidades que deberá asumir cada Ministerio en materia de promoción y prevención de la Salud Mental y se expliciten las intervenciones y recursos que asignarán para ello.
  3. La regulación del ejercicio de las profesiones pertenecientes a las ciencias de la salud y las ciencias sociales que se relacionen específicamente con el ámbito de la promoción y prevención en salud mental.
  4. La promoción de la inclusión de los elementos conceptuales y técnicos para la identificación y detección temprana de los trastornos mentales, en los programas y procesos de formación de profesionales de la salud,
  5. La promoción de la capacitación del personal que desarrolle actividades de salud mental
  6. El fortalecimiento de la investigación en salud mental
  7. El montaje y puesta en marcha de un sistema descentralizado de información y vigilancia epidemiológica que incluya la investigación estadística y cualitativa en Salud Mental, de la cual carece el país
  8. La promoción de la capacitación del personal, incluyendo la formación médica, psicológica, sociológica, e investigativa y la preparación y entrenamiento psicológico personal para intervenir de manera idónea y siempre constructiva la promoción y prevención de la Salud Mental.
  9. La articulación territorial de la presente ley dentro de los Planes Territoriales y la orientación técnica para el diseño e implementación del Plan de Acción Departamental para la descentralización de la promoción y prevención en Salud Mental, en los Departamentos y sus municipios.
  10. La conformación del Mesa Nacional de Promoción y Prevención en Salud Mental y su convocatoria mínimo dos veces al año, para el análisis, seguimiento y evaluación de la implementación de la presente Ley.
  11. La asignación anual del presupuesto correspondiente a los recursos del Sistema General de Participaciones, con destino a la Ley de Promoción y Prevención en Salud Mental, a fin de garantizar su ejecución.

Artículo 7º Mesa Nacional de Promoción y Prevención en Salud Mental. La Mesa Nacional tendrá un carácter consultivo y de evaluación de la implementación de la ley de promoción y prevención en salud mental y sus integrantes tendrán un carácter honorario y no vinculante. El Ministerio de la Protección Social será el encargado de coordinar la Mesa Nacional de Promoción y Prevención en Salud Mental y para ello, designará al Director de Salud Pública como su representante, quien ejercerá la secretaria técnica y convocará la Mesa mínimo dos veces al año. Corresponde al Ministerio en mención, desarrollar la composición y reglamento de la Mesa, teniendo en cuenta que ella sea un espacio vigoroso de participación ciudadana y por tanto, en su constitución deberá integrarse la participación de representantes de los sectores profesionales, representantes de organizaciones gremiales que estén vinculadas a la Salud Mental desde una perspectiva médica y social, representantes del sector académico representando en las organizaciones de Facultades de las Ciencias de la Salud y las Ciencias Sociales, representantes del sector productivo a través de sus organizaciones gremiales y representantes de las organizaciones sociales y comunitarias que estén vinculadas en la planeación, investigación e intervención en Promoción y Prevención en Salud Mental.

Artículo 8º Funciones de la Mesa Nacional de Promoción y Prevención en Salud Mental. Es función de la Mesa Nacional de Salud Mental realizar un seguimiento y evaluación de manera participativa y periódica a la implementación de la Ley de Promoción y Prevención en Salud Mental, a través de:

a) La revisión a la ejecución de los planes de acción departamentales para la descentralización de la ley de Promoción y Prevención en Salud Mental

b) El planteamiento de acciones de articulación intersectorial que fortalezcan el desarrollo de la Promoción y Prevención en Salud Mental.

c) La recomendación de nuevos procesos administrativos y técnicos que surjan como producto de la investigación, el monitoreo y evaluación en la implementación de la Promoción y Prevención en Salud Mental.

d) La observancia de cuestiones relativas a la ética en el desarrollo de la Promoción y Prevención en Salud Mental.

Artículo 9º Mesa Departamental de Promoción y Prevención en Salud Mental. En cada uno de los Departamentos del país, se conformará La Mesa Departamental de Promoción y Prevención en Salud Mental, coordinada por la Secretaría Departamental de Salud quien será la encargada de conformar y convocar dicha Mesa, la cual estará integrada por los respectivos secretarios de salud o quien haga sus veces en los municipios que integran el Departamento y por representantes de la academia, los profesionales, los investigadores sociales, el sector productivo y organizaciones sociales con ámbito de competencia en salud mental, quienes tendrán un carácter honorario y no vinculante.

Artículo 10º. Funciones de la Mesa Departamental de Promoción y Prevención en Salud Mental. La Mesa Departamental de Promoción y Prevención en Salud Mental cuya naturaleza será consultiva, tendrá como función primordial participar en la formulación, seguimiento y evaluación del Plan de Acción Departamental para la descentralización de la promoción y prevención en Salud Mental y para ello, se dará su propio reglamento atendiendo a las mismas funciones indicadas para la Mesa Nacional, aplicables en el nivel departamental.

Capítulo III

Lineamientos Conceptuales y Técnicos

Articulo 11º Referente conceptual para la Formulación de la Política Pública de Promoción y Prevención en Salud Mental: Considerando el respeto a la pluralidad de concepciones teóricas en salud mental, la presente ley se fundamenta en el marco conceptual establecido por la Organización Mundial de la Salud, el cual define la salud mental como un proceso determinado por factores históricos, socio-económicos y ambientales y por tanto, debe ser comprendida bajo un enfoque multifactorial, interdisciplinario, multidisciplinario y transdisciplinario. Tomando en cuenta lo anterior, se establece para los efectos de la presente ley, la denominación uniforme de Salud Mental entendida como un proceso de bienestar en el cual el individuo se da cuenta de sus propias aptitudes, puede afrontar las presiones normales de la vida, puede trabajar productiva y fructíferamente y es capaz de hacer una contribución a su comunidad(OMS, 2001, p.1). Igualmente, la OMS ha planteado que existe evidencia que sugiere que la salud mental y/o sus determinantes pueden mejorar integralmente, con cambios planificados o no planificados en el ambiente social y físico (OMS “Promoción de la Salud Mental, 2004. p.17). Bajo esta premisa conceptual, la Salud Mental es considerada como un bien individual y colectivo y por tanto, es un asunto de salud pública y en este sentido, debe ser objeto de promoción y prevención por parte del Estado.

Artículo 12º. Finalidad de la Promoción y Prevención en Salud Mental: La salud mental es un patrimonio de bienestar tanto individual como colectivo. Su abordaje implica la necesidad de integrar diferentes conceptos, enfoques y procesos para desarrollar una promoción de la salud mental a través del reforzamiento de estilos de vida saludables y de prevención de los trastornos mentales, a través de estrategias de control y reducción de riesgos, buscando la integración de recursos interinstitucionales, intersectoriales y esfuerzos comunitarios para actuar preferencialmente sobre la comunidad y la familia como escenarios de socialización cultural y psicoafectiva, a fin de ampliar el impacto de las intervenciones y lograr una mejora sustancial y progresiva en la salud mental de la población.

Articulo 13º Propósitos de la Promoción y Prevención en Salud Mental: La Promoción y Prevención en salud mental debe contemplar los siguientes propósitos:

a) La visibilización y toma de conciencia social de la salud mental como parte constitutiva de la salud integral y la necesidad de prevenir los riesgos de trastorno mental en la población.

b) El fortalecimiento de la participación ciudadana en la identificación, definición y aplicación de estrategias de intervención comunitaria en Salud Mental y la necesidad de vincular a la sociedad civil en la formulación, implementación y evaluación del Plan de Acción Departamental para la descentralización de la ley de promoción y prevención en salud mental.

c) La promoción de la salud mental de la población a través de programas y procesos educativos orientados al fortalecimiento de hábitos de vida saludables y el reforzamiento y restitución de lazos sociales solidarios.

d) La prevención de los trastornos mentales a través de la identificación de los riesgos psicosociales y sus potenciales causas, atendiendo a las diferencias territoriales, poblacionales, de ciclo vital, de género, etc, de las comunidades y los síntomas sociales específicos que emergen de ellas.

e) La promoción y la prevención en salud mental debe garantizar la mejor calidad y efectividad de sus intervenciones y el fortalecimiento de la capacidad de resiliencia y de integración social de la población, de manera que se logre una verdadera transformación de las condiciones, prácticas y hábitos que afectan la salud mental de las comunidades.

f) Las estrategias que se definan para la Promoción y Prevención en Salud Mental se orientarán hacia la garantía, restitución y conservación de la autonomía y el bienestar mental de las personas y la calidad de vida de la comunidad.

g) La Promoción y Prevención en Salud Mental se llevará a cabo bajo una visión intersectorial e ínterinstitucional que operará bajo el sistema de redes.

h) La orientación de los recursos destinados a la Salud Mental estarán dirigidos hacia la Promoción y la Prevención en Salud Mental y la realización de procesos de educación comunitaria y de apoyo psicoafectivo basados en la investigación y evidencia emergente, dirigidos a restituir el bienestar del entorno familiar y comunitario, incluyendo la asistencia ambulatoria y la prevención primaria, procurando la conservación de los vínculos sociales, familiares y la sostenibilidad del tejido social.

i) Las intervenciones en Promoción y Prevención en salud mental, en todos los casos será realizada por profesionales de las ciencias de la salud y las ciencias sociales certificados por autoridad competente, según su idoneidad y experiencia en procesos de formación comunitaria y manejo de recursos de apoyo psicoafectivo mediante prácticas asistenciales ambulatorias, conocimientos en salud comunitaria e investigación en salud mental, así como habilidades para la planeación y diseño de las nuevas intervenciones, adecuadas a la cultura en la que interviene el sistema de salud. Para el caso especifico de las intervenciones de profesionales de disciplinas de las ciencias sociales, estas serán circunscritas a la dimensión social y de investigación, planificación e intervención comunitaria en materia de promoción y prevención en salud mental y en todo caso, sólo llevarán a cabo procesos y acciones que no sean de orden clínico.

j) La articulación con la Academia para la investigación, diseño y aplicación de procesos de Promoción y Prevención en salud mental, así como la definición de modelos de formación dirigidos a profesionales de la salud y las ciencias sociales que se vinculen al campo de la salud mental en cada región.

k) La investigación y caracterización de la salud mental, tanto cuantitativa como cualitativamente, orientada a identificar un perfil epidemiológico general de salud mental en cada región y a diferenciar los mapas de riesgos emergentes y específicos para cada comunidad a intervenir.

l) Los procesos de planeación de la salud mental se harán conforme a un enfoque de garantía de derechos y en todo caso, deberán incluir el montaje de sistemas de información con indicadores de salud mental diferenciados poblacionalmente, que permitan localizar y focalizar las intervenciones en materia de promoción y prevención, monitorear su evolución y evaluar sus resultados.

Artículo 14º. Alcance: La presente ley se circunscribe a las acciones en materia de promoción y prevención en salud mental, pero incluye de manera general todas aquellas intervenciones que busquen la restitución de la salud mental de las personas y las comunidades, prioritariamente de aquellas que han sido víctimas de violencia mediante la atención psicoafectiva y la evaluación diagnóstica. Para ello, el gobierno nacional deberá incluir dentro del Plan Obligatorio de Salud, la atención en salud mental mediante la consulta especializada en los casos en los cuáles la evaluación diagnóstica así lo determine

Artículo 15º Recursos. Para efectos del desarrollo de la presente Ley, se destinarán recursos del Sistema General de Participaciones correspondientes a la financiación del Plan Territorial de Salud, en su componente de Acciones Colectivas, según los porcentajes establecidos para cada categoría de municipios y para los Departamentos. De estos recursos, las entidades territoriales deberán asignar de manera específica una partida presupuestal para lo referido a la promoción y prevención en salud mental, conforme a los propósitos establecidos en la presente ley y de acuerdo a los lineamientos técnicos que establezca el Ministerio de la Protección Social para la formulación del Plan de Acción departamental para la descentralización de la promoción y prevención en salud mental.

Artículo 16º Organización. El Sistema Nacional de Salud Mental operará a través de sus instancias para formular y aprobar de acuerdo a las competencias de cada una de ellas, los lineamientos técnicos y acciones en materia de Promoción y Prevención para desarrollar el Plan de Acción para la descentralización de dicha política a nivel departamental, el cual deberá estar incorporado en todos los Planes Territoriales de Salud del Departamento y sus Municipios. Para llevar a cabo el Plan de Acción departamental, en cada Departamento y sus municipios, deberá vincularse a un equipo de profesionales tanto de las disciplinas de la salud como de las disciplinas sociales, quienes ejercerán las funciones de equipo coordinador de salud mental dentro del ámbito territorial correspondiente y velará porque todas las actividades propuestas para el Departamento o Municipio, se lleven a cabo y se ejecuten los recursos que se han asignado para ello, de manera eficiente y transparente, apoyándose en las instituciones que hacen parte de la red hospitalaria existente en cada Departamento. Así mismo, para diseñar y llevar a cabo las actividades propuestas en el Plan de Acción Departamental, el Equipo Coordinador Departamental deberá tener en cuenta:

a) La prioridad en las acciones y servicios de carácter ambulatorio destinados exclusivamente a la promoción, prevención y apoyo psicoafectivo en Salud Mental, apoyadas en la investigación y evidencia emergente.

b) La coordinación interdisciplinaria, interinstitucional e intersectorial de las acciones y servicios.

c) El énfasis del trabajo en salud mental dirigido hacia la comunidad, bajo metodologías participativas de salud comunitaria, dirigidas por un equipo interdisciplinario para la promoción y prevención en salud mental conformado en el Departamento y en cada uno de sus Municipios.

d) La implementación de un protocolo de identificación epidemiológica del trastorno mental para patologías prevalentes, por parte de los médicos que atienden consulta general en todas las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS).

e) El acceso de las personas a la prevención primaria en salud mental, a través de la remisión a la consulta especializada brindada por profesionales de la salud mental vinculados a las IPS de segundo y tercer nivel.

Artículo 17º. Objetivos del Plan de Acción departamental para la descentralización de la ley de Promoción y Prevención en salud mental. El Plan de Acción departamental para la descentralización de la ley de Promoción y Prevención en salud mental, es el instrumento mediante el cual se concretarán las acciones que se llevarán a cabo en cada Departamento y sus municipios para desarrollar la Promoción y Prevención en Salud Mental. Dicho plan deberá estar incorporado a los Planes Territoriales de Salud del Departamento y sus municipios y se orientará de manera específica hacia el logro de los siguientes objetivos:

1. Visibilizar la importancia de la salud mental en la población

2. Fomentar una cultura de la salud mental.

3. Prevenir el riesgo de trastornos mentales en la población, especialmente de aquella que ha sido víctima de violencia en cualquiera de sus formas.

4. Investigar sobre las prácticas de vida saludables y resilientes y sobre los riesgos y potenciales causas de trastornos mentales en las comunidades, a través de investigación epidemiológica y cualitativa.

5. Reorientar, fortalecer y mejorar la calidad de las intervenciones en materia de Promoción y Prevención en salud mental

6. Impulsar procesos de apoyo psico-social comunitario

7. Fortalecer la red interinstitucional para la ampliación y mejoramiento de la oferta de servicios en materia de salud mental, que involucre los diversos sectores del desarrollo como la educación, la recreación y el deporte, la seguridad y convivencia ciudadana, el desarrollo productivo, la participación ciudadana, entre otros,

8. Implementar procesos de detección temprana de los trastornos mentales en la población, para su atención primaria y remisión especializada en los casos que lo amerite.

9. Diseñar y poner en operación sistemas de información, monitoreo y evaluación de la salud mental de la población.

Artículo 18º. Estrategias para la formulación del Plan de Acción Departamental para la descentralización de la ley de Promoción y Prevención en Salud Mental. El Plan de Acción deberá ser formulado con la participación activa de los diferentes actores sociales y comunitarios del Departamento, representados en la Mesa Departamental de Promoción y Prevención en Salud Mental. Dicho plan deberán reflejar las acciones concretas en materia de promoción y prevención que se llevaran a cabo de manera general en el Departamento y de manera diferenciada para cada uno de sus municipios, teniendo en cuenta el despliegue de las siguientes estrategias:

a) La implementación de un modelo de Promoción y Prevención en salud mental en las diferentes comunidades, que esté contextualizado con la realidad social de las mismas y se enmarque dentro de los propósitos y objetivos de la presente ley.

b) La asignación y ejecución de una partida presupuestal correspondiente al Sistema General de Participaciones asignados a los Planes Territoriales de Salud, discriminando los recursos correspondientes al Departamento y a cada municipio, según los lineamientos de distribución establecidos por el Ministerio de la Protección Social.

c) El diseño e implementación de instrumentos normalizados para la recolección de la información sobre indicadores de salud mental y elaboración de los mapas de riesgos de las comunidades, los cuales deberán ser aplicados por todos los profesionales que trabajen en los procesos de promoción y prevención en salud mental.

d) La identificación epidemiológica de las enfermedades mentales prevalentes, mediante la implementación de procesos y protocolos tanto en los servicios de consulta general en salud como dentro de sector educativo, con el fin de articularla a la prestación general del servicio de salud, mediante la remisión y atención especializada en los casos que amerite.

e) La conformación de un equipo interdisciplinario a nivel departamental y equipos municipales en municipios de primera, segunda y tercera categoría, los cuáles serán encargados de ejecutar las acciones correspondientes al Plan descentralizado para la Promoción y Prevención en salud mental, delimitando sus intervenciones a sus respectivas competencias y asumiendo las responsabilidades que derivan de las mismas. En los municipios de cuarta, quinta y sexta categoría, el equipo interdisciplinario departamental hará las veces y será el encargado de ejecutar las acciones del plan, definidas para cada municipio.

f) El apoyo a procesos de formación, actualización y cualificación del personal dedicado a la Salud Mental, mediante programas y procesos acordes a las necesidades del país.

g) La promoción de acciones tendientes a favorecer la salud mental de los prestadores de servicios de salud mental.

h) La coordinación intersectorial e interinstitucional con las áreas y sectores de promoción y bienestar social, haciendo énfasis en el sector educativo.

i) La centralización de la información registrada en la Secretaría de Salud Departamental y Municipales.

j) La participación activa de la sociedad civil en la Mesa de promoción y prevención en salud mental, mediante la participación de los diferentes sectores sociales en el proceso de formulación, implementación y evaluación del Plan de Acción.

k) El fortalecimiento de las redes de apoyo social.

l) El desarrollo de estrategias masivas de comunicación, información y educación sobre salud mental, dirigidos a las diferentes poblaciones.

PARAGRAFO: El gobierno nacional deberá expedir un CONPES para el fortalecimiento de la Salud Mental de la población colombiana y en concurso con las entidades territoriales deberá incorporar de manera gradual los recursos necesarios para el desarrollo de nuevas modalidades de servicios de Atención en Salud Mental que se brinden a través de la red hospitalaria y que involucren nuevas estrategias como: centros de salud mental, consultorios ambulatorios, Equipos de interconsulta, áreas y servicios de intervención en crisis y de urgencia mental en hospitales, servicios de emergencias domiciliarias en salud mental infanto-juvenil, Equipos de salud mental en guardias en hospitales, talleres terapéuticos en los centros hospitalarios y en espacios comunitarios y educativos, identificación, intervención y seguimiento a familias en riesgo de trastorno mental, entre otros.

Capítulo IV

Regulación, vigilancia y control

Artículo 19º El Ministerio de la Protección Social, a través de la dirección de Salud Pública ejercerá la autoridad, regulación, vigilancia y control sobre todas las entidades territoriales para el cumplimiento de lo establecido en la presente ley, teniendo en cuenta la especificidad de la Salud Mental, dentro del campo de la Salud en general.

Artículo 20º. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Disposiciones transitorias.

Articulo transitorio 1. Hasta tanto el Ministerio de la Protección Social elabore la reglamentación correspondiente a esta ley, en la cual se establezcan los lineamientos técnicos para la formulación del Plan de Acción Departamental para la descentralización de la promoción y prevención en Salud Mental y disponga la distribución de los recursos correspondientes establecidos en la presente Ley, cada entidad territorial deberá incorporar un capítulo específico para la Salud Mental, dentro del Plan Territorial de Salud, involucrando acciones orientadas a la Promoción y Prevención en salud mental, en su territorio.

Articulo transitorio 2. El Ministerio de la Protección Social tendrá un plazo máximo de trescientos sesenta (360) días de promulgada la presente Ley, para expedir la correspondiente reglamentación, tomar las medidas administrativas y presupuestales que se determinan en la presente ley y realizar los ajustes que sean necesarios para dar cumplimiento a la misma.

Bogotá, D.C Julio 22 de 2008

ELSA GLDYS CIFUENTES ARANZAZU

Senadora de la República

PROYECTO DE LEY No. 285 DE 2008 – SENADO

Por la cual se establece la Ley de Promoción y Prevención en Salud Mental y se dictan otras disposiciones

EXPOSICION DE MOTIVOS

Honorables Senadores y Senadoras:

En el último siglo, la humanidad ha avanzado científicamente mucho más rápidamente que en toda su historia. Los descubrimientos tanto en el campo de la tecnología como en el campo de las ciencias naturales, han traído consigo grandes beneficios y mejoras sustanciales en las condiciones y prolongación de vida de los seres humanos. A pesar de este panorama alentador, en las grandes urbes modernas y en especial, en las ciudades de los países en vías de desarrollo, es innegable el deterioro en la calidad de vida de las personas y el debilitamiento del tejido social, lo cual tiene relación con diversos factores asociados a la degradación del medio ambiente, a las relaciones inequitativas de producción y consumo de la riqueza, al acelerado ritmo de transformaciones que crean inestabilidad social, a la amenaza de la violencia en todas su formas y la predominancia de un modelo de desarrollo deshumanizado que ha generado situaciones de extrema vulnerabilidad en sectores focalizados de la población, los cuáles generalmente están amenazados por la pobreza, la exclusión y la apatía social.

Unido a lo anterior, en las últimas décadas la intensificación de fenómenos que se han convertido en problemas de salud pública como el aumento en el consumo de sustancias psicoactivas, la violencia intrafamiliar, la violencia sexual, el estrés, la depresión, la intolerancia social, la violación de derechos humanos, la emergencia de formas de violencia instrumental y violencia impulsiva como los ajustes de cuentas, las pandillas, las riñas, el aumento de las enfermedades infecciosas transmisibles y los trastornos mentales, entre otros, demuestran que estamos asistiendo a una recomposición de la vida en sociedad que nos obliga a replantear nuestros patrones de convivencia, los proyectos comunitarios de vida y a resignificar los referentes de sentido y cohesión social.

Específicamente en el campo de la Salud Mental, la Organización Mundial de la Salud, en su carta de Ottawa, establece los pilares de la promoción y prevención, sobre los cuáles se desarrollan los lineamientos para la promoción de la salud mental a través de la creación de condiciones individuales, sociales y del entorno que favorezcan un desarrollo psicológico y psicofisiológico y por ende, un mejoramiento de la calidad de vida, incluyendo la Salud Mental en el campo de la Salud Pública, mediante un enfoque que busque la promoción de estilos de vida saludables y protectores y la reducción de factores de riesgo para asociados a los trastornos mentales y avanzar hacia una salud integral. Igualmente, la Organización de las Naciones Unidas, mediante la firma de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, establece la necesidad de que los Estados se comprometan con ocho grandes objetivos de desarrollo, algunos de los cuales tienen relación directa con la promoción y prevención en salud mental, pues se conoce que la pobreza, la desnutrición, la inequidad de género, entre otros, son factores desencadenantes de malestar psicosocial, afectando el desarrollo individual y colectivo.

Diversas investigaciones y experiencias de tipo local, han señalado que factores de orden cultural, social, económico y político, entre otros, se relacionan con los procesos de salud-trastorno mental, toda vez que han mostrado que algunos cambios en los hábitos y condiciones vida de las comunidades, generan mejoras sustanciales en la salud mental y el desarrollo de la población. Esto lleva a plantear la necesidad de abocar esta problemática desde una perspectiva amplia de comprensión que involucre las esferas del desarrollo humano integral.

De otra parte, algunos estudios mundiales[1] han mostrado que aproximadamente 450 millones de personas padecen cada año trastornos mentales, lo cual implica que una de cada cuatro personas ha padecido un problema mental o de conducta, al menos una vez en la vida. Igualmente, se ha identificado que la prevalencia de los trastornos mentales irá en aumento, así como también la diversidad en sus manifestaciones. Para el año 1990, se calculó que el 10% de la discapacidad global tenía que ver con el trastorno mental, para el 2000, aumentó al 13% y si la tendencia se mantiene, se proyecta que para el año 2020, este porcentaje ascenderá al 15%, siendo la depresión la segunda causa en el mundo.

Esta dramática realidad tiene un enorme impacto no solo en el sistema de salud, sino y muy especialmente en los altos costes sociales y económicos, pues el trastorno mental termina generando exclusión laboral, reducción de la productividad, desintegración familiar, sociopatías e incluso, muerte prematura; esto sin contar las pérdidas vitales en términos de los proyectos de vida truncados para las personas que padecen tales trastornos como para su entorno familiar próximo.

En Colombia, algunos estudios[2] han planteado una relación directa entre violencia y trastorno mental y para el caso, comparan las elevadas cifras sobre el maltrato a la niñez y el suicidio infantil, aún cuando se conoce que estas problemáticas presentan un subregistro en la información. Para el año 2001, el suicidio infantil alcanzó la cifra de cien niños y niñas al año y en este mismo año se registraron 6.000 niños y niñas enrolados en los grupos armados ilegales, se recibieron 30 denuncias diarias por abusos sexuales en menores y se conoció que aproximadamente 25.000 niños y niñas eran víctimas de explotación sexual.

Así mismo, el Ministerio de la Protección Social[3] realizó en los años 2003-2004, el Estudio Nacional de Salud Mental, en el cual se encontró que alrededor de ocho de cada veinte colombianos, tres de cada veinte y uno de cada catorce presentaron trastornos psiquiátricos alguna vez en la vida, en los últimos doce meses y en los últimos 30 días, respectivamente. El tipo de trastorno más frecuente fue el trastorno de ansiedad (19.3% alguna vez), seguido del trastorno de estado de ánimo (15%) y el uso de sustancias psicoactivas (10.6%). Otros resultados del mismo estudio muestran como el 40.1% de los colombianos ha tenido alguna vez un trastorno mental, derivado de la falta de afecto o por el uso de sustancias psicoactivas. Las mujeres son mayormente afectadas por los episodios depresivos, al contrario de los hombres donde prevalecen los episodios maniacos. Los trastornos de ansiedad según género, vividos alguna vez en la vida afectan más a las mujeres, así como la fobia específica. En cuanto al estrés postraumático triplica la presencia en mujeres con relación a los hombres. Entre los trastornos por uso de sustancias psicoactivas, el uso de alcohol, la dependencia a la nicotina y el abuso y dependencia a las drogas, es más frecuente en hombres que en mujeres. Con relación a la prevalencia del intento de suicidio para la población colombiana, el estudio mostró que cinco de cada cien hombres y una de cada cien mujeres ha intentado suicidarse en los últimos doce meses.

Como una conclusión general del estudio, se propone “considerar a los trastornos mentales como enfermedades crónicas con derecho a tratamiento, así como mejorar la conciencia popular acerca de los trastornos mentales y la efectividad del tratamiento integral. Para ello se hace necesario incidir en las políticas públicas y en su operacionalización a través de los planes de salud en las diferentes entidades territoriales. En tal sentido, se propone transitar un camino basado en la generación de un proceso de planeación colectiva, con la participación de todos los actores que intervienen en la salud mental, sustentado en unos principios democráticos, que permitan buscar una relación mas equitativa entre los intereses conjuntos de hombres y mujeres, vista en los diferentes momentos de la vida; de tal forma que, las transformaciones en la condición de la salud mental de la población se logre a través de procesos de corto, mediano y largo, plazo basados en la definición de escenarios posibles y factibles, con una mirada prospectiva de la salud mental”[4]

La anterior conclusión, se une a varias recomendaciones derivadas de la reflexión hecha en el 1º Congreso Nacional por la Salud, realizado en el año 2001 donde se identificó una falta de equidad en el sistema de salud colombiano y la necesidad de trabajar en la transformación virtuosa de algunas situaciones generadoras de vulnerabilidad social como: la pobreza que afecta cada vez a un mayor número de población, la concentración de la riqueza y la brecha entre ricos y pobres que es una de las más altas en toda América Latina, la disminución en los planes de beneficios en salud y el privilegio de la rentabilidad del sistema de salud, por encima de la Solidaridad, la falta de planificación de la salud pública por parte del Estado, unida a la precariedad de su intervención especialmente en el campo de la Salud Mental, y el escenario restringido que ha creado la Ley 100/93, pues al convertir todos los servicios de salud pública en Empresas Sociales del Estado, sometió la prestación de los servicios de salud a la búsqueda de financiación privada, favoreciendo la creación de servicios privados en detrimento de los servicios comunitarios o ambulatorios, pues esta Ley se basó en un modelo de rendimiento de la atención prestada y el pago por hospitalización, por lo tanto desestima la actividad ambulatoria pues no es rentable.

Igualmente, en dicho Congreso se planteó que no existe una legislación de promoción y prevención en salud mental, ni existen programas de rehabilitación y reinserción social de los pacientes afectados por enfermedad mental y en muchos casos no hay diferenciación de tratamiento en términos de su clasificación entre agudos y crónicos. No se cuenta con estructuras intermedias como hospitales de día, redes de equipos interdisciplinarios, programas de salud comunitaria, etc….que propongan tratamientos de tipo ambulatorio y desde una perspectiva amplia de comprensión y transformación social. Los programas de formación de los profesionales de la salud mental, están circunscritos al ámbito de las universidades, donde priman los modelos de formación reduccionistas, orientados exclusivamente a la intervención médico-farmacológica y las actividades hospitalarias, sin una perspectiva amplia de investigación y comprensión integral de la salud mental de la cual se desprendan nuevas formas de identificación de evidencia emergente, trabajo extrahospitalario e intervención comunitaria.

Con la intención de subsanar algunos vacíos en este sentido, el Estado colombiano ha logrado avances significativos en materia de reglamentación en salud mental, aunque ello no corresponde en igual medida a la transformación efectiva de las condiciones reales de la salud mental de los y las colombianas. La Ley 1122 del 2007 reposicionó la salud mental como una de las dimensiones esenciales de la salud integral y la incorporo en el Plan Nacional de Salud Pública y concretamente dentro del Plan de Intervenciones Colectivas. De igual manera, se ha construido una plataforma normativa de promoción y prevención en salud pública desarrollada entre otros, a través de los Decretos 3518 y 2323 y la Resolución 1043 de 2006. De manera más específica, se cuenta con los decretos 3039 del 2007 y 4747 del 2007 y la resolución 425 del 2008 en los cuales se señala de manera expresa la incorporación de la salud mental dentro de los planes territoriales de salud: Por último, mediante el CONPES 112 del 2008, se redistribuyó el porcentaje de asignación de recursos que deberá destinarse a salud pública, incluyendo las acciones tendientes a fortalecer la salud mental.

Todo lo anterior pone en evidencia la complejidad de la salud mental y la necesidad de visibilizarla y posicionarla como un bien individual y colectivo y no sólo como ausencia de trastorno mental. Esto implica dimensionar la salud mental como un derecho fundamental en la vida de las personas y las comunidades y en función de ello, establecer en el sistema de salud y en sus relaciones de intersectorialidad con otros sectores del desarrollo, acciones contundentes que busquen su garantía, protección y restitución.

Teniendo en cuenta la importancia e implicaciones de toda la problemática de la salud mental, hemos emprendido un trabajo de diálogo y concertación con diferentes actores vinculados a dicho campo y producto de ello, hemos construido este proyecto de ley que queremos plantearle al país, pues consideramos la urgente necesidad de contar con una marco de Ley que atienda la Promoción y la Prevención en Salud Mental como acción urgente y prioritaria para favorecer el bienestar humano y colectivo, pero también para contribuir a nuestra reconstrucción como sociedad.

Dicho proyecto de ley tiene como objeto “Garantizar el derecho a la Salud Mental de todas las personas que habitan el territorio colombiano” y se sustenta en los principios de la Constitución Política de 1991, para tal efecto, ha sido estructurado en tres grandes Capítulos: el Capítulo I que trata sobre las disposiciones generales: Objeto, principios, derechos. Capítulo II acerca del ámbito de aplicación, los lineamientos y acciones, las funciones de cada nivel de competencia, sobre el Consejo Nacional de Promoción y Prevención en salud Mental, funciones de Consejo Nacional de Promoción y Prevención en Salud Mental, sobre el Consejo Departamental de Promoción y Prevención en Salud Mental, funciones del Consejo Departamental de Promoción y Prevención en Salud Mental. Capítulo III acerca de los Lineamientos Conceptuales y Técnicos: Referente conceptual para la Formulación de la Política Pública de Promoción y Prevención en Salud Mental, Finalidad de la Promoción y Prevención en Salud Mental, propósitos de la Política Pública de Promoción y Prevención en Salud Mental, recursos, organización, alcance, objetivos del Plan Departamental para la descentralización de la Política Pública de Promoción y Prevención en Salud Mental, estrategias la formulación del Plan Departamental para la descentralización de la Política de Promoción y Prevención en Salud Mental. Capítulo IV: Regulación, vigilancia y control: papel del Ministerio de Protección Social y de la dirección de Salud Pública. Por último, se presentan las Disposiciones transitorias.

El alcance del proyecto de ley y su importancia radica en el hecho de establecer de manera clara los lineamientos de implementación para todo el territorio nacional y distribuyen de igual manera las responsabilidades que para su cumplimiento son indispensables. Establece la proveniencia de los recursos que la harían sostenible y determina el carácter de los funcionarios que tienen la competencia profesional para ejecutarla además de señalar los caminos de articulación entre el sector público y la academia para un trabajo conjunto que pueda contribuir a la garantía de tan importante derecho. Así mismo, se proponen líneas de acción que desencadenen procesos orientados a incidir afirmativamente el campo de la prevención y promoción en Salud Mental.

Los esfuerzos que el país haga por mejorar la Salud Mental de la población, buscando ampliar la conciencia social acerca de ella, es parte constitutiva de la salud integral y repercutirá en el desarrollo humano en general, especialmente a través de la implementación de un sistema y una organización que promueva la existencia de procesos con continuidad y sostenibilidad a partir de un enfoque multifactorial y multidisciplinario de la salud mental.

Dejo pues a consideración del honorable Congreso de la República el presente proyecto, con la seguridad que será atendido con el interés y compromiso que amerita cualquier iniciativa que redunde en la salud de todos nuestros compatriotas.

Bogotá, D.C., Julio 22 de 2008

ELSA GLADYS CIFUENTES ARANZAZU

Senadora de la República


[1] Jané-Llopis, Eva. La eficacia de la Promoción de la Salud Mental y la Prevención de los trastornos mentales, Centro de la Investigación para la Prevención, Universidad de Nijmegen, Holanda, 2003

[2] Angosto, Tiburcio. Colombia: Del Coronel Buendía a Rosario Tijeras, Cuadernos de Psiquiatría comunitaria, Vol. 2, Nº. 1, 2002 (Ejemplar dedicado a: Cooperación internacional en salud mental)

[3] Ministerio de la Protección Social. Lineamientos de Política de salud mental para Colombia, 2005.

[4] Ministerio de la Protección Social. Guía para la planeación del componente de salud mental en los planes territoriales de salud (2005)

LA RUTA DE LA PROSPERIDAD

“Encontrando la Ruta de la Prosperidad Colectiva” es el titulo de las memorias que dejo el encuentro nacional que lideró el Instituto de ciencia política Hernán Echavarría Olozaga, el consejo  privado de competitividad, el centro de estudios económicos ANIF; y el BID, esfuerzo que quiero destacar y reconocer como especial aporte desde la reflexión de expertos en los diferentes temas tratados.

 

Es evidente que el crecimiento económico del país ha venido en ascenso, no solo por la demanda interna, si no por la inversión mixta y la confianza que hoy genera la política de seguridad democrática.  Pero el mismo señor Presidente encendió las alarmas en la instalación de las sesiones del Congreso  de la República el pasado 20 de julio “acudimos a esta cita de la democracia con alegría y expectativas en la seguridad, confianza en la inversión, dificultades en la economía y toda la determinación para avanzar en lo social”.  Se deberá entonces tomar las suficientes y oportunas decisiones para mantener el País en ese ritmo de crecimiento y poder avanzar en una sociedad mas equitativa, con menos pobres y los pobres con bienestar, con una sociedad que se atreva a sostener o sobrepasar el crecimiento por encima del 9% con una competitividad real y con una mejor infraestructura en los distintos sectores económicos y sociales.

 

No dejaremos de referirnos siempre a la necesidad y al compromiso ético y solidario frente al desarrollo humano; la ruta de la prosperidad en ultimas la podemos medir con la calidad de vida de la gente, en el acceso a la educación que es lo que nos vuelve iguales;  en la cobertura y calidad de una salud humanizada, donde no sigamos encontrando las talanqueras de un portero entrenado para atemorizar a los usuarios que llegan a las urgencias sin autoestima y sin salud quedando por cuenta de un témpano de hielo que de todo sabe menos de respeto por los derechos fundamentales de la salud.   Esa prosperidad será real también cuando le quiten el computador y el talonario del  médico y el cronometro que tiene para desencartarse de un paciente.  Definitivamente la educación y la salud de un pueblo deberán  convertirse en el mayor capital de las naciones y la conciencia real de los tomadores de decisiones en lo público y en lo privado.

 

El mapa de consensos y disensos  que se logró construir por líderes de diferentes ideologías, disciplinas y en representación de varios sectores del desarrollo nacional, nos está permitiendo aproximarnos un poco mas a la realidad y poner en el centro de la discusión los temas que deberán ser el común denominador de las tres ramas del poder público y en especial del Congreso de la República llamado hoy a definir una agenda de desarrollo, enmarcada en mas debates objetivos y constructivos  alejados de prevenciones personalistas.

 

El medidor de la opinión pública en las preferencias electorales de cara a la reelección o sucesión del presidente Uribe, nos da cuenta de la aceptación que ha tenido la política de seguridad democrática y sobre eso no hay discusión.  Sobre lo que si tenemos que abrir el debate es sobre la infraestructura física del país que viene atrasada  y rezagada desde siempre.

 

Hoy que los entes territoriales han respondido a los diferentes ajustes fiscales,  que se ha recortado el gasto público  y que los convenios de concurrencia han funcionado, al igual que  la vigencia y desarrollo de la ley 550; podemos llamar la atención de gobernantes locales, corporados públicos; para que haciendo un esfuerzo local con créditos y mas ahorro local, se proceda a recuperar la red vial de la zona rural Colombiana hoy infartada por el invierno y por la falta de atención.

 

Pongo también sobre la mesa una pregunta que nos hacemos frecuentemente y que en otro momento reflexionaremos en este espacio.  Se trata de preguntarnos ¿cuál es  la causa real para que a la fecha aún no se haya concluido el plan de los 2.500 kilómetros?  Como la gran mayoría del pueblo Colombiano reconozco en nuestro presidente su buen gobierno y nuestra cercanía con su proyecto político nos obliga a reclamar hoy una estrategia concreta en estos dos años de gobierno sobre la salida de emergencia a la recuperación de  las vías terrestres,   a la consolidación y viabilización de proyectos que vuelvan atractiva la inversión privada;  pero también la corresponsabilidad territorial  en la atención vial del País.

 

Colombia tiene hoy las condiciones en seguridad, un destacado esfuerzo en la ingeniería; unos planes nacionales de competitividad y sobre todo la voluntad política del jefe del estado respaldado por la inversión nacional e internacional, esto sumado a proyectos bien estructurados, con una buena distribución de riesgos y acatando los lineamientos de una planeación visionaria liderada por el ministerio de transporte, permitirán superar este cuello de botella en la ruta de la prosperidad.

 

La infraestructura física del país está en un momento tan difícil, que tendrá que ser objeto de una protección constitucional y un compromiso  estado-inversión privada.  El ministerio de hacienda tendrá que replantear el manejo fiscal de Departamentos y Municipios  permitiendo e induciendo a la nueva inversión en vías.  La federación de cafeteros con sus comités locales y todos los actores de la economía deben asumir con urgencia la corresponsabilidad de sostener las actuales vías de transporte terrestre y abrir las nuevas que nos permitan hablar con certeza de la competitividad, la productividad y la prosperidad.

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NUESTRO SISTEMA MEGABUS

 El sistema de transporte masivo de Pereira, es sin duda , un macroproyecto de altísima importancia para Pereira y Dosquebradas y para los demás municipios vecinos en los cuales pueda implementarse en el futuro.

 El propósito principal de Megabús es beneficiar a toda la comunidad y por ello debemos defenderlo y elevar cada día más nuestro sentido de pertenencia hacia él y a ello invito a todos, pues es un sistema que además de mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, es un importante apoyo para el desarrollo económico y social que tenemos en proceso.

 

Actualmente, se ha planteado por parte del concesionario recaudador, la existencia de una grave crisis que amenaza el adecuado funcionamiento del sistema y ante ello considero que es necesario que de manera abierta y objetiva el Alcalde Municipal, asuma la revisión de la real situación y adopte todas las medidas necesarias para garantizar en primer lugar la continuidad y ampliación del servicio sin ningún perjuicio para los usuarios, y en segundo lugar el cumplimiento de las obligaciones contractuales de Megabús frente a los concesionarios encargados de la operación y el recaudo.

 

La revisión del proyecto deberá partir del análisis de los parámetros técnicos y financieros tenidos en cuenta en su etapa de planeación y en el trámite de las licitaciones de concesión frente a los realmente considerados durante su ejecución y operación parcial actual.

 

Si de la confrontación de estos importantes momentos del proceso aparecen diferencias que hayan incidido en la existencia de la situación actual, deberán adoptarse los ajustes y cambios requeridos que permitan equilibrar la situación en los términos preestablecidos en el proyecto inicial.

 

Llamo la atención en los cambios del diseño inicial que se realizaron, los cuales considero deben ser sometidos a una auditoria de control especial ; en la ampliación de los tiempos de entrega de la infraestructura, la cual hoy en día sólo se ha hecho de manera parcial; en la iniciación fragmentada de la operación ante el incumplimiento del cronograma de obras, la cual además como consecuencia lógica impide que el sistema sea utilizado por el número de usuarios inicialmente presupuestado; en la prórroga de los contratos de concesión a pesar de que su plazo apenas se encuentra en la etapa inicial ; en la inadecuada valoración de los riesgos del sistema, la cual hoy ha quedado demostrada; en la necesaria evaluación integral de la eficacia y la eficiencia del modelo gerencial existente; y en la falta de información publicada sobre los resultados de los procesos de control y vigilancia ejercidos a Megabús.

 

Al Gobierno Nacional, además de agradecer su valiosa participación en el proyecto, debemos solicitarle su apoyo ante esta crisis y la adopción de medidas que impidan por todos los medios, un incremento del costo del servicio para los usuarios.

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Reconciliación con lo público

Valorar o creer, recuperar la confianza, reanudar nuestra relación con algo o con alguien es pensar que existe la posibilidad de una reconciliación, hace que podamos superar las diferencias anteponiendo un sentimiento superior. Nuestra Nación ha pasado por épocas y episodios difíciles de guerra, de crisis económica, política y social, por la manipulación del narcotráfico y por escándalos de corrupción en lo público y en lo privado; todo aquello ha dejado una grave ruptura entre la sociedad y hacia el Estado.

Es necesario, casi un mandamiento de la actual Ley Social la reconciliación con lo público y creo que se están dando las condiciones para ello. Veíamos muy difícil un acercamiento entre los jefes de la rama Judicial y del Ejecutivo y con un acto de grandeza de ellos, convocados por el actual Ministro del Interior y de Justicia se logró casi un milagro.

Varios notables a escala nacional e internacional han afirmado que en los últimos años hemos ido perdiendo el miedo; ¡sí! es verdad. Ya con más tranquilidad la comunidad y la sociedad civil organizada se atreven a enfrentar a los violentos; y poco a poco la sanción social crece frente a los amigos del dinero rápido e ilícito.

El Ministerio del Interior está pensando en una reforma judicial, otra política y otra electoral. No se asusta este gobierno con la propuesta de un estatuto de la oposición y busca el equilibrio entre las ramas del poder público, buscando la autonomía e independencia entre ellas; se propone la cooptación para llenar las vacantes en las altas cortes sin injerencia del ejecutivo. Esto es un avance democrático y de respeto por esas instancias judiciales.

Devolverle al Congreso la elección del Registrador, fruto de un concurso abierto, con meritocracia y coordinado por el Consejo de Estado; presionar por la eficacia y eficiencia de la carrera administrativa en la rama judicial. Dotar a la justicia del país con reales y oportunas herramientas presupuestales es una clara señal que en serio se quiere avanzar en la lucha contra la impunidad y la descongestión de los juzgados y tribunales. Definitivamente se tiene que reconocer que estamos pasando por un buen momento en la recomposición del Estado; en la reconciliación con lo público, en la recuperación del respeto.

Como decía el gran líder conservador Álvaro Gómez Hurtado, para volver a creer se hace necesario que cada instancia de los poderes, desde el familiar, comunal hasta el individual cedamos un poco y avancemos en el colectivo hacia un país que se sienta orgulloso de lo público.

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Informe Legislativo Primer Semestre 2008

Actualmente ha asumido su trabajo legislativo con toda su capacidad profesional, su entusiasmo, su vocación de servicio y su integridad, primero en la Comisión Séptima y desde el mes de Junio del 2008, ha tomado su lugar en la Comisión Primera, donde remplazó en propiedad al distinguido Senador German Vargas LLeras.

 

En cumplimiento de su deber como Congresista, la Senadora Elsa Gladys Cifuentes Aranzazu, como integrante de la bancada del Partido Cambio Radical ha asumido su curul destacándose por su claro liderazgo por Risaralda, con sentido integracionista hacia el eje cafetero y bajo la perspectiva de una gran alianza del llamado territorio de la Ecoregión. En este sentido, ha desplegado un acompañamiento permanente a proyectos de interés regional y ha desarrollado con diversos actores de la academia, los gremios y la sociedad civil, diferentes conversatorios sobre temas de interés regional y nacional.

 

Su discurso y perfil político se ha distinguido por una vocación humanista y por el convencimiento de que una Política de Estado centrada en el desarrollo humano, es el verdadero camino para superar la pobreza y la inequidad social en nuestro país.

 

PRESENTACIÓN DEL INFORME LEGISLATIVO

 

La invitación a este evento está inspirada en la frase “Con responsabilidad política se construye democracia”, lo cual ya anuncia el propósito que nos motiva. Hoy en día la Política y con ella, la tarea del actor político ha entrado en una profunda crisis de deslegitimación y desconfianza, pero es precisamente por ello que hoy más que nunca, se hace necesario insistir en la importancia de recuperar el sentido de lo público y exigir de los representantes políticos todo su esfuerzo y compromiso frente al cumplimiento de sus responsabilidades, pues de ello depende que nuestra democracia se fortalezca. En este sentido, una tarea fundamental para un Congresista lo constituye su acercamiento constante con la sociedad de tal forma que le permita ejercer una representación idónea de los intereses colectivos, en pro del bienestar común. Para ello, el Congresista deberá demostrar idoneidad y honestidad en su ejercicio parlamentario y con sentido de responsabilidad política, rendir cuentas a la sociedad sobre la forma como ejerce su tarea parlamentaria y como contribuye a la construcción de consensos que fortalezcan cada vez más la inclusión política de los diversos actores sociales, buscando promover su participación activa en la construcción de las agendas públicas y su control social sobre el ejercicio político.

 

Por ello, la tarea de un Congresista va más allá de asistir a las sesiones y presentar Proyectos de Ley y debe estar puesta al servicio de un proceso de fortalecimiento de la cultura política con miras a fortalecer la democracia. Así quedó establecido en el Articulo 263 de la Ley 5ª<!–[if !supportFootnotes]–>[1]<!–[endif]–>:

Compromiso y responsabilidad. Los miembros de las Cámaras legislativas representan al pueblo, y deberán actuar consultando la justicia y el bien común. Son responsables políticamente ante la sociedad y frente a sus electores del cumplimiento de las obligaciones propias de su investidura”.

 

En esta corta trayectoria en el Congreso, la Senadora Elsa Gladys Cifuentes Aranzazu se ha destacado entre otros, por el cumplimiento de sus deberes congresionales, tal como lo establece el Artículo 268. Deberes de los Congresistas:

Asistir a las sesiones del Congreso pleno, las Cámaras legislativas y las Comisiones de las cuales formen parte: La Senadora se ha destacado por su asistencia constante al 100% de las sesiones tanto de Comisión como de Plenaria. Este hecho ha sido reconocido en los medios de comunicación a nivel nacional.

Respetar el Reglamento, el orden, la disciplina y cortesía congresionales: La Senadora se ha destacado por su trato amable con sus colegas y el respeto por las normas y el protocolo parlamentario.

Guardar reserva sobre los informes conocidos en sesión reservada: La Senadora ha presentado una conducta discreta y reservada frente a los asuntos que le han sido encomendados en función de sus labores congresionales.

Abstenerse de invocar su condición de Congresista que conduzca a la obtención de algún provecho personal indebido: La Senadora ha demostrado una conducta pública honesta y un compromiso con el ejercicio de una Política decente.

Presentar, dentro de los dos (2) meses siguientes a su posesión como Congresista, una declaración juramentada de su patrimonio y de las actividades que puedan significarle ingresos económicos adicionales al cargo de representación popular: La Senadora ha cumplido fielmente el requisito de presentar la declaración juramentada de su patrimonio, la cual ha hecho pública en su pagina de Internet.

– Poner en conocimiento de la respectiva Cámara las situaciones de carácter moral o económico que los inhiban para participar en el trámite de los asuntos sometidos a su consideración: En los pocos eventos en los cuáles el trámite legislativo así lo ha requerido, la Senadora se ha abstenido de participar y así mismo, ha obrado con entereza en los momentos en que el país requirió de su voto para apoyar iniciativas del más caro interés nacional.

Cumplir las disposiciones acerca de las incompatibilidades y conflictos de interés: Hasta el momento la Senadora no ha tenido ningún tipo de incompatibilidad y cuando ha sido necesario, ha manifestado conflicto de interés con el animo de proteger la objetividad de los asuntos legislativos.

 

 

En desarrollo de su tarea legislativa como autora o ponente de leyes y como impulsora de debates, constancias y proposiciones en lo trascurrido de estos siete meses, se destacan como las principales ejecutorias de la Senadora Elsa Gladys Cifuentes Aranzazu, las siguientes:

 

AUTORIA Y PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NUMERO 285 DE 2008 SENADO,“Por la cual se establece la Ley de Promoción y Prevención en Salud Mental y se dictan otras disposiciones”.

COAUTORIA Y PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NUMERO 237 DE 2008 SENADO, POR EL CUAL “se declara Urgencia Vital la atención integral del servicio de salud materna, dentro del Sistema de Seguridad Social en Salud, se modifican los Artículos 166 y 230 de la Ley 100 de 1993 y se dictan otras disposiciones

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NUMERO 112 DE 2007 SENADO, “por medio del cual se declara el Capibol como un deporte nacional y se dictan otras disposiciones”

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NUMERO 136 DE 2007 SENADO, “por medio del cual se dictan normas sobre la operación y funcionamiento de establecimientos que presten el servicio de videojuegos”, ponencia que obtuvo reconocimiento de la bancada de mujeres del Congreso por la calidad del documento presentado.

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NUMERO 182 DE 2007 SENADO, “mediante el cual se reconocen los derechos laborales y sociales de las Madres comunitarias y se dictan otras disposiciones”.

CONSTANCIA para la sesión plenaria del día 13 de febrero de 2008 sobre el proyecto de ley número 062 de 2007 reconociendo que esa iniciativa legislativa entra a subsanar en parte la ausencia de la figura de la perención, la cual se eliminó por medio de la ley 794 de 2003.

PARTICIPACIÓN en el debate sobre los riesgos profesionales

PARTICIPACIÓN en el debate y presentación de constancia para la sesión plenaria del día 4 de marzo de 2008 sobre la crisis diplomática con Venezuela y ecuador a raíz del bombardeo del 1 de marzo contra Raul Reyes.

PARTICIPACIÓN en el debate sobre el respeto a las Instituciones y presentación de constancia para la sesión plenaria del día 25 de marzo de 2008 sobre un llamado de atención a los Congresistas para que se abstengan de emitir juicios, insultos y generalizaciones contra las instituciones colombianas; con énfasis, contra el Congreso y el Presidente.

PROPOSICIÓN para la sesión plenaria del día 06 de mayo de 2008 sobre la oposición a la iniciativa de institucionalizar la feria taurina de Cali como “patrimonio cultural” de nuestro país (Proyecto de Ley 23 de 2007 Senado), ya que está en contravia a la protección animal..

PROPOSICIÓN del 13 de mayo de 2008 por la cual propone, constituir el día 7 de mayo como el “Día nacional de los Riesgos Profesionales” en memoria de la muerte del representante José Fernando Castro Caicedo.

PROPOSICIÓN del mayo 21 de 2008 por la cual se hace defensa del gentilicio, honor y reputación de la Mujer Pereirana.

CONSTANCIA del 5 de junio presentada a favor del derecho al agua, en el marco del reconocimiento al día mundial del medio ambiente.

PROPOSICIÓN del día 5 de junio por medio de la cual el senado de la república de Colombia da su apoyo a la declaración universal sobre bienestar animal (DUBA)

CONSTANCIA para la sesión plenaria del día 12 de junio de 2008 sobre el día mundial contra el trabajo infantil.

PERSPECTIVAS Y RETOS PARA ESTE NUEVO PERIODO LEGISLATIVO

 

Son muchas las expectativas, ideas y sueños para contribuir a la construcción de un mejor país y al desarrollo de nuestra región, pero nuestra prioridad en el próximo periodo legislativo no puede ser inferior a las exigencias del momento histórico y la coyuntura política que atraviesa la Nación y las demandas de la ciudadanía por la recuperación de la credibilidad y legitimidad sobre sus instituciones, especialmente de su Congreso. Esto nos obliga a concentrar todo nuestro interés y esfuerzo en trabajar en los siguientes temas:

  • Un documento de propuestas que estén a la altura de lo que espera nuestra sociedad, para ser tenidas en cuenta en el proyecto de Reforma Política que está estructurando el gobierno a través de la Comisión de Notables
  • El diseño y liderazgo de un proyecto de Ley sobre el Estatuto de la Oposición como columna vertebral de la garantía y respeto al pluralismo político y el fortalecimiento de la democracia participativa.
  • La coparticipación y abanderamiento de un proyecto de Ley sobre el Estatuto Electoral que busque modernizar el proceso de las elecciones y lo blinde de fraudes e ineficiencias electorales.
  • El diseño y liderazgo de un proyecto de Ley en materia ambiental “Ley del Árbol” buscando la defensa y preservación de nuestros bosques y la protección de nuestro medio ambiente.
  • Como respuesta al compromiso internacional con la organización mundial DUBA, El diseño y abanderamiento de un proyecto de Ley que brinde los instrumentos y mecanismos para lograr una defensa y protección efectiva del bienestar animal.

 Ley 5ª. de junio de 1992 “Por la cual se expide el Reglamento del Congreso; el Senado y la Cámara de Representantes«.

 

Política Social

El sueño supremo de un grupo social frente al Estado consiste en acceder al bienestar, al reconocimiento a la legitimidad frente al reparto del presupuesto y de las oportunidades. Las luchas sociales que se inspiran en el pensamiento altruista del colectivo, al pretender un mejor vivir con respeto por los derechos fundamentales, exigiendo del Estado atención y calidad de vida, al tiempo que vigile los límites del monopolio de la fuerza y las atribuciones del poder, hacen que sea la política social el elemento esencial en la relación de quien tiene el mando y quien lo acata.

El desarrollo misional del Estado en su rama del poder público debe colmar las expectativas de la gente. El Legislativo, consolidando el sistema de normas que haga armónica la ejecución, interpretación y la defensa de los derechos; el Jurisdiccional, haciendo el equilibrio e impartiendo justicia con objetividad, y el Ejecutivo haciendo uso de las herramientas en todas las expresiones administrativas, que conduzcan al país por las vías de la gobernabilidad sobre las bases de la confianza, de la participación y la calidad de vida.

El Consejo Nacional de Política Económica y Social, haciendo interlocución con el sector del Ejecutivo doliente del tema, permite que en forma permanente se elaboren documentos sustentados y transformen la inversión, priorizando las necesidades a satisfacer en la población. Los Conpes, no politizados, ni politiqueros, deben ser la guía bíblica de los gobiernos frente al desafío continuo en la administración de lo público.

Si hacemos una evaluación, nos podemos dar cuenta de la eficiencia y de la responsabilidad en el uso de ese recurso. Hoy ha sido justamente un documento Conpes liderado por el ICBF el que nos permite de manera objetiva contar con una política social frente a la distribución de los recursos del sistema general de participaciones provenientes del crecimiento real de la economía superior al 4% de vigencias anteriores. En este caso la vigencia del 2006 le permite a los municipios acceder a nuevos recursos para la educación y la atención integral de la primera infancia a ejecutarse en este presente año del 2008.

Destacamos la dirección del ICBF en su afán de defender los derechos de la niñez que tienen que ir más allá de códigos, normas y discursos. Es el Instituto de la familia un excelente canal por donde el Estado le llega a su población con atención real, garantizada y en lo venidero con nuevos recursos en las transferencias priorizando a la niñez y convirtiéndose el bienestar de la familia como la ejemplar política social que permite avanzar en la superación de la pobreza y la erradicación del hambre de la población de 0 a 6 años, edad definitiva en el rumbo de las sociedades.

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Ingrid Betancourt, “La Iluminada”

Nada tiene que ver con una secta herética ni secreta, no es Ingrid la mujer sumisa, obediente al sistema delincuencial que secuestra gente; no se dejó domar, ni permitió que se acabara con su dignidad. Es ella símbolo de entereza y fortaleza, desafíó, sobrevivió a la manigua selvática, a toda clase de privaciones alimenticias y de salubridad, superó la tortura con los ruidos extraños de los montes, la amenaza de fieras salvajes y humanas, el maltrato, la violencia que se ejerció sobre sus elementales derechos humanos.

A diferencia de muchos seres humanos que han sufrido y se convierten en resentidos y traumatizados, vimos en Ingrid Betancourt una mujer iluminada llenando de resplandor a la población colombiana con sus declaraciones. Dio a luz una hija para Colombia: “la esperanza” la ilusión, la fe renovada. Reconoció la eficacia del operativo militar y ratificó que la política de seguridad democrática ha permitido poner en jaque a la guerrilla.

Hoy está liberada y quiere ser madre, hija, mujer en todo el sentido de la palabra; a ella se le está saliendo el amor por la piel, en sus palabras expresa las ganas de vivir y no le está interesando gastar su inteligencia y lucidez en llamar la atención por cuenta del odio político, partidista; ni en contra de un gobierno ni una política de Estado que le salvó la vida y le dio la libertad.

Es innegable que Ingrid Betancourt llegó con la inteligencia madurada por el verde de la naturaleza y la espontaneidad que vimos en la fluidez de sus relatos dando cuenta de la Ingrid Betancourt dejó varias constancias en sus declaraciones: el fondo y la forma del procedimiento, del operativo y de todo el desarrollo del plan de inteligencia militar; los helicópteros blancos sin insignias que les rescataron, del cruce de palabras entre los guerrilleros y los supuestos facilitadores Internacionales.

Al país en un documental histórico le quedó claro la limpieza del plan, certificada la gran conclusión que puede ser el inicio de una nueva etapa en la búsqueda de la paz, “ganar la guerra con inteligencia y sin balas”.

Bienvenido ese respiro de la libertad, salgamos a marchar por la liberación de los secuestrados y registremos las imágenes y mensajes de las expresiones y manifestaciones de Ingrid Betancourt, la mujer iluminada que desde siempre ha sido noticia, pero que hoy es el gran hecho histórico que pone a pensar en una mujer que supera las cadenas del secuestro y del dolor convirtiéndose en una especial opción para ese pais que queremos sin guerrilla.

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Juventud y Poder

El justo equilibrio generacional en la toma de decisiones y la posibilidad de abrirle espacio al conocimiento moderno que de la mano de otras lenguas y de la tecnología digital de punta; hace necesario que la juventud tenga poder real en la vida, en la política, en la economía; en todo aquello que tenga que ver con las transformaciones y “evolución” de la sociedad.
No hay que esperar que la juventud convoque marchas, haga lobby y presione pidiendo espacios; o que tengan que acudir a una ley de cuotas como lo tuvimos que hacer las mujeres para ser escuchadas y seleccionadas a los cargos directivos. Es oportuno y justo que reconociendo en la juventud su formación y capacidad, se le invite con todas las garantías necesarias a que haga parte de las listas electorales, de las ternas en las altas cortes, que los jóvenes puedan alternar en los consejos directivos de las corporaciones autónomas, de las grandes empresas, de los cargos diplomáticos, que sea la juventud quien reciba grandes responsabilidades en la toma de decisiones.

No es fácil que los fundadores de las empresas, que los accionistas e industriales, que los dirigentes gremiales por su iniciativa les entreguen el timón a las nuevas generaciones; y más bien les conducen a montar pequeñas empresas o les facilitan recursos para que se antojen de nuevas especializaciones y sea la academia quien cautive a esta nueva generación.

Recuerdo que en la campaña a la Presidencia del doctor Andrés Pastrana Arango hizo mucho eco la siguiente frase: “Juventud es el tiempo que nos queda para hacer grandes cosas”. Esa reflexión se debe hacer con la disposición interior que cada persona tenga para dar lo mejor de sí, las ganas, la fe y la buena energía.
Es entonces por convicción y costumbre darle a la juventud oportunidades porque ella es sinónimo de dinamismo, de competencia, de colores y música, de renovación. Con el debido respeto planteo la innecesaria propuesta de aumentar la edad como requisito para la pensión, asimismo ampliar el limite de edad para ocupar cargos en la vida pública.

Comparto el sueño de mucha gente de llegar a la edad adulta como maestra de escuela en calidad de voluntaria, sueño como muchas personas contar con buena salud y compartir un día con la niñez y las poblaciones más vulnerables, teniendo la posibilidad de transmitir, dar, devolver y compartir.

Tienen los jóvenes de hoy el desafío de entender que su futuro es ya, que la sociedad les necesita que existen espacios en los consejos de juventud, en ONG; pero también los tiene que haber en los partidos políticos con voz y voto, en los tribunales y las altas cortes, en el ejecutivo, en las grandes empresas, en juntas y desde donde se tomen toda clase de decisiones y muy claramente y en forma oportuna y necesaria en la reconstrucción social, afectiva y espiritual de la actual sociedad.

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